Rehabilitación residencial

Programa de rehabilitación autonómica de edificios

Este Programa tiene por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios residenciales de vivienda colectiva con deficiencias en sus condiciones básicas, mediante la financiación de las actuaciones necesarias para subsanarlas y mejorar su accesibilidad y eficiencia energética.

Está dirigido a comunidades de propietarios en las que al menos el 75% de las personas propietarias de viviendas tengan ingresos familiares no superiores a 2,5 veces el  IPREM o el 50% de los propietarios con ingresos no superiores a 2 veces el IPREM. Las actuaciones serán seleccionas por convocatoria pública.
Ayuda: 30% coste obra hasta 3.000 € por vivienda.

Ayudas para la implantación del informe de evaluación de edificios

Se trata de ayudas con la finalidad de financiar parcialmente los gastos de honorarios profesionales para emitir el informe de evaluación del edificio, contempladas en el Plan Estatal 2013-2016, o el que lo sustituya . Podrán solicitarlas las comunidades de propietarios en las que al menos el 50% tengan ingresos no superiores a 3,50 veces el IPREM y la cuantia será de 20 € por vivienda hasta 500 € o 50% coste del informe según lo establecido en la normativa estatal de aplicación.

Programa de rehabilitación autonómica de viviendas

Este Programa tiene por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas con deficiencias en sus condiciones básicas y localizadas en municipios que hayan sido declarados de rehabilitación autonómica, previa convocatoria publica a los Ayuntamientos que actuarán como entidad colaboradora, mediante la financiación de actuaciones de rehabilitación promovidas por los residentes, que persigan mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.

Se financia la subsanación de deficiencias relativas al estado de conservación,la adaptación a la normativa vigente en materia de accesibilidad, la adecuación funcional y la mejora de la eficiencia energética.

Destinatarios: Se financia la subsanación de deficiencias relativas al estado de conservación,la adaptación a la normativa vigente en materia de accesibilidad, la adecuación funcional y la mejora de la eficiencia energética.

Las personas beneficiarias de estas ayudas han de ser los residentes propietarios o inquilinos con ingresos familiares no superiores a 2,5 veces el IPREM.

Presupuesto máximo para cada actuación será de 16.000 euros:

Ayuda máxima: 45 % del coste total de la obra de rehabilitación hasta un máximo de 7.200 euros, o del 55% si los ingresos familiares no son superiores a 1,5 veces IPREM, hasta un máximo en este caso de 8.880 euros. Estas subvenciones se pueden incrementar cuando las actuaciones contemplen mejora de las eficiencia energética y el coste de las partidas destinadas a esta finalidad suponga al menos el 25 por ciento del coste total de las obras, hasta unos máximos de 8.000 y 9.600 euros según los ingresos familiares señalados anteriormente.

Adecuación funcional básica de viviendas

En ejecución del Decreto 137/2002, de apoyo a las familias andaluzas, mediante este Programa se podrán conceder ayudas destinadas a mejorar la seguridad y adecuación funcional de viviendas que constituyan residencias habitual y permanente de personas mayores o con discapacidad.

Programa de rehabilitación energética del parque público residencial

Este Programa tiene por objeto la financiación de actuaciones de rehabilitación energética de edificios de viviendas del parque público residencial destinado a la población con menores recursos , con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de los edificios, reducir el consumo energético de los hogares y luchar contra el riesgo de pobreza energética y la exclusión social, favoreciendo con todo ello la salud y el confort de las personas residentes.

Actuaciones de rehabilitación singular

Mediante este Programa se podrá proteger y financiar actuaciones específicas en materia de rehabilitación residencial no contempladas en los programas de este Plan así como la reparación de los daños causados en viviendas y edificios residenciales por fenómenos naturales sobrevenidos.

Mediante órdenes especificas se determinarán las actuaciones a proteger, el objeto ayudas y cuantías, condiciones y requisitos de los inmuebles y de los beneficiariosasí como, los procedimientos de solicitud y concesión de ellas ayudas.

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