Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud
Presidente de la Federación Andaluza de Asociaciones para el Síndrome de Down, Down Andalucía
Duración
El presente Convenio de colaboración surtirá efectos el día de su firma, y tendrá una duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse por años sucesivos mediante acuerdo expreso de las partes antes de la finalización de la vigencia del Convenio o de cualquiera de sus prórrogas, salvo denuncia expresa y por escrito de cualquiera de las partes realizada con tres meses de antelación a la fecha de vencimiento del plazo inicial estipulado o de cualquiera de sus prórrogas, no excediendo éstas los cuatro años, de conformidad con lo previsto por el artículo 49 de la Ley 40/2015,
Objeto
El objeto del presente Convenio es establecer un marco de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud y la Federación Down Andalucía que favorezca la mejora de la atención sanitaria de las personas con síndrome de Down y sus padres, tutores o representantes legales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA), de acuerdo con los principios de solidaridad, coordinación, cooperación, participación e integralidad.
Obligaciones económicas
La suscripción del presente convenio de colaboración no comporta obligaciones económicas, ni implica relación laboral, contractual ni de cualquier tipo entre el personal de la Federación Andaluza de Asociaciones para el Síndrome de Down y el Servicio Andaluz de Salud. y la Consejería de Salud y Familias.
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