Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
6808 recursos disponibles
- Acuerdo del órgano de contratación relativo a la retirada de la oferta declarada como la económicamente más ventajosa. Falta de presentación de la documentación previa a la adjudicación en el plazo concedido. Notificación efectuada por correo electrónico. Envío, recepción y acceso a la notificación electrónica. Artículos 151.4 del TRLCSP y 43 de la LPAC. Consideración de la notificación por medios electrónicos rechazada si no se accede a su contenido en el plazo de cinco días desde su puesta a disposición. Actuación correcta de la mesa y del órgano de contratación. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 266/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. No subsana la documentación requerida en el plazo concedido inicialmente para ello. Aportación de la documentación solicitada con posterioridad al plazo concedido. No procede conceder un nuevo trámite de subsanación . No procede admitir una subsanación de la subsanación. Infracción del principio de igualdad y del artículo 81.2 del RGLCAP. Improcedencia de la aplicación del artículo 82 del TRLCSP, con la documentación aportada no se acredita el cumplimiento del requisito. La recurrente debe soportar las consecuencias de su falta de diligencia en la presentación de la documentación. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 258/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Criterio de adjudicación sujeto a juicio de valor. No se acredita que el órgano de contratación se ha apartado de los parámetros establecidos en el PCAP para la valoración de las ofertas con arreglo a dicho criterio. Discrecionalidad técnica. Motivación in aliunde. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 244/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Exclusión. Los pliegos son ley entre las partes. Aplicación del artículo 3 del Código Civil, criterio gramatical en la interpretación de los pliegos según el sentido propio de sus palabras. No se aprecia oscuridad, confusión o ambigüedad. Oferta con valores anormales o desproporcionados: incumplimiento del PPT que deriva en exclusión, el informe técnico sobre viabilidad de la oferta contiene la motivación necesaria. La falta de justificación de la oferta supone un incumplimiento no graduable por el órgano de contratación que debe conllevar la exclusión de su oferta. Un procedimiento de contratación es autónomo e independiente del anterior, de tal forma que actuaciones en la ejecución de contratos anteriores de las potenciales entidades licitadoras, en sentido positivo o negativo, no pueden influir en futuras licitaciones que se rigen por sus respectivos pliegos y demás documentos contractuales. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 249/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Desestimación
- Recursos contra la admisión de ofertas y contra la adjudicación con idéntico contenido. Admisión de ofertas: acto tácito o implícito de trámite cualificado susceptible de recurso especial; legitimación de la recurrente para su impugnación. Acumulación de recursos en la resolución. Alegato de incumplimiento de determinados requisitos del PPT de las tres únicas ofertas admitidas en esta fase del procedimiento de licitación: no se aprecia. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 251/2018 y 260/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Adjudicación. Contrato de concesión de servicios no susceptible de recurso especial en materia de contratación. Incumplimiento del deber de comunicación establecido en el artículo 51.3 de la LCSP. Extemporaneidad. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso Recursos 336/2018 y 337/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Inadmisión
- Incidente de ejecución. Ejecutividad de la resolución del recurso especial. No suspensión de sus efectos pese al eventual recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la misma y aun cuando el órgano judicial no haya decidido sobre la medida cautelar de suspensión, en su caso, solicitada. No se ha dado cumplimiento completo a la resolución del Tribunal por parte del órgano de contratación. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 326/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: OtrosTipo de resolución: Estimación
- Pliegos. Procedimiento negociado sin publicidad al amparo del artículo 168 a) 2º de la LCSP. Servicios postales. Garantía de fehaciencia en las notificaciones administrativas: solo es predicable legalmente de la actuación del operador postal designado (Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos). Artículos 22.4 y disposición adicional primera de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre. Doctrina jurisprudencial. Comunicaciones ordinarias: debe promoverse concurrencia. Estimación parcial.Fecha:Número de recurso: Recurso 261/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación Parcial
- Pliegos. El Ayuntamiento de Marbella tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Municipio de gran población. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 351/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
- Exclusión. El Ayuntamiento de Marbella tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Municipio de gran población. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 349/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
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