Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 2/2/1993

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

ORDEN de 18 de enero de 1993, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción: Letrados de Administración Sanitaria. (A2020).

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En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 79/1992, de 19 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 1992, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto 264/1989, de 27 de diciembre, que regula el procedimiento de acceso a la condición de funcionario/a de la Administración de la Junta de Andalucía en las tres primeras ofertas de Empleo Público, esta Consejería de Gobernación, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Decreto 130/1986, de 30 de julio, y el Decreto 255/1987, de

28 de octubre, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo: Superior Facultativo, Opción: Letrados de Administración Sanitaria, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 9 plazas en el Cuerpo: Superior Facultativo, Opción: Letrados de Administración Sanitaria, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) 2 plazas para el sistema de promoción interna.

b) 7 plazas, para el sistema de acceso libre.

Las personas aspirantes sólo podrán participar por uno de los sistemas.

1.2.- Las plaza reservadas para el sistema de acceso por promoción interna, si quedan sin cubrir, no se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.3.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley

6/1985, de 28 de noviembre, el Decreto 264/1989, de 27 de diciembre, el Decreto 79/1992, de 19 de mayo, y las bases de la presente convocatoria.

1.4.- El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el sistema de oposición.

1.5.- Con carácter previo y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 264/1989, al personal que aspire a acceder por el sistema de promoción interna o al que preste o haya prestado servicios en la Administración de la Junta de Andalucía como contratado/a administrativo/a o interino/a, siempre que el nombramiento como funcionario/a interino/a o la contratación administrativa de colaboración temporal se hubiera producido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/1988, de 17 de octubre, de modificación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 6/1985, se le valorarán los servicios prestados en las distintas Administraciones Públicas conforme a lo dispuesto en la Base 4 de la presente convocatoria.

Dicha valoración se efectuará sobre los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria. El resultado se expondrá al público junto con la lista de las personas admitidas y excluidas conforme a lo que se establece en la Base 5.1, al menos con 48 horas de antelación a la fecha de celebración del primer ejercicio.

1.6.- La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación, siendo eliminatorio cada uno de ellos:

-Primer ejercicio.-

Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas de respuestas alternativas sobre el programa de materias que figura en el Anexo III de la presente Orden.

-Segundo ejercicio.-

Consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones a realizar en el Cuerpo al que se aspira ingresar y relacionado con el programa de materias.

-Tercer ejercicio.-

Consistirá en la exposición por escrito de dos temas extraídos al azar de entre el programa de materias, durante un tiempo máximo de 4 horas, que serán leídos posteriormente por el/la candidato/a en sesión pública. A los efectos indicados se extraerán dos temas de cada uno de los dos grupos de materias de que consta el programa, eligiendo el/la opositor/a uno de cada grupo. Compondrá el primer grupo el temario común y el segundo el temario específico.

El orden de lectura de los ejercicios por los/as opositores/as se iniciará alfabéticamente por el primero de éstos/as cuyo primer apellido comience por la letra G, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Consejería de Gobernación de 29 de mayo de 1992 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 51, de 9 de junio), por la que se publica el resultado del sorteo público celebrado el día 29 de mayo de 1992.

1.7.- Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio de la Oposición no comenzará antes del día 15 de abril de 1993, determinándose el lugar de celebración, la fecha y la hora de comienzo en la Resolución que se indica en la Base 5.1.

1.8.- En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con la Base 3.5, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

1.9.- El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.

1.10.- El programa que ha de regir estas pruebas selectivas, es el que figura publicado como Anexo III.

1.11.- No se exigirá a los/as participantes el pago de derechos de examen, ni será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas.

2.- REQUISITOS PARA LOS/AS CANDIDATOS/AS.

2.1.- Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

2.2.- Las personas aspirantes por promoción interna, deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la situación de servicio activo, excedencia en cualquiera de sus modalidades, servicios especiales o servicios en otras Administraciones Públicas, en algunos de los Cuerpos de la Junta de Andalucía del Grupo B recogidos en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, o, de conformidad con lo previsto en el art. 25 y demás preceptos de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, encontrarse al servicio de la Junta de Andalucía como funcionario/a del Grupo B, excepción hecha del personal docente y estatutario, en las situaciones administrativas de servicio activo o servicios especiales.

b) Tener una antigüedad de al menos 2 años en el Cuerpo a que pertenezcan. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre (BOE de 10 de enero de 1979), serán computables a éstos efectos, siempre que se hayan reconocido en dicho Cuerpo.

2.3.- Todos los requisitos a que se refieren los apartados 2.1 y 2.2, de esta Base, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

3.-SOLICITUDES

3.1.- La solicitud tendrá que formularse, necesariamente, en el impreso oficial original numerado que será facilitado en el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones de ésta en cada una de las provincias andaluzas.

