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En el recurso contencioso-administrativo número 868/87 interpuesto por don Juan Salvador Magán García contra resolución del Excmo. Sr. Consejero de 15 de diciembre de 1986, sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Sevilla, ha dictado sentencia con fecha 25 de marzo de 1989, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos desestimar íntegramente el recurso interpuesto por D. Juan Salvador Magán García contra Resolución del Viceconsejero de Salud de 10 de junio de 1986 que impuso al recurrente la sanción de suspensión de empleo y sueldo de 4 meses de conformidad con el pliego de cargos formulado por el Instructor del expediente por la comisión de dos faltas graves tipificadas en el artículo 66.3.e) y 66.3.f) del Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social (Real Decreto 23 de diciembre de 1966) que confirmamos por ser ajustado a Derecho. Sin costas".
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 20 de septiembre de 1989
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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