Residuos: comunicación previa de agente, negociante y transportista de residuos. Modificación.

  • En este trámite ¿Que puedo hacer?
  • Presentación telemática
  • Justificante telemático
  • Notificación telemática
  • Seguimiento de expediente

OBJETO

Realizar la comunicación previa al inicio de la actividad, ampliación, modificación sustancial o cese de aquellas empresas que Transporten residuos con carácter profesional y las que actúen como Negociantes y Agentes de residuos, conforme lo dispuesto en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Órgano tramitador

Delegaciones Territoriales de Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Lugar

La presentación de la comunicación previa a la actividad de agentes, negociantes y transportistas se realiza a través del trámite específico de la ventanilla electrónica (VEA). Esta comunicación se dirigirá a la Delegación Territorial de la provincia donde la empresa tenga su sede social o domicilio profesional.

Personas afectadas
  • Agente: toda persona física o jurídica que organice la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidas aquellas que no tomen posesión física de los residuos.
  • Negociante: toda persona física o jurídica que actúe por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, incluidas aquellas que no tomen posesión física de los residuos.
  • Transportista: entidad que realiza el movimiento de residuos de forma profesional por encargo de terceros en el marco de su actividad profesional, sea o no su actividad principal.
Notificaciones
  • Plazo: No aplica.
  • Silencio: No aplica.
  • Observaciones al plazo: Vigencia Continuada. No es necesaria resolución/notificación si la presentación es correcta.

La comunicación previa permitirá, con carácter general, el inicio de la actividad desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas la Consejería competente en materia de medio ambiente.

Cuando la Delegación Territorial lo considere, podrá requerir al titular de la actividad la introducción de medidas preventivas y correctivas para la protección de la salud pública y del medio ambiente, pudiendo incluso llegar a denegar la inscripción hasta que se subsanen las deficiencias detectadas.

Documentación

El transportista profesional, junto a la comunicación previa, deberá presentar la siguiente documentación:

  • Datos de identificación de la empresa y de su representante legal, incluido NIF y CNAE.
  • Contenido de la autorización de que disponga en virtud de la legislación vigente en materia de transporte de mercancías.
  • Residuos a transportar.
  • En su caso, documentación acreditativa de la suscripción de fianzas, seguros o garantías financieras equivalentes exigibles conforme a las normas aplicables

El agente y/o negociante, junto a la comunicación previa, deberá presentar la siguiente documentación:

  • Datos de identificación de la empresa y de su representante legal, domicilio o sede social, incluido el NIF.
  • Descripción de las actividades que van a realizar.
  • Residuos identificados.
  • En el caso de los negociantes, acreditación documental del valor positivo de los residuos y, cuando tomen posesión física de los residuos, indicación de la instalación de almacenamiento. Asimismo, se incluirá información sobre el mecanismo para acreditar documentalmente al productor inicial u otro poseedor de los residuos que se ha llevado a cabo la operación completa de su tratamiento.
  • En su caso, documentación acreditativa de la suscripción de fianzas, seguros o garantías financieras equivalentes exigibles conforme a las normas aplicables

Las personas o entidades solicitantes tienen derecho a no presentar aquellos documentos que obren ya en poder de la Administración de la Junta de Andalucía, siempre que se indiquen el día y el procedimiento en que fueron presentados.

Normativa relacionada


Enlace al Boletín

Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.

Observaciones

La presentación de la comunicación previa a la actividad de agentes, negociantes y transportistas se realiza a través del trámite específico de la ventanilla electrónica (VEA).

Enlace al Boletín

Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.