Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
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- Admisión de ofertas. Acto de trámite cualificado. Oferta incursa en presunción de anormalidad. Aplicación de la reglas del pliego para su determinación. DesestimaciónFecha:Número de recurso: Recurso 343/2019Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. El material ofertado no reúne los requisitos del PPT. La recurrente argumenta que el pliego dice “aproximadamente” y que sus artículos están dentro de ese concepto. El tribunal analiza el alcance del término referido. Doctrina de los pliegos son lex contractus. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 25/2020Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. Valoración de las ofertas con arreglo a criterios sujetos a juicio de valor: no se establecen subcriterios no descritos en el PCAP. Sentencia del TJUE de 24 de noviembre de 2005 (asunto C 331/04 – ATI EAC Srl y Viaggi di Maio). Motivación insuficiente: la motivación no puede ser previa a la valoración ni entenderse hecha con las descripciones del método a seguir en el otorgamiento de puntos, sino que ha de concretarse a la luz del examen de las ofertas. No se aprecia ni acredita arbitrariedad ni desconocimiento por parte de la comisión técnica. Estimación parcial.Fecha:Número de recurso: Recurso 321/2019Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
- Exclusión por no aportar el certificado de incompatibilidad de altos cargos de la Junta de Andalucía firmado por persona competente para ello. Alegato de error humano. Aportación del documento debidamente formalizado fuera del plazo establecido para ello: no es posible una subsanación de la subsanación. DesestimaciónFecha:Número de recurso: Recurso 375/2019Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Alegato de disconformidad con la valoración de determinado criterio de adjudicación evaluado mediante fórmula: no procede. El principio de economía procesal impone desestimar el segundo y último motivo del recurso pues, aun cuando el mismo se estimara, en ningún caso podría adjudicarse el contrato a favor de la recurrente. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 358/2019Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Pliegos. Desistimiento del recurso. Aceptación del desistimiento y conclusión del procedimiento de recurso.Fecha:Número de recurso: Recurso 65/2020Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desistimiento
- Declaración de terminación del procedimiento por imposibilidad material de continuación: acto susceptible de recurso. Función revisora del Tribunal. No aplicación del artículo 152 de la LCSP en lo relativo a la decisión de no adjudicar. Procede la aplicación supletoria del artículo 84.2 de la Ley 39/2015 al no estar regulado en la legislación contractual dicho modo de terminación del procedimiento de adjudicación. La entidad recurrente no tiene derecho a indemnización del daño emergente y lucro cesante: no es posible sostener que sea la legítima adjudicataria. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 383/2019Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: OtrosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión por no aportar las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil a fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Defecto no subsanable: la acreditación no puede tenerse por cumplido aunque se haya verificado con posterioridad en el trámite de subsanación de la documentación, pues lo contrario supondría la conculcación del principio de igualdad de trato entre entidades licitadoras. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 493/2019Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Pliegos. Contrato administrativo especial. Concierto social. Ayuda a domicilio. Solvencia técnica. Acreditación de presencia previa en el municipio. Cláusula de territorialidad. Artículo 8 del Decreto 41/2018, de 20 de febrero, por el que se regula el concierto social para la prestación de los servicios sociales. Análisis del procedimiento de elaboración de la norma. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 70/2020Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación
- Pliegos. Contrato administrativo especial. Concierto social. Ayuda a domicilio. Solvencia técnica. Acreditación de presencia previa en el municipio. Haber prestado el servicio en el municipio. Cláusula de territorialidad. Artículo 8 del Decreto 41/2018, de 20 de febrero, por el que se regula el concierto social para la prestación de los servicios sociales. Análisis del procedimiento de elaboración de la norma. EstimaciónFecha:Número de recurso: Recurso 54/2020Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación
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