Dudas en relación a la tramitación de la solicitud

¿Dónde puedo entregar la solictud?

Puedes entregar la solictud en el registro de tu ayuntamiento, en el registro de la Delegación de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz, o en cualquiera de los previstos en la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

También puedes tramitar tu solicitud de manera telemática a través del siguiente enlace, accediendo a la oficina virtual: https://ws175.juntadeandalucia.es/vea-web/

Información relevante que durante el proceso de concesión de la ayuda se comunicará en la página WEB de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Durante el procedimiento de concesión detallado anteriormente, hay varios momentos importantes en los que hay que prestar atención a las publicaciones que se realizarán en la Web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio siendo esta vía de comunicación la utilizada para poner en conocimiento de los interesados los resultados intermedios y finales de la concesión de las ayudas.

Son relevantes estas fechas de publicación ya que determinan los plazos para las actuaciones que los interesados deben realizar en los siguientes trámites del procedimiento.Las comunicaciones que se realizan en la Web, son las siguientes:

  • Acuerdo de Subsanación: Se trata de un listado con los solicitantes que han de completar la solicitud presentada en algunos datos básicos para su continuación en el procedimiento. El listado publicado detalla a cada solicitante cuales son las carencias que tiene su solicitud, ofreciéndole la posibilidad de que en un plazo de 10 días hábiles subsanen esas carencias. Si transcurrido dicho plazo no se subsanaran los extremos requeridos, la solicitud es desistida.
  • Listado de solicitudes desistidas por falta de subsanación: Es el listado de aquellas solicitudes no subsanadas en el plazo establecido y que quedan fuera del proceso por ese motivo.
  • Listado provisional de beneficiarios: Una vez realizada la baremación de las solicitudes admitidas definitivamente, se publica un listado ordenado según la puntuación obtenida por la aplicación de los criterios de baremación. Este listado incluye los beneficiarios provisionales, limitado por la disponibilidad presupuestaria asignada a la convocatoria y los beneficiarios suplentes que cumpliendo los requisitos no pueden ser atendidos por dicha limitación, pero que si hubiera alguna baja en los beneficiarios provisionales podrían cubrir ese lugar. A partir de esta publicación los interesados disponen de 10 días hábiles para presentar la documentación y/o las alegaciones que consideren.
  • Listado definitivo de beneficiarios: Una vez analizada la documentación y alegaciones presentadas por la Comisión de Valoración y una vez realizados los trámites de fiscalización de la subvención, será publicado el listado de las resoluciones de concesión de la subvención de los beneficiarios definitivos.

Estos listados definitivos de beneficiarios incluyen también el listado de solicitudes desistidas por falta de documentación.

Independientemente de estas publicaciones oficiales del procedimiento, se podrán publicar otras cuestiones de índole informativo o aclaratorio de interés para los interesados, cuando se considere necesario para un mejor cumplimiento de los objetivos de la convocatoria.

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