Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 15/10/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de septiembre de 1998, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para doce unidades de Educación Primaria al Centro Privado Cumbres de Alcalá de Guadaira (Sevilla).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Alfredo Torres Villanueva, en su calidad de representante de la Congregación de Misioneros del Sagrado Corazón y de la Virgen de los Dolores «Legionarios de Cristo¯, entidad titular del Centro Docente Privado de Educación Primaria «Cumbres¯, con domicilio en ctra. local SE-401 de Sevilla a Utrera, km 4,5, Camino de las Monjas, Finca El Rubio, Paraje Los Quintos de Alcalá de Guadaira (Sevilla), en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 12 unidades de Educación Primaria.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial, así como del Servicio de Supervisión y Normalización de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar.

Resultando que el Centro con código 41602594, tiene autorización definitiva para 6 unidades de Educación Primaria para 150 puestos escolares por Orden de 19 de agosto de 1996.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad del Centro la ostenta la Congregación de Misioneros del Sagrado Corazón y de la Virgen de los Dolores «Legionarios de Cristo¯.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica

8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero; el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 12 unidades de Educación Primaria para

300 puestos escolares al Centro Docente Privado «Cumbres¯, quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: Cumbres.

Código de Centro: 41602594.

Domicilio: Ctra. local SE-401 de Sevilla a Utrera, km 4,5, Camino de las Monjas, Finca El Rubio, Paraje los Quintos. Localidad: Alcalá de Guadaira.

Municipio: Alcalá de Guadaira.

Provincia: Sevilla.

Titular: Congregación de Misioneros del Sagrado Corazón y de la Virgen de los Dolores «Legionarios de Cristo¯.

Composición resultante: 18 unidades de Educación Primaria para

450 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Primaria autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de septiembre de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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