Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 15/10/1992

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 4 DE GRANADA

EDICTO (PP. 1159/92).

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El Juzgado de Primera Instancia Número Cuatro de Granada.

Hace Saber: Ante este Juzgado se siguen autos de Juicio del Banco Hipotecario de España núm. 658/90, a instancia de Banco Hipotecario de España representado por la Procuradora Sra. García Anguiano contra Don Francisco Flores Serrano y Doña Genoveva García López, acordándose sacar a pública subasta los bienes que se describen, la que tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado:

Primera Subasta: El día dos de febrero de mil novecientos noventa y tres y hora de las diez de la mañana, y por el tipo de tasación.

Segunda Subasta: El día tres de marzo de mil novecientos noventa y tres y hora de las diez de la mañana, y con rebaja del veinticinco por cien del tipo de tasación.

Tercera Subasta: El día dos de abril de mil novecientos noventa y tres y hora de las diez de la mañana, sin sujeción a tipo.

CONDICIONES

1ª. Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento al efecto, una cantidad no inferior al 20% del tipo en primera y segunda subasta y el 20% del tipo de segunda, en tercera subasta.

2ª. El remate podrá hacerse en calidad de ceder a un tercero, dentro de los ocho días siguientes, consignándose previa o simultáneamente el precio del remate.

3ª. Los autos y certificación del Registro de la Propiedad, están de manifiesto en Secretaría donde podrán ser examinados, entendiéndose que todo licitador la acepta como bastante la titulación, y que las cargas y gravámenes, anteriores o preferentes al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate.

4ª. Que a instancia del actor, podrá reservarse el depósito de aquellas posturas, que cubra el tipo de licitación, para el supuesto de que el adjudicatario no cumpla sus obligaciones.

5ª. Para el caso de que el bien que sale a subasta sea el derecho de traspaso de local de negocio, se hace saber que el rematante se obliga a mantener por lo menos durante un año el local destinado a la misma actividad que hoy tiene, y a no traspasarlo durante un año.

6ª. Sirviendo el presente, para en su caso, de notificación al deudor, por si lo estima conveniente, libere, antes del remate, sus bienes, pagando principal y costas.

FINCA OBJETO DE SUBASTA

Vivienda unifamiliar, compuesta de dos cuerpos de alzada sita en el Paraje de las Bombardas, diputación de Palomares, sitio llamado Puntica del Maestro término de Cuevas del Almanzora, ocupa la planta baja una superficie construida total de ochenta y cinco metros cincuenta decímetros cuadrados, de los que corresponden a la vivienda una superficie construida de cincuenta y tres metros cuarenta decímetros cuadrados, siendo la útil de cuarenta metros once decímetros cuadrados, y el resto corresponde garaje. La planta alta, ocupa una superficie construida de sesenta y cinco metros noventa y nueve decímetros cuadrados, siendo la útil de cuarenta y nueve metros setenta y un decímetros cuadrados, esto hace que la vivienda tenga una superficie total construida de ciento diecinueve metros treinta y nueve decímetros cuadrados, siendo la útil de ochenta y nueve metros ochenta y dos decímetros cuadrados. Finca registral número 30.158.

Ha sido valorada en seis millones sesenta mil pesetas.

Dado en Granada, a diecisiete de julio de mil novecientos noventa y dos.- El Secretario.

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