Gestión de la formación de profesionales del transporte (CAP)
Trámites para:
- Centros (Solicitud de autorización, visado, homologación de curso, modificaciones sobre la autorización, solicitud de tarjeta CAP de Conductor previamente autorizado el trámite por su titular).
- Conductores (Solicitud participación en las pruebas, solicitud de tarjeta CAP y recogidas de certificados y/o tarjetas).
Todos los trámites se realizarán por la página Web que corresponda, según sea pago de la tasa, trámite de solicitud ó consulta del estado de trámites), siguiendo los siguientes pasos:
- Consulta el importe de la tasa (según el trámite a realizar) y los datos necesarios para cumplimentar el documento de pago. Pago de la tasa mediante descarga del modelo 046 de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
- Importante: Si el pago de la tasa se realiza por procedimientos electrónicos, podrá realizar una reducción del importe por 3€ ó 10% del importe a abonar (ver importe calculado en el cuadro del punto 1). Exención de la tasa si es persona perceptora de una o de ambas prestaciones el día de presentación de la solicitud: Ingreso Mínimo Vital (según establece la Ley 19/2021, de 20 de diciembre o norma que la sustituya), o Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (según establece el Decreto-Ley 3/2017 de 19 de diciembre, o norma que la sustituya), o bien ambas prestaciones. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para que pueda recabar dicha información, o bien presentará documento que lo acredite (información en el punto 1).
- Trámite de solicitud de Centros o de solicitud de participación en las pruebas de Conductores, comprobación del estado de trámite de la solicitud o presentación de documentación requerida, solicitud tarjeta CAP –(sede electrónica, transporte terrestre, gestión de la formación de conductores profesionales CAP, u otros trámites, inicio del trámite, tramitación electrónica) Acceso por enlace Web Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.
- Recogida Certificados o tarjetas CAP, deberá consultar el estado de trámite mediante el enlace del Ministerio, indicado en el punto 3, cuando su estado sea emitida deberá consultar en la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda -Servicio de Transportes- de la provincia de residencia de su titular, la forma de recogerla. Consulta las direcciones de las Delegaciones.
Información de interés. Puede consultar las preguntas de examen CAP, en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Convocatorias para el año 2023
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, y se detallan las fechas, horarios y lugares de celebración de las pruebas en el año 2023 (BOJA núm. 222 de 18.11).
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica la Resolución de 11 de noviembre de 2022, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, y se detallan las fechas, horarios y lugares de celebración de las pruebas en el año 2023 (BOJA núm. 222, de 18.11). Esta modificación afecta a la composición de los tribunales de las pruebas de la provincia de Córdoba (Anexo I) y reenumera el anexo «lugares, fechas y horarios de celebración de las pruebas», siendo el Anexo II. (BOJA núm. 33 de 17.2)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica la composición de los tribunales de las pruebas de la provincia de Huelva (Anexo I), de la Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la convocatoria para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera en el año 2023 (BOJA núm. 55 de 22.3)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica la composición de los tribunales de las pruebas de la provincia de Córdoba (Anexo I), de la Resolución de 11 de noviembre de 2022, de convocatoria para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera en el año 2023 (BOJA núm. 90, de 15.5)
Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica la composición de los tribunales de las pruebas de las provincias de Cádiz y de Málaga (Anexo I), de la Resolución de 11 de noviembre de 2022, de convocatoria para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera en el año 2023 (BOJA núm. 131, de 11.7)
Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica la composición de los tribunales de las pruebas de la provincia de Jaén (Anexo I), de la Resolución de 11 de noviembre de 2022, de convocatoria para la obtención del certificado de aptitud profesional
acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera en el año 2023 (BOJA núm. 181, de 20.9).
Información sobre las convocatorias año 2023
Normativa en vigor
-
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28.9, (BOE nº 98, de 24 de abril de 2021).
-
Orden FOM/2607/2010, de 1 de octubre, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los formadores que impartan los cursos de cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (B.O.E nº 244, de 8 de octubre e 2010).