La obligación de solicitar ese informe figura en la nueva redacción que la Ley 27/2013 da al artículo 97.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. Dicha modificación, recogida en su Disposición final primera, establece que deberán recabar un informe “de la autoridad de competencia correspondiente”. En consecuencia, las Entidades locales de Andalucía han de solicitar el referido informe directamente a la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía. Para facilitar la solicitud de dicho informe se ha elaborado el siguiente modelo:Solicitud del informe para la efectiva ejecución en régimen de monopolio de actividades reservadas
Asimismo se ha habilitado la posibilidad de remitir la solicitud del informe por vía telemática:
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