Protectorado de las fundaciones vinculadas a las cajas de ahorros: Emisión del informe de verificación formal de las cuentas anuales.
Información general
Protectorado de las fundaciones vinculadas a las cajas de ahorros: Emisión del informe de verificación formal de las cuentas anuales.
- Asociaciones y organizaciones
Descripción
Verificación formal de las cuentas anuales de la fundación y emisión del correspondiente informe resultado de tal verificación
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente electrónica.
Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.
Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
- Solicitud protectorado de fundaciones vinculadas a las cajas de ahorros de Andalucía Nº: 002984/1W (Obligatorio)
Requisitos
Las cuentas anuales serán firmadas en todas sus hojas por el secretario con el visto bueno del presidente
Documento acreditativo del acuerdo del patronato por el que se aprueban las cuentas anuales en el que figure la aplicación del resultado y la relación de las personas que integren el patronato asistentes a la sesión
Artículo 36 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 29 Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Documentación
Inventario de los elementos patrimoniales
Informe de Auditoría (si procede)
Liquidación del presupuesto de Ingresos y Gastos
Acreditación de que se cumple en Código de conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales
Certificado acreditativo de la aprobación de las cuentas anuales por el Patronato de la fundación
Cuentas anuales (balance, cuenta de resultados y memoria)
Artículos 34, 35 y 36 Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 28 Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Plazo de Inicio
- Veinte días hábiles, a contar desde su aprobación por el patronato
Normativa
- Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. (Derogada la Disposición Transitorio Sexta por la Ley 6/2011, de 2 de noviembre).
- Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucia y se aprueba su reglamento de organizacion y funcionamiento (MODIFICADO EL ARTÍCULO 14 POR EL DECRETO 32/2008, DE 5 DE FEBRERO).
- Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos
- Orden de 20 de noviembre de 2023, de Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se aprueba y publica el formulario normalizado de solicitud relativo al ejercicio del protectorado sobre las fundaciones vinculadas a las cajas de ahorros de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
- Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera (Cód.: A01034521).
Agota vía administrativa
Información sobre el tratamiento de datos personales
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/443977.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
24/11/2023 Se ha modificado el campo: Normativas