Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 28/05/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de mayo de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 2664/2016.

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NIG: 1102042C20160010014.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 2664/2016. Negociado: 2D.

Sobre: Con medidas coetáneas.

De: María de la Concepción Álvarez Berenguer.

Procuradora: Sra. María Dolores Alonso de Medina del Río.

Contra: Mohamed Toufik.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 2664/2016, seguido en el Juzgado 1.ª Instancia núm. Seis de Jerez de la Frontera.

Juzgado de Familia a instancia de María de la Concepción Álvarez Berenguer contra Mohamed Toufik sobre con medidas coetáneas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 681/2017

En Jerez de la Frontera, a 30 de noviembre de 2017.

Vistos por doña Raquel Vidau Trigo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Jerez de la Frontera, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado al número 2664/2016, a instancia de M.ª de la Concepción Álvarez Berenguer, representada por la procuradora M.ª Dolores Alonso de Medina y asistida por el letrado Fernando Ruiz Fernández, contra Mohamed Toufik, en situación de rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora M.ª Dolores Alonso de Medina en nombre y representación de M.ª de la Concepción Álvarez Berenguer contra Mohamed Toufik debo acordar y acuerdo la Disolución por Divorcio del matrimonio formado por M.ª de la Concepción Álvarez Berenguer y Mohamed Toufik, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, aprobando las siguientes medidas reguladoras de dicha situación:

- Se atribuye la guarda y custodia de la hija menor de edad …......... a la madre M.ª de la Concepción Álvarez Berenguer, siendo la patria potestad ejercida por la madre igualmente.

- Se atribuye a M.ª de la Concepción Álvarez Berenguer el uso y disfrute de la vivienda familiar, para residir en ella con su hija menor de edad.

- No se establece a favor Mohamed Toufikun régimen de visitas al ignorarse su paradero y no tener relación actual con la niña.

- Se establece a cargo Mohamed Toufik una pensión de 300 euros mensuales para su hija ............ Dicha cantidad deberá abonarse dentro de los 5 primeros días de cada mes en la cuenta que señale al efecto M.ª de la Concepción Álvarez Berenguer, y se actualizará anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC. Los gastos extraordinarios serán satisfechos por mitad entre ambos progenitores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales.

Firme que sea esta resolución comuníquese al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio solicitante.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer Recurso de Apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, que habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde su notificación en este Juzgado.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo Raquel Vidau Trigo, Magistrada-Juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo en este Juzgado.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Mohamed Toufik, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a catorce de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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