Plan Eco Vivienda: Programa 2. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

Características generales del programa

Objeto

Este programa tiene por objeto la prestación del servicio de oficinas de rehabilitación, tipo «ventanilla única» con el el objetivo de coordinar, informar y facilitar la gestión de las ayudas y la prestación de servicios que contribuyan a facilitar la implementación y la gestión integral de los proyectos de rehabilitación energética en el ámbito residencial al servicio de los ciudadanos, comunidades de propietarios, empresas y agentes rehabilitadores en general.

Descripción

La Comunidad Autónoma de Andalucía aborda la constitución de Oficinas de Rehabilitación a través de un doble mecanismo, tal como se recoge en el Acuerdo nº 1 de la comisión bilateral celebrada el 7 de septiembre de 2022 y adenda nº1 de la comisión bilateral celebrada el 10 de marzo de 2023, para aprobar la adecuación del procedimiento de concesión directa para otorgar las ayudas del programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - Next Generation EU:

  • Por un lado, se constituye la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda como Oficina de Rehabilitación, estableciendo sedes tanto en sus Servicios Centrales como en las correspondientes Delegaciones Territoriales, con personal funcionario interino específico para la prestación del servicio.

    Se podrá realizar cualquier consulta o solicitar información a través del siguiente correo electrónico: oficinarehabilitacion.cfatv@juntadeandalucia.es

  • Por otro lado el 25 de julio de 2023 se suscribió un Convenio que regula la labor de colaboración que están llevando a cabo tres de los principales Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, concretamente, el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos, el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y el Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas, implicados en los trabajos necesarios para llevar a cabo el desarrollo de los programas planteados por el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, prestando servicios desde cada una de sus sedes (18 en total), con el fin de acercar tanto a los ciudadanos como a los profesionales toda la información necesaria para la redacción, presentación y tramitación de los documentos que permitirán la efectiva materialización de las ayudas.

Actuaciones subvencionables

Las principales actuaciones subvencionables de este programa son la ayuda a la implantación de oficinas de rehabilitación en el ámbito territorial comunidad autónoma de AndalucíaLos costes subvencionables por este programa son los siguientes:

  • Costes de diseño, implantación y gestión, de los equipos y oficinas de información, gestión, tramitación y acompañamiento de las actuaciones de rehabilitación, para el desarrollo de los programas de ayuda 3, 4 y 5 .

  • Costes por la prestación de servicios específicos de atención a dudas y a consultas de los solicitantes de los programas de ayuda 3 y 4.

  • Costes por la prestación de servicios de apoyo y asesoramiento en materia de eficiencia energética para la implantación y gestión de proyectos susceptibles de acogerse a los programas de ayuda 3 y 4.

  • Costes de las actividades específicas de promoción y difusión del programa.

Importe de las subvenciones

La Comunidad de Andalucía de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del RD 853/2021, de 5 de octubre, destinará un importe de hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada con cargo al programa 3 para financiar las actuaciones del Programa de ayuda a las oficinas de rehabilitación.

Enlaces de interés

Acuerdo nº 1 de la comisión bilateral celebrada el 7 de septiembre de 2022 y adenda nº1 de la comisión bilateral celebrada el 10 de marzo de 2023

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