Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/03/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 7 de febrero de 2000, por la que se autoriza nueva denominación específica e impartición de ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro privado Centro de Estudios de Peluquería y Estética, Alicia Bravo, de Córdoba.

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Visto el expediente instruido a instancia de doña Alicia Bravo Hervás, titular de la Academia de Peluquería y Estética «Eva¯, sita en Córdoba, calle Felipe II, núm. 6, solicitando autorización para:

a) Obtener nueva denominación específica del Centro, según lo establecido en el artículo 19, apartado g), del Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre Autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

b) Impartir las enseñanzas correspondientes a los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre Autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y el Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo.

Resultando que el Centro privado Academia de Peluquería y Estética «Eva¯, de Córdoba, obtuvo autorización de homologación de las enseñanzas de Area de Conocimientos Técnicos Prácticos, rama de Peluquería y Estética, de Formación Profesional de Primer Grado con una capacidad de 4 unidades y 120 puestos escolares y cesará definitivamente la impartición de las citadas enseñanzas al finalizar el curso académico 1999/2000, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema Educativo.

Vistos: La Constitución española, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley

Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del

Servicio de Programas y Obras de Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Córdoba, como se contempla en el art., punto 4, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder el cambio de denominación específica al Centro Docente privado Academia de Peluquería y Estética «Eva¯, de Córdoba, que en lo sucesivo ostentará la denominación específica de «Centro de Estudios de Peluquería y Estética, Alicia Bravo¯ con el mismo Código núm. 14007866.

Segundo. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro privado «Centro de Estudios de Peluquería y Estética, Alicia Bravo¯, de Córdoba y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Específica.

Denominación específica: «Centro de Estudios de Peluquería y Estética, Alicia Bravo¯.

Titular: Doña Alicia Bravo Hervás.

Domicilio: Calle Felipe II, núm. 6.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Código del centro: 14007866.

Enseñanzas que se autorizan: Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

-.Dos Ciclos de Técnico en Peluquería.

Capacidad: 60 puestos escolares.

- Dos Ciclos de Técnico en Estética Personal Decorativa.

Capacidad: 60 puestos escolares.

Tercero. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 20 de junio, ya citado.

Cuarto. Antes del inicio de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, la Delegación

Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de febrero de 2000

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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