Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
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- Adjudicación. Cumplimiento de las prescripciones técnicas por parte de la oferta adjudicataria. Extensión máxima de la oferta. La valoración no se ha circunscribe a la documentación relativa a criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor (limitada a cinco folios). No queda garantizada la imparcialidad y objetividad en el proceso de selección de la oferta económicamente más ventajosa. Nulidad del procedimiento de licitación. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 279/2018Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación
- Pliegos. El Ayuntamiento de Marbella tiene órgano propio para la resolución del recurso especial en materia de contratación. Municipio de gran población. Incompetencia del Tribunal. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 377/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. El pliego solo establece rango de puntuación de criterio de adjudicación automático como topes máximo y mínimo. Regla de proporcionalidad inversa. Los pliegos son ley entre las partes. Criterio de razonabilidad y equilibrio en la ponderación de las ofertas. No existencia de pérdida de relevancia del criterio de adjudicación. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 273/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Anuncio y Pliegos. Desistimiento del recurso. Aceptación del desistimiento y conclusión del procedimiento de recurso.Fecha:Número de recurso: Recurso 370/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desistimiento
- Anuncio y Pliegos. Desistimiento del recurso. Aceptación del desistimiento y conclusión del procedimiento de recurso.Fecha:Número de recurso: Recurso 369/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Desistimiento
- Pliegos de cláusulas administrativas particulares. El órgano de contratación corrige las cláusulas impugnadas, por lo que el recurso pierde el objeto. Pérdida sobrevenida de su objeto. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 354/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
- Adjudicación. Motivación de la admisión de las ofertas -cumplimiento de las prescripciones técnicas-. Especificaciones técnicas concretadas en el PPT de forma orientativa y general. Los pliegos constituyen la lex contractus o ley entre las partes. El pliego resulta susceptible de diversas interpretaciones, aplicación del principio de proporcionalidad. Solo un incumplimiento expreso, claro, referido a elementos objetivos y que se deduzca con facilidad de las prescripciones técnicas contenidas en el pliego debe conllevar a la exclusión de una oferta. Desestimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 274/2018Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Desestimación
- Declaración de desierto. Posibilidad de subsanar la documentación administrativa previa a la adjudicación presentada por el propuesto adjudicatario en determinados supuestos . Principio antiformalista y de proporcionalidad. La exclusión de la licitación por defectos en la documentación administrativa es una medida excepcional que debe ser aplicada de forma estricta. El artículo 151.2 del TRLCSP, exige que exista un comportamiento inequívocamente incumplidor de lo requerido, que evidencie que efectivamente la licitadora propuesta quiere retirar su oferta. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 264/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Estimación
- Declaración de desierto. Posibilidad de subsanar la documentación administrativa previa a la adjudicación presentada por el propuesto adjudicatario en determinados supuestos . Principio antiformalista y de proporcionalidad. La exclusión de la licitación por defectos en la documentación administrativa es una medida excepcional que debe ser aplicada de forma estricta. El artículo 151.2 del TRLCSP, exige que exista un comportamiento inequívocamente incumplidor de lo requerido, que evidencie que efectivamente la licitadora propuesta quiere retirar su oferta. Estimación.Fecha:Número de recurso: Recurso 264/2018Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: OtrosTipo de resolución: Estimación
- Pliegos. Legitimación no entidades licitadoras Contrato que ha de ser calificado como de obras al corresponder su objeto con uno de los trabajos enumerados en los Anexos I de la LCSP y II de la Directiva 2014/24/UE. Acto recurrido que corresponde a un contrato de obras no susceptible de recurso especial en materia de contratación, al ser su valor estimado inferior al previsto legalmente. Inadmisión.Fecha:Número de recurso: Recurso 352/2018Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Inadmisión
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