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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 16 de diciembre de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2320/89, promovido por PRONSUR, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Estima el recurso contencioso administrtivo interpuesto por la Procuradora Dª Mª Paz Calvo Pancorbo en la representación acreditada de PRONSUR, S.A., contra la Resolución de fecha 4 de septiembre de 1989, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, (Rec. 728/89) de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, que modificando en parte la Resolución de fecha 14 de abril del mismo año, de la Delegación Provincial, en Granada, en Expte. 445/88, impuso a la recurrente la sanción de cien mil pesetas, a consecuencia del acta de infracción H-2107/88, de 30 de septiembre, cuyos actos administrativos se anulan por no aparecer conformes a derecho; sin costas.
Sevilla, 20 de octubre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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