Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 7/3/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

ACUERDO de 13 de febrero de 1989, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por el que se ordena la inscripción, depósito y publicación, de la Revisión Salarial para 1989 del Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito Interprovincial, de la empresa Sociedad Cooperativa de Consumo de Astilleros Españoles, S.A.

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Vista el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Sociedad Cooperativa de Consumo de Astilleros Españoles, S.A. (COAECO), por la que se acuerda la Revisión Salarial para el año 1989 de los conceptos retributivos de dicho convenio, suscrito por la representación de la Empresa y la de los Trabajadores, con fecha 24 de enero de 1989, y recibido en esta Dirección General confecha 13 de febrero de 1989, y de conformidad con lo dispuesto de el artículo 90.2 y

3 de la Ley 8/80 de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1.040/81 de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito Interprovincial, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Remitir un ejemplar del mismo al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de febrero de 1989.-El Director General, Ramón Marrero Gómez

ACTA

En la ciudad de Cádiz y en los locales de la Empresa COAECO, se reúnen de una parte D. Antonio M. del Cura Temiño, D.Fco. Javier Azanza Arocena, D. Antonio Blanco López, en representación de COAECO; y de otra D. Alberto Gercía Hita, Dña. Otilia Espigares Buitrago, Dña. Isabel Díaz Bruzón y D. José Manuel Ariza Serrano en representación de los trabajadores, y Fermín Rodríguez Conejero como Asesor de CC.OO. El motivo de la reunión es para proceder a la revisión económica del Convenio Colectivo de COAECO y sus trabajadores, acordándose lo siguiente:

Primero. Se aplica el I.P.C. habido durante los doce meses de 1988, que se sitúa en el 5,8% incrementandose dicho porcentaje a los conceptos de Salarios Base, Protección a la Familia y Plus de Transporte.

Segundo. Los conceptos económicos aquí establecidos se abonarán con efecto de 1º de enero de 1989 y pagadero de la Nómina de dicho mes.

Tercero. Se acuerda remitir a la Autoridad Laboral este acuerdo con las tablas actualizadas para su archivo y publicación.

En prueba de conformidad se firma la presente en Cádiz, a 24 de enero de

1989.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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