Bolsas de trabajo

La selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Junta de Andalucía, se llevará a cabo mediante procedimientos ágiles en los que se garanticen los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad.

La creación de bolsas de empleo será el instrumento preferente para la selección del citado personal. Así mismo, respecto al cupo de reserva de discapacidad podrán crearse bolsas de trabajo para personas con discapacidad.

Si la selección del personal funcionario interino se realiza mediante la constitución de bolsas de empleo, estas se constituirán por cada cuerpo, especialidad, y, en su caso, opción.

 Reglamentariamente, se determinará la ordenación y régimen de funcionamiento de las bolsas de empleo, siendo el criterio preferente de ordenación de la bolsa de empleo la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

A continuación, puedes acceder a cada una de las bolsas:

Para más información consulta el artículo 115 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía y la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se procede a la convocatoria de la constitución y actualización permanente de la Bolsa Única Común.

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