Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 23/12/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

DECRETO 369/1986, de 19 de noviembre, por el que se aceptan las cesiones gratuitas de terrenos realizadas por diversos ayuntamientos andaluces a la Junta de Andalucía, para destinarlos a la construcción de viviendas de promoción pública.

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La Consejería de Obras Públicas y Transportes ha recibido ofertas de cesión gratuita de terrenos por parte de diversos Ayuntamientos Andaluces a la Junta de Andalucía para destinarlos a la construcción de viviendas de protección oficial de promoción pública.

En los expedientes instruidos al efecto se ha comprobado la legalidad de los acuerdos de cesión adoptadas por los Plenos de las Corporaciones correspondientes, y consta la acreditación de la libertad de cargos y gravámenes de cada una de las fincas.

Por otra parte, la Ley 4/86, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, exige, para las adquisiciones de bienes inmuebles a título lucrativo, la aceptación previa por Decreto del Consejo de Gobierno, que, en este caso, deberá ser a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de conformidad con el Decreto del Presidente

130/1986, de 30 de julio que le atribuye las competencias del Decreto

64/1984, de 27 de mayo.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 19 de noviembre de 1986.

D I S P O N G O :

Artículo único. Se aceptan las cesiones gratuitas de los bienes inmuebles que se relacionan en el ANEXO I, hechas a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que tienen como destino la construcción por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Viviendas de Protección Oficial en régimen de Promoción Pública.

DISPOSICION ADICIONAL

Las cesiones realizadas por los Ayuntamientos a la Consejería de Obras Públicas y Transportes deben entenderse hechas a la Junta de Andalucía.

DISPOSICION FINAL

Se faculta a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para dictar las disposiciones y actos que sean necesarios para la ejecución de este Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de noviembre de 1986

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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