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Preámbulo
Ante la petición del sector sobre la generalización de vacunación en el ámbito del territorio andaluz y dada la evolución de la misma.
RESUELVO
Artículo primero.
Se establece con carácter obligatorio la vacunación de todos los équidos receptibles a la peste equina africana en las provincias de Almería, Granada y Jaén.
Artículo 2º.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de septiembre de 1989.- El Director General, Gerardo de las Casas Gómez.
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