De conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, las prórrogas acordadas no podrán exceder los cuatro años adicionales.
Objeto
El convenio de colaboración entre la Asociación AGRAELA y el Hospital Universitario Clínico San Cecilio, tiene por objeto prestar información y apoyo a los pacientes tratados en la Unidad de ELA y a sus familiares a través de los siguientes programas u otros que por acuerdo de las partes se estimen de interés.
• Programa de colaboración y coordinación en las unidades multidisciplinares de los hospitales de Granada.
• Programa para mejorar la calidad de vida del/la paciente y de sus familiares, reduciendo las alteraciones emocionales, relacionales y sociales que puedan surgir como consecuencia de la enfermedad.
• Programa de autonomía y cuidados a través del voluntariado. Con funciones de soporte al/la paciente y su familia.
• Programa de atención integral para la promoción de la autonomía de las personas y atención a la discapacidad y dependencia.
• Programa de ayuda mutua y autocuidado.
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Hospital Universitario Clínico San Cecilio de Granada.
AGRAELA facilitará los recursos necesarios para la ejecución del objeto de este convenio.