3.2.- Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en el Registro General del citado Instituto, calle María Auxiliadora nº 13, -41003- SEVILLA; en el Registro de la Consejería de Gobernación sito en la Plaza de Cristo de Burgos nº 31, -41003- SEVILLA; en las Delegaciones de Gobernación de cada una de las de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958 (BOE nº 171, de 18 de julio), en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de Correos antes de ser certificadas, como preceptúa el Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Las solicitudes suscritas por los/as españoles/as en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

3.3.- Las personas aspirantes harán constar en la solicitud el sistema de acceso, ya sea por promoción interna o libre. En este último supuesto señalarán, en su caso, si solicitan la valoración de los servicios prestados.

Asimismo, tendrán que identificar en la solicitud esta convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código A2020 correspondiente al Cuerpo y Opción.

3.4.- Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.

3.5.- Los/as aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el espacio destinado para ello. Asimismo podrán solicitar, expresándolo en el espacio "otros datos a consignar según las bases de la convocatoria", las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, cuando sean necesarias.

4.- VALORACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS

4.1.- La valoración de los servicios prestados por los/as aspirantes a la que se refiere la Base 1.5 se realizará de la forma siguiente:

a) Promoción interna.- Se valorarán los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, otorgándose a los/as aspirantes por este sistema los puntos siguientes:

1% de la puntuación total de la oposición por mes de servicio efectivo prestado, sin que la puntuación total que se obtenga por este concepto pueda superar el 45% de la puntuación total de la oposición.

b) Servicios prestados como contratado/a administrativo/a de colaboración temporal o interino/a.- Se valorarán únicamente, los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en puestos iguales o similares a los que se aspira y referidos a funciones integradas dentro del grupo al que se oposita, con sujeción al nombramiento de interino/a o contrato administrativo. A estos efectos, se otorgarán los puntos siguientes:

1% de la puntuación total de la oposición por mes de servicio prestado en los puestos indicados, sin que la puntuación total que se obtenga por este concepto pueda superar el 45% del máximo total de puntos que pueda alcanzarse en las pruebas selectivas.

4.2.- La valoración de los servicios prestados solicitada será aplicada sin justificación documental sobre los servicios que se hubiesen prestado en la Administración de la Junta de Andalucía. En los demás casos, la valoración se efectuará sobre los servicios que se acrediten mediante certificado expedido en el modelo oficial publicado en el Anexo II de esta convocatoria.

5.- ADMISION DE ASPIRANTES.

5.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación del Consejero de Gobernación, dictará resolución declarando aprobadas las valoraciones a que se refiere la Base 1.5 de la presente convocatoria, la lista de las personas admitidas y excluidas y las causas de exclusión.

Dicha resolución se publicará en el BOJA y en ella se señalarán los lugares en los que se encontrarán expuestas al público las listas certificadas y el lugar de celebración, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

5.2.- Con objeto de posibilitar las subsanaciones de errores, los/as aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de publicación de la Resolución, para subsanar los defectos de las valoraciones que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos/as y excluidos/as.

5.3.- Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA, ante el Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, quién resolverá por delegación del Consejero de Gobernación

De no presentarse recurso de reposición, el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso de reposición, si el/la aspirante fuese definitivamente excluido/a de la realización de los ejercicios.

6.- EL TRIBUNAL

6.1.- El Tribunal de éstas pruebas será el que figura en el Anexo I de esta Orden.

El Presidente del Tribunal designará de entre los/as vocales, a quien actuará como Secretario/a del mismo.

De conformidad con la Disposición Transitoria Quinta 2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, tendrán representación en el Tribunal las Centrales Sindicales que forman parte de la Mesa General de Negociación de la Comunidad Autónoma Andaluza. A estos efectos, por el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones Sindicales antes aludidas, la designación de un/a representante y su suplente para que se incorpore a las reuniones del Tribunal. Las Organizaciones Sindicales deberán designar su representante en el plazo de quince días naturales contados a partir de la recepción de la notificación del Director del Instituto Andaluz de Administración Pública. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá que se renuncia al ejercicio de la misma.

6.2.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

6.3.- Los/las miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellos/as alguna de las circunstancias previstas en el Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, para cuyas pruebas hubiesen sido nombrados/as miembros del Tribunal.

6.4.- El Presidente del Tribunal podrá exigir a los/as miembros del mismo declaración de no hallarse incursos/as en las circunstancias previstas en el Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros del mismo Tribunal cuando concurran circunstancias previstas en el párrafo anterior.

El Tribunal que actúe en estas pruebas, tendrá la categoría 1ra. de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA nº

31, de 21 de abril).

6.5.- El Tribunal no podrá declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Las propuestas que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

6.6.- Los/las miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

6.7.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

6.8.- Por Resolución de la Consejería de Gobernación se procederá al nombramiento de los/as funcionarios/as que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6.9.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Andaluz de Administración Pública, calle María Auxiliadora nº 13, -41003- SEVILLA.

6.10.- El tribunal se disolverá una vez que el Consejero de Gobernación haya nombrado funcionarios/as de carrera a los/as aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas y cumplan todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.

