Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 21/7/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Planificación

ACUERDO de 27 de junio de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se cede gratuitamente al Ayuntamiento de Baeza (Jaén), la finca Las Montalvas sita en el término municipal de Baeza (Jaén), de 412 m2 de edificación y 10.840 m2 de parcela, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para destinarla a Escuela Taller de Rehabilitación e Instalaciones Deportivas.

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El Excmo. Ayuntamiento de Baeza (Jaén), ha solicitado la cesión gratuita de la finca "Las Montalvas", sita en el término municipal de Baeza, de 412 m2 de edificación y 10.840 m2 de parcela, adscrita a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Montes de la Consejería de Agricultura y Pesca, para destinarla a Escuela Taller de Rehabilitación e Instalaciones Deportivas. Los inmuebles, cuya cesión se solicita, tienen la calificación de patrimoniales, en virtud de Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Planificación de fecha 10 de abril de 1989. Asimismo, figuran inscritos en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no juzgándose previsible su afectación o utilización.

La Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su art. 57, autoriza la cesión de bienes a Entidades Públicas para un uso público de competencia de ellas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Planificación y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de junio de 1989, adoptó el siguiente

A C U E R D O :

Primero. Se cede gratuitamente al Excmo. Ayuntamiento de Baeza (Jaén) por un período de cincuenta años, al amparo de lo dispuesto en los artículos 57 de la Ley del Patrimonio y 133, 135 y

237 del Reglamento para su aplicación, la finca "Las Montalvas" de

412 m2 de edificación y 10.840 m2 de parcela, que en la actualidad linda: Sur, con el camino de Las Montalvas; Este, con el Polideportivo Municipal; Norte, con el camino de la Virgen de la Salud y Oeste, con finca de Sres. Herederos de don Lorenzo Soriano Huertas. El inmueble se destinará a Escuela Taller de Rehabilitación e Instalaciones Deportivas.

Segundo. Si el bien cedido gratuitamente no fuera destinado al uso previsto en el plazo de tres años, o dejara de destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones, sin derecho a indemnización, teniendo la Comunidad derecho, además, a percibir de la Corporación, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros del mismo. Será de aplicación, en todo caso, lo establecido en el art. 109 de la Ley del Patrimonio.

Tercero. Por la Consejería de Hacienda y Planificación, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Acuerdo.

Sevilla, 27 de junio de 1989

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL OJEDA AVILES

Consejero de Hacienda y Planificación

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