Enseñanzas Profesionales de Música

Las enseñanzas profesionales de música se fundamentan en el estudio profesional de una especialidad, complementándose con la finalidad de proporcionar al alumnado una formación previa para acceder a los estudios de las enseñanzas artísticas superiores de música. Persiguen dotar a aquel alumnado que posea aptitudes específicas y voluntad para dedicarse a ello, el nivel de expresión artística propio de unos estudios especializados, combinando de forma equilibrada el conocimiento teórico de las técnicas de interpretación y los principios estéticos-artísticos inherentes al fenómeno de la música.

Las enseñanzas profesionales de música se organizan en un grado de seis cursos de duración y su superación da derecho a la obtención del título de técnico correspondiente. El alumnado que se encuentre en posesión de un título de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música podrá obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de Bachillerato en algunas de las materias.

Acceso a las enseñanzas profesionales de música

  • La solicitud de plaza escolar será única, debiéndose elegir un único centro docente. Las solicitudes presentadas fuera de plazo quedarán excluidas. Si se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta solamente la última de ellas que esté presentada y firmada dentro del plazo establecido.
  • El sistema ofrecerá como posibles solicitantes a todos los hijos o hijas de la unidad familiar en edad escolar.
  • Para el acceso a primer curso se elegirán las enseñanzas profesionales de música, así como el centro concreto, no siendo necesario haber cursado antes las enseñanzas elementales básicas de música ni haber estado matriculado previamente en el centro al que se pretende acceder. Para el acceso al primer curso de las enseñanzas profesionales de música el criterio de edad no es relevante, siendo la calificación obtenida en la prueba de acceso el único criterio tenido en cuenta para la adjudicación de plazas. Superar la prueba de acceso no implica obtener plaza.
  • Si se opta a curso distinto de primero, se deberá tener en cuenta que no podrá participar en estas pruebas el alumnado que ya esté matriculado en las enseñanzas profesionales (si lo que se desea es cursar una segunda especialidad, esta solicitud deberá tramitarse a través de la opción de la segunda especialidad).
  • Para estas enseñanzas, podrá solicitarse la realización de las pruebas de acceso como máximo a tres cursos distintos de primero de un determinado instrumento, siendo el tribunal que califica quien ubica a la persona solicitante en el nivel adecuado, debiendo superar ésta todas las pruebas que correspondan al curso que se le adjudique.
  • Si se elige cursar una segunda especialidad, se podrá acceder a primer curso de esta segunda especialidad o a curso distinto de primero y, en este segundo caso, se podrá optar a más de uno –máximo tres cursos- siempre que la persona solicitante tenga superado completamente en la primera especialidad el curso de mayor nivel al que solicita acceder en la segunda especialidad (Ejemplo: Un alumno o alumna que solicite acceder en segunda especialidad a 2º/3º/4º curso de enseñanzas profesionales de música deberá tener superado -aprobado y finalizado- el 4º curso de la primera especialidad).
  • Se podrá reingresar al curso que se estuviera cursando antes de que hayan transcurrido dos cursos escolares sin formalizar matrícula, siendo admitido sin más requisitos cuando el número total de solicitudes de admisión para el curso que corresponda sea inferior a las plazas escolares vacantes. En caso contrario, deberán superar la correspondiente prueba de acceso al igual que el resto de las personas aspirantes.
  • La superación de la prueba de acceso para cualquier opción aludida en los puntos anteriores surtirá efecto únicamente para el conservatorio y curso escolar para el que haya sido convocada.
  • La superación de la prueba de acceso para cualquier opción aludida en los puntos anteriores no garantizará la obtención de plaza escolar, circunstancia que estará condicionada por la disponibilidad de plaza escolar vacante.
  • Una vez adjuntada la documentación pertinente (cuando corresponda) y se haya firmado y registrado la solicitud, la aplicación generará un documento en formato pdf con código identificativo, sello con número de registro, fecha y hora, que servirá de comprobante de presentación.

Pruebas de acceso

La prueba de acceso a 1º curso de estas enseñanzas se celebrará en la fecha señalada en el Portal de Escolarización y constará de dos partes diferenciadas (ejercicio de interpretación en el instrumento o voz y ejercicio para valorar la capacidad auditiva), de acuerdo con lo establecido en la Orden de 16 de abril de 2008.

La prueba de acceso a un curso distinto del de primero, que se celebrará en septiembre,  constará de dos partes, una de interpretación de tres obras de entre las que fije el centro para cada curso y un ejercicio teórico-práctico para valorar los conocimientos propios del curso al que se pretende acceder. 

Matriculación

El alumnado que cursa enseñanzas elementales básicas o profesionales de música, incluido aquel de enseñanzas profesionales que aún teniendo que realizar pruebas extraordinarias en septiembre el resultado de éstas no condicionen su promoción al curso siguiente, deberá formalizar su matrícula en julio.

Para aquel alumnado cuya promoción al curso siguiente está supeditada a los resultados de las pruebas extraordinarias de septiembre, los centros docentes establecerán un plazo de matrícula que deberá finalizar antes del 8 de septiembre de cada año.

Información adicional

Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes contactarnos a través del Centro de Atención a Usuarios de la Comunidad Educativa llamando a 955405619 o a 900848000 (Teléfonos gratuitos) o a través de nuestro formulario de contacto.

Índice