Declaración de accesibilidad - Plataforma SERVIFAPA

El Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el  Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web: https://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa/servifapa/

 

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

 

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

1. Falta de conformidad con el RD 1112/2018

  • Existe contenido no identificado con texto.
  • El menú de navegación no es accesible por teclado de modo que tampoco es posible desplegar los submenús asociados.
  • Determinados bloques impiden la navegación de teclado sin bloqueos.
  • Existe información, estructuras y relaciones no identificados con texto.
  • Existen contenido cuya secuencia de presentación no se realiza correctamente de forma programática.
  • Existen contenidos y elementos web que no presentan contraste adecuado.
  • En el portal existen páginas cuyos títulos no describen su tema o propósito.
  • Existen encabezados y etiquetas que no identifican el tema o propósito.
  • En ciertos casos no se proporcionan indicaciones textuales para la introducción de datos por parte del usuario.
  • Existen mensajes de estado no identificados por software de manera que no se pueden transmitir a los usuarios sin la necesidad de recibir el foco.
  • Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página web, a saber, elementos diferentes con mismo id y atributos duplicados.

2. Carga desproporcionada

  • No aplica.

 

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 29 de septiembre de 2020.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.

Última revisión de la declaración: 10 de noviembre de 2020.

 

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018), como por ejemplo:

  •  Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  •  Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  •  Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

A través del siguiente formulario de contacto o llamando al teléfono 900 156 000.

Puede presentar:

  • Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
  • Una solicitud de Información accesible relativa a:

          - Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
          - Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

 

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

Puede realizar reclamaciones sobre sus solicitudes de información accesible o quejas (artículo 13 del RD 1112/2018) a través del Libro de Sugerencias y Reclamaciones, mediante la solicitud en línea o bien rellenando los formularios y presentándolos en los Registros de Documentos, indicando la materia "Accesibilidad de sitio web o aplicación móvil".

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía.

 

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.