Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 25/07/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 14 de junio de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de la vía pecuaria denominada Vereda del Cerrón de Nechite, que discurre por los terrenos que constituían el antiguo municipio de Mecina-Alfahar, agregado al término municipal de Válor, en la provincia de Granada.

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente, de fecha 12 de abril de 1999, se acordó el inicio del presente procedimiento.

Con anterioridad a este inicio, con fecha 15 de noviembre de

1972, se aprobó la Orden Ministerial por la que se clasificaban las vías pecuarias del término municipal de Válor, en la provincia de Granada.

No obstante, instruyéndose el presente expediente para clasificar la vía pecuaria denominada Vereda del Cerrón de Nechite, se ha procedido al reconocimiento de las vías pecuarias clasificadas en 1972, mejorándose, ante la disponibilidad de nuevas tecnologías, la descripción de los itinerarios y la toma de coordenadas mediante sistema GPS, sin existir cambios en los recorridos y demás características físicas generales en las vías pecuarias ya clasificadas.

Segundo. Los trabajos de recorrido, reconocimiento y estudio de la vía pecuaria, se iniciaron el 23 de agosto de 1999, previos los avisos y comunicaciones reglamentarias, siendo, asimismo, publicado, el citado extremo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de fecha 29 de junio de 1999, y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Válor.

A su vez, se ha notificado el anuncio del comienzo de las operaciones materiales a los siguientes organismos y asociaciones: Extensión Agraria de Ugíjar, Los Verdes de Andalucía, Amigos del Parque Nacional de Sierra Nevada, Colectivo Ecologista, Asociación de Agricultores Jóvenes (ASAJA), Grupo Ecologistas en Acción, Unión de Pequeños Agricultores, Federación Ecologista Pacifista Granadina y Unión de Agricultores y Ganaderos.

Tercero. Redactada la Proposición de Clasificación, la misma fue sometida a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm., de fecha 10 de diciembre de 1999, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Válor.

Asimismo, la apertura del período de exposición pública fue notificada a los organismos y asociaciones anteriormente relacionados.

Cuarto. Dicha Proposición de Clasificación está integrada por los siguientes documentos:

- Documento núm.: Memoria.

- Documento núm. 2: Anejos.

Anejo núm. 1: Actas.

Anejo núm. 2: Registro Topográfico.

Anejo núm. 3: Descripciones del recorrido de las vías pecuarias.

- Documento núm. 3: Expediente Administrativo.

- Documento núm. 4: Planos:

Plano núm. 1: Situación, escala 1:50.000. Plano núm.: Plano de vías pecuarias del término, escala

1:10.000.

Quinto. A dicha Proposición de Clasificación no se han

presentado alegaciones.

A los referidos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la

resolución del presente acto administrativo, en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se establece la Estructura General Básica de la Consejería de Medio Ambiente, y el Decreto

155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que desarrolla la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias: «La Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria¯.

Asimismo, establece la Disposición Adicional Primera de la citada Ley que «las vías pecuarias no clasificadas conservan su condición originaria y deberán ser objeto de clasificación con carácter de urgencia¯.

Tercero. Los trabajos previos realizados para llevar a cabo la Propuesta de Clasificación de la vía pecuaria denominada Vereda del Cerrón de Nechite, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto 155/98, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se han regido por el siguiente esquema:

1. Recopilación de la base histórica-documental existente en los archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación, del Archivo Histórico Nacional -Sección Mesta-, del Fondo Documental de vías pecuarias depositado en el Ministerio de Medio Ambiente, en los archivos municipales y en los Archivos de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente.

De igual forma, han sido consultados los Proyectos de

Clasificación aprobados de las vías pecuarias de los términos limítrofes a éste, como son Lenteria, Aldeire, Nevada, Ugíjar y Alpujarra de la Sierra.

Asimismo, se incorporan las planimetrías pertenecientes al Instituto Geográfico Catastral y de Estadística escala

1:50.000 del año 1931 y las fotografías aéreas de 1956 (vuelo americano).

2. Recopilación de la base gráfica consistente en:

Mapa del Servicio Geográfico del Ejército, escala 1:50.000, Hojas núms. 1.028 y 1.043.

Mapa topográfico de Andalucía, escala 1:10.000, Hojas núm.

1.028, 1.2, 2.2, 1.3, 2.3, 1.4, 2.4 y núm. 1.043 1.1, 2.1.

