Presupuesto protegible

Se considera presupuesto protegible de la actuación el coste total de las actuaciones subvencionables, incluyendo:

  • El coste de ejecución material de las obras, que habrá de incluir un desglose por partidas, el beneficio industrial y los gastos generales, incluidos los impuestos.
  • El coste total de las actuaciones podrá incluir los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios (incluidos los impuestos).
  • Tasas e impuestos municipales por licencia de obras.

Asimismo, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

  • El presupuesto de las obras no podrá superar los costes medios de mercado que a tales actuaciones correspondan.
  • El coste de los certificados, informes y proyectos técnicos subvencionables tampoco podrá superar los costes medios de mercado.
  • No podrán incluirse en el coste total de las actuaciones los costes de realojos o actuaciones inmobiliarias.
  • En cualquier caso, se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • No serán subvencionables actuaciones ejecutadas con anterioridad a la resolución de concesión de la subvención, salvo las correspondientes a redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios cuando se hubieran realizado o abonado por parte del beneficiario con posterioridad al 1 de enero de 2014. 
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