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Resolución por la que se modifica el período hábil de pesca en el embalse de La Fernandina, y se regula la utilización de medios auxiliares de pesca, así como medidas de control y limpieza de los mismos

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Se publican las limitaciones a la pesca en el embalse de la Fernandina (Panzacola). Tras la aparición del mejillón cebra, de acuerdo con la Estrategia nacional para el control de dicha especie, se publican las limitaciones necesarias y las recomendaciones adecuadas para evitar una mayor expansión de esta especie invasora cuyos efectos nocivos tienen gran impacto sobre el agua para el abastecimento de las poblaciones y de las comunidaddes de regantes, además de dificultar el mantenimiento de las propias infraestructuras y afectar a la fauna y flora local.

Se permite la pesca desde embarcación confinada en el embalse.

Los medios auxiliares que no tienen matrícula (es decir patos, embarcaciones de menos de 249 cm, piragüas, kayaks, flotadores, colchonetas y otros artilugios que no tienen matrícula ni precisan declaración) y embarcaciones no confinadas están sujetas a las limitaciones de uso y navegación recogidas en la resolución de la confederación hidrográfica del Guadalquivir de 2 de octubre de 2019.

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