Patronato Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria en Andalucía Oriental Alejandro

Funciones

El Patronato de la Fundación estará constituido por los siguientes patronos: 1. La persona titular de la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios San Cecilio y Virgen de las Nieves de Granada. 2. La persona titular de la Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Nordeste de Granada. 3. La persona titular de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Ciudad de Jaén. 4. La persona titular de la Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Norte de Jaén. 5. La persona titular de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Torrecárdenas. 6. La persona titular del Rectorado de la Universidad de Almería. 7. La persona titular del Rectorado de la Universidad de Granada. 8. La persona titular del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Granada. 9. La persona titular del Rectorado de la Universidad de Jaén. 10. La persona titular de la Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Sur de Granada. 11. La persona titular de la Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria Norte de Almería. 12. La persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria del Hospital Alto Guadalquivir. 13. La persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria del Hospital de Poniente. 14. La persona titular de la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario Granada Metropolitano. 15. La persona titular de la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario Jaén. 16. La persona titular de la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario Almería. 17. La persona titular de la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario Poniente de Almería. 18. La persona titular de la Dirección Gerencia de la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud. 19. La persona titular de la Gerencia del Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud. 20. La persona titular de la Gerencia Provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía en Granada. 21. La persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Regional de Transfusión Sanguínea de Granada. 22. La persona titular de la Dirección General de Biosearch Ufe SA, designado por la persona titular de la Dirección General. 23. La persona titular de la Dirección General de Telvent SA. 24. El  Consejero Delegado de Indeneva. 25. La persona titular de la Presidencia del Colegio de Médicos de Granada. El número de patronos podrá ser ampliado hasta un máximo de cincuenta miembros. Los nuevos patronos serán propuestos, designados y sustituidos por acuerdo del Patronato. Se crea la figura de patronos asociados que el Patronato deberá regular en función del grado de compromiso con la Fundación y que en general podrán ser: Protectores, Patrocinadores, Colaboradores u Honoríficos. El Patronato elegirá un Presidente, de entre los Directores Gerentes de las principales Áreas Hospitalarias del sistema sanitario público andaluz que integran el mismo, y a un Vicepresidente de entre Ios Rectores de Universidades. Asimismo, elegirá también a un Secretario, quien ejercerá las funciones propias de la Secretaría General de Ia Fundación, custodiando toda la documentación perteneciente a la Fundación y llevando lo libros de Actas del Patronato y de la Junta Rectora, expidiendo las certificaciones de las mismas e informes que sean necesarios con el visto bueno del Presidente. El cargo de SecretarIo podrá recaer tanto en un patrono como en otra persona distinta, si bien en este último supuesto el Secretario tendrá voz, pero no voto. Los cargos de Presidente y Vicepresidente se nombrarán por un plazo de un año, prorrogable por acuerdo del patronato por otro periodo igual.

Corresponden al Patronato las funciones establecidas por la Ley, por estos Estatutos y, especialmente, las siguientes: a) Velar por el mejor cumplimiento de la voluntad de los fundadores y de los fines de la Fundación. b) Promover la modificación de los Estatutos, si fuese necesario o conveniente para el mejor cumplimiento de sus fines. e) Ejercer la alta inspección, vigilancia y orientación de todas las actividades de la Fundación y de sus órganos, colaboradores y empleados. d) Determinar el número de componentes de la Junta Rectora y nombrar y relevar a sus miembros. e) Aprobar los programas periódicos de actuaciones y los presupuestos anuales preparados por la Junta Rectora. f) Cambiar el domicilio de la Fundación. g) Fijar las lineas generales para la distribución y aplicación de los fondos disponibles entre las finalidades perseguidas por la Fundación. h) Autorizar a la Junta Rectora para modificar las inversiones del capital fundacional. i) Aprobar el inventario-balance anual, la memoria sobre las actividades de la Fundación, presupuesto y aportación especifica de cada patrono, así como las cuentas anuales y la liquidación del presupuesto que le presente la Junta Rectora. j) Aprobar o censurar la gestión de la Junta Rectora, exigiendo en su caso las responsabilidades a que hubiere lugar. k) Conservar los bienes y derechos que integran el patrimoniO de la Fundación, así como mantenerlos y fomentarlos, para el mejor logro de los fines de la misma. l) Acordar la iniciación del expediente de extinción de la Fundación y proponer al Protectorado la designación de liqUidadores, el programa de actuación de éstos y el proyecto de distribución de la venta del patrimonio de la Fundación. m) Delegar en la Junta Rectora las competencias que considere precisas, en su caso, para el mejor funcionamiento de la Fundación. n) Todos aquellos otros actos que requieran la autorización del Protectorado. Dicha enumeración tiene un carácter meramente enunciativo y no supondrá en ningún momento limitación, preferencia u obligatoriedad. En todo caso el órgano de gobierno de la Fundación, decidirá libremente sobre la aplicación de los recursos de cada año natural a las actividades propias del objeto fundacional.

Normativa de referencia

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