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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 22 de febrero de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2128/88 promovido por Sociedad Anónima Manufactura Española del Corcho -SAMEC- sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Moreno Blázquez en nombre y representación de "SA Manufactura Española del Corcho" contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de 11 de abril de
1988, el que debemos anular y anulamos, por no ser conforme con el ordenamiento jurídico, y en consecuencia, debemos disponer y disponemos la inmediata devolución de la sanción impuesta. Sin costas.
Sevilla, 4 de junio de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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