Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 21/1/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Alhaurin de la Torre, de los bienes afectados al abastecimiento de agua potable a la urbanización Pinos de Alhaurin, de Alhaurin de la Torre (Málaga).

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Las necesidades para el abastecimiento de agua potable de los vecinos de la urbanización "Pinos de Alhaurin", de Alhaurin de la Torre, determinaron la adopción por el Ayuntamiento Pleno del acuerdo de fecha 27 de junio de

1988, de expropiación de los bienes y derechos afectados por el abastecimiento de agua a dicho nucleo de poblacion, solicitando del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía su urgente ocupacion, una vez entendida la declaración de utilidad pública al amparo de los establecido en el artículo 94 del Reglamento para la utilización del Dominio Publico Hidraulico aprobados por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril y 58.3 de la Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985.

La gravedad de la situación planteada ante la deficiente gestión del servicio de suministro de agua por la Empresa "Agua y Servicios de Pinos de Alhaurin, S.A.", motivo que por el Ayuntamiento de "Alhaurin de la Torre" se efectuasen dos perforaciones con resultado positivo a fin de solventar el problema de desabastecimiento de agua a los vecinos de la urbanización en terrenos, que al ser reclamados judicialmente por la sociedad suministradora como su propiedad, ha ocasionado que se produzca el problema de escasez, agudizado especialmente duarante los fines de semana y epoca estival, resultando por tanto imprescindible la adquisicion de los pozos, así como de las redes de conduccion, depositos y demas instalaciones de distribución de agua en la urbanización citada. Se ha practicado la preceptiva información pública por el Ilmo. Ayuntamiento mediante inserción del correspondiente Edicto en el Boletin Oficial de la Provincia nº 239, de fecha de 20 de octubre de 1988. Durante el plazo concedido al efecto no presentaron alegaciones al mismo. Con los antecedentes antes señalados resulta obligado declarar urgente ocupación de los bienes afectados, por cuanto junto a la practica de la información prescrita por el artículo 56 del Reglamento de Expropiacion Forzosa se contiene referencia expresa a los bienes objeto de ocupación y queda fundamentada esta en la necesidad de disponer de una mayor cantidad de agua potable para el abastecimiento a la poblacion. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomia para Andalucía, aprobado por Ley Organica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 10 de enero de

1989

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa por el Ilmo. Ayuntamiento de Alhaurin de la Torre, a fin de atender el suministro a los vecinos de la Urbanización "Pinos de Alhaurin" de dicho municipal, de los bienes que a continuación se describen:

Pozo situado en la AU-35.

Propietario: Pinos de Alhaurin, S.A., Torre de Sandoval, 1, Málaga. Superficie: 367,20 m2.

Forma: Rectangular.

Lindero: Norte, en línea recta de 8 m. con vial de urbanización y parcela nº 375. Sur, en línea recta de 8 m. con resto de terreno de la Au-35. Este , en línea recta de 45,90 m. con resto de terreno de la AU-35, Oeste, en línea recta de 45,90 m. con resto de terreno de la AU-35. Calificacion: Residencial, incluido en al AU-35, según las normas subsidiarias aprobadas en 1986.

Pozo situado entre parcelas: 50, 67 y 68. Propietario: Pinos de Alhaurin, S.A., Torre de Sandoval, 1, Málaga. Superficie: 665,44 m2.

Forma: Rectangular irregular.

Linderos: Norte, en línea recta de 17,12 m. con la parcela nº 50 de la primera fase de la urbanización Pinos de Alhaurin. Sur, en línea recta de

30,20 m. con las parcelas números 67 y 68 de la primera fase citada. Este, en línea recta de 25,90 m. con la parcela nº 50 de la primera fase citada. Oeste, en línea recta de 30,35 m. con vial de la urbanizacion. Calificacion: Suelo residencial, incluido en la AU-32, según las normas subsidiarias para el planeamiento aprobadas en 1986. Esta destinado a un uso de infraestructura, ya que no forma parte de niguna parcela unifamiliar.

Redes de conduccion: El derecho de uso de estas redes es imprescindible para el abastecimiento de la urbanización y por ello se incluyen y describen en el expediente. Aljibes o depositos:

Se incluyen y describen en el expediente por el mismo motivo que la red de conducción de agua.

Elementos Auxiliares: Cuantos elementos auxiliares sean precisos para la captacion, elevacion, deposito y distribución del agua en la urbanizacion Pinos de Alhaurin y que figuran descritos en el expediente.

Sevilla, 10 de enero de 1989

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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