Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 29/6/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de junio de 1990, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que subsanan errores advertidos en la de 8 de mayo de 1990 y se resuelven reclamaciones sobre ayudas con cargo al fondo de acción social, modalidad Subvención de intereses de préstamos para el personal funcionario y no laboral al servicio de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1989.

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Por Resoluciones de esta Secretaría General por la Administración Pública, de fechas 8 de mayo y 13 de junio de 1990 (BOJAs del 22 de mayo y 19 de junio respectivamente), se hicieron públicos los listados definitivo de excluidas de las Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral al servicio de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1989, en la modalidad de "Subvenciones de Intereses de Préstamos".

Observados errores en los listaddos definitivos de beneficiarios de esta modalidad de ayudas, así como recibidas reclamaciones al listado provisional de exluidos, realizadas en tiempo y forma, procede subsanar los mencionados errores e incluir como beneficioarios a los sujetos de reclamaciones estimadas.

En consecunejcia, y a propuesta de la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos sobre incrementos retributivos de 1989, suscritos entrela Administración de la Junta de Andalucía y la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios, esta Secretaría General para la Administración Pública

HA RESUELTO:

Primero. Incluir en el listado definitivo de beneficiarios de las ayudas de Acción Social, modalidad "Subvenciones de Intereses de Préstamos", para el ejercicio de 1989, destinadas al Personal Funcionario y No Laboral al personal que figura reflejado en el Anexo I.

Segundo. Modificar los datos referidos al préstamo a solicitar y a las subvenciones otorgadas del personal que figura en el Anexo II.

Tercero. Desestimar, por las causas que se indican, las reclamaciones elevadas por el personal que figura en el Anexo III.

Cuarto. A las subvenciones ahora concedidas y a los préstamos subsiguientes les será de aplicación lo establecido en los párrafos 2,

3 y 4 del punto Primero de la Resolución de 8 de mayo de 1990, citada.

Quinto. De la presente Resolución se dará cuenta a la Federación de Cajas de Ahorros de Andalucía para su conocimiento y traslado a las mencionadas Entidades de Ahorros.

Sexto. Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artº

126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 25 de junio de 1990.- El Secretario General, Rafael Benavente García.

Veáse Anexos

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