Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 25/7/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda

CIRCULAR 1/1986, de 19 de junio, conjunta de la Intervención General y Dirección General de Tesorería, sobre fiscalización y contabilización de los créditos desconcentrados en materia de retribuciones de personal.

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Dentro de la línea emprendida en la Junta de Andalucía de favorecer una desconcentración de funciones de máximo alcance, esta Intervención General procede a dictar el procedimiento para realizar las dos funciones de fiscalización y contabilización de retribuciones de personal antes centralizadas, con el fin de conseguir una mayor agilización en el pago de haberes de personal.

1º. Al principio del Ejercicio o en el momento en que se acuerde y por las plazas efectivamente cubiertas se propondrá por los Servicios Centrales de la Consejería afectada por la desconcentración, un documento AD por el importe de los créditos a desconcentrar en las provincias, con el desglose por aplicaciones presupuestarias pertinentes. Dicho importe se obtendrá a partir de la nómina de diciembre o la que corresponda realizando los ajustes necesarios con el fin de extrapolar a la previsión de pago, para el año en curso.

Las variaciones existentes sobre las anteriores plazas cubiertas, y previamente a las nóminas de incidencias, originará un AD complementario. Mensualmente y mediante índice, se remitirá copia de los AD complementarios a los correspondientes Servicios de Intervención siendo estos AD complementarios al asiento de apertura o ampliación de ficha contable.

Los anteriores compromisos se enviarán con su expediente a la Intervención Territorial donde serán fiscalizados y devueltos posteriormente.

2º. Mensualmente se elaborarán las nóminas por los respectivos habilitados de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, y remitiéndolas a la Delegada de Hacienda antes del día 10 de cada mes acompañadas de los correspondientes documentos OP para su fiscalización y pago. Dichos OP. habrán de llevar la referencia del nº de AD contra el cual se deben pagar.

La Intervención habrá de llevar en su fiscalización el control del saldo de Disposiciones que en ningún caso podrá ser negativo en base a la Contabilidad Presupuestaria auxiliar que llevarán las correspondientes Delegaciones, bien mediante un control de libros o fichas.

3º. Si se fiscaliza de conformidad se devolverá a la Delegación Provincial correspondiente copia del OP de la nómina intervenida y de la ficha Contable. El original de los documentos OP y dos copias se remitirán mediante índice por triplicado a la Dirección General de Tesorería debiendo obrar en la misma antes del día 20.

4º. El Servicio de Ordenación de Pagos de la Dirección General de Tesorería, enviará a la Intervención Delegada de la Consejería una copia de la OP unidos a un índice numerado.

5º. Los descuentos obligatorios que figuran en los documentos OP serán satisfechos por la Dirección General de Tesorería a los Organismos correspondientes.

Las relaciones nominales de perceptores que se hayan de confeccionar según el tipo de descuento, se remitirán por los Servicios de Intervención junto a los OP a la Dirección General de Tesorería.

6º. De igual forma, el procedimiento establecido en los apartados anteriores se seguirá para las propuestas de pago relativas a la cuota patronal de la Seguridad Social, Mutualidades de Seguridad e Higiene y MUNPAL.

7º. Los expedientes de contrataciones de personal laboral e interino se enviarán a los Servicios de Intervención de las Delegaciones Provinciales de Hacienda para su ficalización. Una vez fiscalizados de conformidad, se devolverá el órgano gestor para su inclusión en nómina y proceder mensualmente conforme lo establecido en el párrafo 1º.

8º. Antes de acordarse por la Consejería competente la gestión del gasto en materia de retribuciones de personal de forma desconcentrada, se comunicará al Consejero de Hacienda, con un mínimo de un mes de antelación, al objeto de que por éste se adopten las medidas necesarias para atender las nuevas necesidades planteadas a los Servicios Periféricos.

Sevilla, 19 de junio de 1986.- El Interventor General, Juan Ramírez Valderrábano.- El Director General, Pablo López Villegas.

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