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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 3 de abril de 1986 por la Audiencia Territorial de Sevilla en Recurso Contencioso-Administrativo no 594/84 promovido por la Empresa Banco de Andalucía, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que accediéndose a las pretensiones deducidas por el Banco de Andalucía, S.A. contra acuerdo de 26 de enero de 1984 de la Delegación Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz contra el de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía desestimatorio del Recurso de Alzada, los anulamos por no estar ajustados a Derecho, con devolución de las cantidades consignadas".
Sevilla, 9 de junio de 1986.- El Secretario General Técnico, Angel E. Vicente Gómez.
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