Mapa topográfico Nacional de España, escala 1:25.000, Hojas núms. 1.043-I y 1.028-III.

Planos catastrales del término municipal, a distintas escalas.

3. Recorrido, reconocimiento y estudio de la vía pecuaria, con la colaboración de prácticos o conocedores de la zona para ayudar a su identificación, su situación y recorrido (Acta de Clasificación. Anejo I).

Considerando que en la presente clasificación se ha seguido el procedimiento establecido en los artículos 13 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 155/98, de 21 de julio, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Visto el informe-propuesta, de fecha 5 de mayo de 2000, formulado por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada,

R E S U E L V O

Aprobar la Clasificación de la Vía Pecuaria denominada Vereda del Cerrón de Nechite, que discurre por lo terrenos que constituían el antiguo municipio de Mecina-Alfahar, agregado al término municipal de Válor (Granada), de conformidad con la Propuesta formulada por la Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Medio Ambiente, y conforme a la descripción y coordenadas absolutas UTM que se incorporan a la presente a través de los Anexos I, II y III.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes, desde la

notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 14 de junio de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 14 DE JUNIO DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LA VIA PECUARIA DENOMINADA VEREDA DEL CERRON DE NECHITE, QUE DISCURRE POR TERRENOS QUE CONSTITUIAN EL ANTIGUO MUNICIPIO DE MECINA-ALFAHAR, AGREGADO AL TERMINO MUNICIPAL DE VALOR, EN LA PROVINCIA DE GRANADA

Los datos técnicos de la vía pecuaria objeto de esta

clasificación son los siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 14 DE JUNIO DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LA VIA PECUARIA DENOMINADA VEREDA DEL CERRON DE NECHITE, QUE DISCURRE POR TERRENOS QUE CONSTITUIAN EL ANTIGUO MUNICIPIO DE MECINA-ALFAHAR, AGREGADO AL TERMINO MUNICIPAL DE VALOR, EN LA PROVINCIA DE GRANADA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

1. Vereda del Cerrón de Nechite.

Inicia su recorrido a unos 300 m hacia el Sur del vértice geodésico del Cerrón, desprendiéndose de la vía pecuaria ya clasificada como Vereda del Puerto del Lobo. Se dirige con dirección Nechite pasando entre encinas y chaparros de gran tamaño. Discurre a través de pedregales y pequeños roquedos hasta cruzar el camino de la sierra donde poco después enlaza con una senda que se intuye en terrenos que presentan indicios de actividades apicultoras (restos de colmenas). Continúa atravesando chaparros de gran tamaño siguiendo la teórica línea que indican los pedregales existentes, seguir por un camino prácticamente perdido entre muros de piedra, discurrir unos cincuenta metros por lo que parecen antiguos almendrales, secano de «Los Tranquillos¯ hasta salir a una zona,

igualmente, pedregosa más ancha (aproximadamente 20 m) desde donde se puede divisar el pueblo de Nechite a unos

cuatrocientos metros.

Continúa bajando por el mismo pedregal, hasta enlazar con un camino recorrido en su margen derecha por el muro de un balate de un metro y medio aproximadamente de alto. Recorriendo unos setenta y cinco metros por dicho camino, se llega a unas eras de trillo tras las cuales se accede al pueblo de Nechite. Discurre por el barrio de San Blas para desviarse a la

izquierda por el barranco del «Castaño Moreno¯, transcurre por este barranco hasta que llega a una fuente que deja a la izquierda para tomar la calle de la Iglesia y por ella salir del pueblo. Recorriendo por la carretera unos ciento cincuenta metros, se desvía a la izquierda por el barranco existente, pasa junto a una señal de Parque Natural, ya en la entrada al pueblo de Mecina-Alfahar, llega a una fuente que deja a la izquierda y desemboca en la carretera C-332. Transcurre por esta carretera unos treinta metros hacia la izquierda para coger la primera calle a la derecha y seguirla hasta conectar con el río Nechite, coge el cauce del mismo dirección sur, deja las ruinas del Molino de Facundo a la derecha, a partir de estas ruinas recorre unos 450 m y deja marchar el río Nechite, desviándose del mismo por la izquierda uniéndose a la Vereda de la Erilla del Cura al río Nechite, vía pecuaria procedente del término municipal de Ugíjar.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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