Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 21/01/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Seguridad Social

ACUERDO de 11 de diciembre de 1985, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios por los que se regirá la financiación de las contrataciones efectuadas por las distintas consejerías y organismos autónomos al amparo del Convenio suscrito entre la Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la fecha 4 de noviembre de 1985.

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El Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de diciembre de 1985, y en virtud de lo dispuesto en la cláusula decimosegunda del Convenio suscrito por la Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 4 de noviembre de 1985, por la que aquélla se compromete a la contratación de 1.412 jóvenes demandantes de primer empleo y parados de larga duración contando con la financiación del Fondo de Solidaridad en el primer caso, en los términos establecidos en la Sección 2ra. de la Orden Ministerial de 21 de febrero de 1985, hasta un 30% del coste salarial y, en el segundo caso, según lo previsto en la Sección 4ra. y

5ra. de la citada Orden Ministerial hasta un 20% del coste salarial.

ACUERDA:

Primero. La financiación correspondiente a la Junta de Andalucía para las citadas contrataciones, se distribuirá de la siguiente forma:

a) Cada Consejería u Organismo Autónomo realizará con cargo a sus presupuestos del ejercicio económico de 1985, la siguiente aportación. Del 30% del coste salarial en los supuestos de contratación en prácticas o para la formación de jóvenes demandantes de primer empleo. Del 40% del coste salarial en los casos de contrataciones de parados de larga duración.

b) La Consejería de Trabajo y Seguridad social, por su parte, aportará con cargo a sus programas II y V de Fomento de Empleo (Decreto 142/1985, de 26 de junio) el 40% restante de los costes salariales.

Segundo. El porcentaje de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social que se hace referencia en el apartado anterior, se distribuirá entre las distintas Consejerías y Organismos afectados en base a los proyectos presentados como siguen:

Contratos Pesetas

Consejería de Gobernación 52 35.613.816 Consejería de Agricultura 70 33.793.622 Consejería de P. Territorial 40 22.351.620 Consejería de TC Transporte 41 18.264.443 Agencia del Medio Ambiente 43 18.485.507 IARA 80 47.516.186 Consejería de Cultura 1024 209.072.341 ----------------

Total 385.097.535

Tercero. Por la Consejería de Hacienda, a iniciativa de las Consejerías afectadas, se procederá tramitar y, en su caso, a aprobar las modificaciones presupuestarias necesarias para la instrumentación del presente Acuerdo.

Sevilla, 11 de diciembre de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOAQUIN J. GALAN PEREZ

Consejero de Trabajo y Seguridad Social

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