Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 19 de octubre de 2017, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 13 de diciembre de 2016 tiene entrada en la Consejería de Justicia e Interior escrito de la Fundación por el que se comunica al Protectorado, conforme a requerimiento de dicho órgano de 21 de septiembre de 2016, y se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la citada fundación contenidos en escritura pública otorgada el 12 de julio de 2012, ante la Notaria doña Esperanza Méndez Vílchez, registrada con el número 545 de su protocolo, complementada mediante la escritura pública de 15 de enero de 2013, otorgada ante la Notaria doña María José Hortelano Parras y registrada bajo su protocolo número 26.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la redacción del artículo 18, sobre composición del Consejo del Patronato.

Tercero. Al expediente se aporta escritura pública de modificación de estatutos de 2 de noviembre de 2016, otorgada ante la Notaria María José Hortelano Parras bajo el número 600 de su protocolo, incorporando dicha escritura certificación del acuerdo del Patronato de 12 de julio de 2016, acreditándose la no prohibición de las entidades fundadoras para proceder a la modificación estatuaria acordada, así como texto refundido de los estatutos resultantes de dicha modificación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación ha sido comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se aportan cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el 37 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 10.4 del Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación de estatutos de la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva, formalizados en escritura pública de 2 de noviembre de 2016, otorgada ante la Notaria doña María José Hortelano Parras bajo el número 600 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la Consejera de Justicia e Interior.

Sevilla, 19 de octubre de 2017.- El Director General, Francisco Muñoz Aguilera.

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