Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Anuncio de licitación. Aplicación del artículo 247.5 de la LCSP, sobre la iniciativa privada en la presentación de estudios de viabilidad de eventuales concesiones. El derecho reconocido por la Administración estaba sujeto a un plazo para su renovación que no fue atendido por la recurrente. La solicitud resultó extemporánea a la vista del acto administrativo de reconocimiento del derecho, la recurrente no cuestionó su contenido. El escrito que considera la recurrente como solicitud de renovación se debe entender como una nueva solicitud sobre la que el precepto invocado prevé un silencio negativo. No resulta necesaria la práctica de prueba. No se aprecia temeridad en la interposición del recurso. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 100/2026Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Contrato de servicios. Se impugnó la adjudicación del contrato de limpieza de edificios municipales y colegios públicos por entender que la empresa adjudicataria se hallaba incursa en prohibición de contratar al no disponer de plan de igualdad inscrito en el momento de presentación de ofertas y por una supuesta falsedad en la declaración responsable relativa a su plantilla. Se constató que el plan de igualdad había sido aprobado antes del cierre del plazo, que su inscripción en el REGCON se produjo antes del acto de adjudicación y que, en aplicación de la doctrina del self‑cleaning y de los artículos 72 y 140.3 de la LCSP, la causa de prohibición había cesado en el momento procedimental relevante, considerándose correcta la actuación de la mesa y ajustada a Derecho la adjudicación. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 125/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. La controversia versa sobre la configuración del objeto contractual y determinación del precio en los lotes 57 y 58 por considerar la recurrrente que abocan a una situación de operador único en el mercado y le impiden concurrir a la licitación sin incurrir en dumping. Análisis por el Tribunal a la vista de las previsiones del clausulado, memoria justificativa y de la pretensión verdaderamente ejercitada: diferencia del supuetso analizado con el resuelto en la Resolución 672/2025, y en la medida que la cuestión suscitada se dirige a plantear una discrepancia entre el precio fijado en el pliego y la estrategia comercial de la recurrente. El pliego fija un precio máximo unitario de licitación de modo que los licitadores pueden ofertar por debajo si así lo estiman conveniente conforme a su política comercial. No se advierte que la configuración de los lotes constituya una barrera de entrada que impida concurrir en condiciones de igualdad. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 115/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónCriterios sujetos a juicio de valor. No formulación objetiva
Fecha:Número de recurso: Recurso 112/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónExclusión. Oferta inicialmente incursa en presunción de anormalidad. No cabe apreciar error material en los datos de sesiones consignados en la oferta por la entidad recurrente, por lo que no procede la subsanación solicitada. Lo contrario supondría admitir una reformulación de la proposición presentada, alterando los parámetros que determinaron la consideración de su oferta como anormalmente baja, y por consiguiente una vulneración de los principios de no discriminación, igualdad de trato y transparencia. La resolución de exclusión carece de motivación suficiente. La motivación del acuerdo de exclusión se centra en el error en la formulación de la oferta, sin valoración alguna sobre la justificación presentada por la entidad recurrente sobre la viabilidad de la oferta. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 107/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Estimación ParcialPliegos y documentos contractuales. Contrato de concesión de servicios. El recurso se interpuso contra el anuncio de licitación, los pliegos y la documentación económica de la concesión de servicios de estacionamiento regulado y retirada y custodia de vehículos, produciéndose la pérdida sobrevenida de su objeto como consecuencia de la anulación previa de los pliegos acordada en otra resolución del Tribunal que estimó un recurso anterior contra la misma licitación, quedando privada de eficacia la controversia planteada y procediéndose a declarar concluso el procedimiento sin entrar en el fondo. Concluso por pérdida sobrevenida del objeto.
Fecha:Número de recurso: Recurso 127/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Cálculo de los costes directos en el PBL. Se aprecia a la vista de los cálculos realizados por la recurrente que el importe de los costes directos no resulta inferior a los calculados por el órgano de contratación atendiendo a un criterio de suficiencia global. Teniendo en cuenta que un supuesto déficit en una partida determinada podría ser compensada con partidas excedentarias si el conjunto resulta razonable. Tasa de absentismo. Doctrina. dato incierto. Estimación prudencial. Cotización en la seguridad social del plus de transporte. Cuestión que depende de la naturaleza salarial o indemnizatoria del mismo. Incrementos salariales del plus para períodos no comprendidos en la vigencia del convenio colectivo de aplicación. A la hora de determinar los costes salariales deben tenerse en cuenta los derivados de los convenios colectivos en vigor. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 81/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Concesión de obra para la construcción y posterior explotación de un aparcamiento. Prohibición de subcontratación de la ejecución de la obra. Motivación suficiente. Solvencia técnica referida a la fase de explotación de la obra. No hay incoherencia interna de los pliegos. Las empresas explotadoras y no constructoras de aparcamientos pueden participar en la licitación agrupadas en UTE o mediante otra vía jurídica válida. No restricción injustificada de la concurrencia. Multa: no procede. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 104/2026Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónSuministro. Tras la interposición del recurso especial, la Administración anula la licitación y los pliegos. Pérdida sobrevenida del objeto del recurso. La anulación de la licitación recurrida sin esperar a la resolución del recurso, ha privado a este Tribunal Administrativo de la oportunidad de pronunciarse en este momento sobre los vicios de legalidad que presuntamente podían contener los pliegos impugnados. Imposibilidad jurídica de continuar con el procedimiento.
Fecha:Número de recurso: Recurso 106/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónAcuerdo marco de servicios. Presunción de anormalidad: la exclusión de una oferta por anormalidad exige previa tramitación de procedimiento contradictorio, motivación suficiente y apoyo en el asesoramiento técnico correspondiente. Discrepancia entre la oferta del licitador y su justificación de los valores anormales. Los pliegos, al no ser recurridos en el momento procedimental oportuno, se han convertido en lex contractus y lex inter partes. Doctrina de la discrecionalidad técnica. La consecuencia legal de que la oferta sea inviable ha de ser la exclusión de la clasificación, siendo una consecuencia proporcional a la situación planteada. La solicitud de aclaraciones adicionales puede existir en supuestos en que el requerimiento inicial sea insuficientemente claro o resulte imprescindible aclarar extremos concretos, pero no constituye, por sí sola, un deber automático cuando el órgano técnico concluye sin ambages que la justificación aportada no salva la presunción de anormalidad. La exclusión del licitador incurso en valores anormales corresponde al órgano de contratación. Requisitos de las actas de la mesa de contratación. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 83/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
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