7.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

7.1.- Las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

7.2.- En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su personalidad.

7.3.- Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan.

7.4.- Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno/a de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios o que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud de participación en la convocatoria, podrá declarar por sí la oportuna rectificación ó, en su caso, proponerla al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública para que, previa audiencia al interesado/a resuelva por delegación del Consejero de Gobernación y de forma motivada lo que proceda.

8.- CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS.

8.1.- Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

b) Segundo Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

c) Tercer Ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

8.2.- El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo de respuesta exigido para la obtención de las calificaciones a que se refiere la base 8.1, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para cada ejercicio. No obstante, para alcanzar las puntuaciones mínimas de cinco puntos a que se refiere la base anterior, en ningún caso podrán utilizarse puntos obtenidos en la valoración previa regulada en las bases 1.5 y 4.

8.3.- La calificación final de las pruebas no podrá superar los treinta puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada ejercicio de la oposición, a la que se añadirá, en su caso, los puntos obtenidos en la valoración previa prevista en la Base 1.5 hasta alcanzar el máximo expresado.

8.4.- En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la oposición. Si persistiera, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico.

9.- LISTA DE APROBADOS/AS, PRESENTACION DE DOCUMENTACION, SOLICITUD DE DESTINO Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS/AS.

9.1.- La lista de aprobados/as de cada uno de los ejercicios a excepción del último, se publicará en los mismos lugares a que se hace referencia en la Base 5.1, para exponer la lista de admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas.

9.2.- Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal elaborará la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, por orden de puntuación, en la que constará la calificación de cada uno de los ejercicios y, en su caso, la valoración de los servicios prestados. Dicha relación se hará pública en los mismos lugares a los que se hace referencia en la Base 9.1. y contra ella, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente al que se haga pública, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Gobernación.

Sin perjuicio de lo anterior, El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha relación con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera al Consejero de Gobernación.

9.3.- La Consejería de Gobernación, a través de la Secretaría General para la Administración Pública, resolverá, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los/as aspirantes seleccionados/as en las pruebas. En esta figurará, al menos el mismo número de plazas que aspirantes hayan superado las pruebas selectivas. La oferta se anunciará en los lugares a que se hace referencia en la Base 9.1. o en el BOJA. Los/as aspirantes seleccionados/as dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de dicha relación, para presentar en la Dirección General de la Función Pública, Plaza de Cristo de Burgos nº

31, -41003- SEVILLA, la petición de destino a la vista de las vacantes ofertadas. Los/as aspirantes con minusvalías, cualquiera que sea su grado de discapacidad, podrán instar en la propia solicitud de destino la adaptación del puesto de trabajo solicitado y que necesariamente lo requiera.

Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia de los puestos, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en la Orden de la Consejería de Gobernación de

1 de octubre de 1991 (BOJA núm. 90 de 11 de octubre).

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el servicio.

Los/as aspirantes que tengan la condición de minusválidos/as, cualquiera que sea su grado de minusvalía, deberán presentar certificado de los órganos competentes del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de minusvalía que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas objeto de esta convocatoria.

9.4.- Los/as aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios/as y aquellos/as otros/as que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos, siempre que hubiesen sido inscritos o anotados en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

9.5.- Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en las Bases 1.5 y 2, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.6.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Consejero de Gobernación nombrará funcionarios/as de carrera a los/as aspirantes que habiendo superado las pruebas selectivas cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos.

9.7.- El personal seleccionado por el sistema de promoción interna tendrá preferencia sobre el resto de los/as aspirantes seleccionados/as para cubrir las vacantes ofertadas para el Cuerpo Superior Facultativo, Opción: Letrados de Administración Sanitaria.

9.8.- El personal funcionario que se halle prestando servicio en la Administración de la Junta de Andalucía, desempeñando puestos de trabajo con carácter definitivo, y supere las pruebas selectivas de ingreso en Cuerpo de otro Grupo al que dicho puesto se halle también adscrito, podrá optar entre continuar desempeñándolo con tal carácter o solicitar la adjudicación de alguno de los que con carácter general sean ofrecidos a los/as aspirantes seleccionados/as en dichas pruebas.

En el caso de optar por continuar en el mismo puesto se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario/a del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia voluntaria, prevista en el Art. 29.3.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

10.- NORMA FINAL.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 18 de enero de 1993

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

ANEXO I

TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL

CUERPO: SUPERIOR FACULTATIVO

OPCION: LETRADOS DE ADMINISTRACION SANITARIA

PRESIDENTE:

D. Rafael Cáliz Cáliz

PRESIDENTE SUPLENTE:

D. Antonio José Millán Villanueva

VOCALES:

D. Nicolás González-Deleito Domínguez

D. Juan Cano Bueso

D. Antonio Serrano Martín de Eugenio

Dña. M. Victoria Galvez Ruiz

VOCALES SUPLENTES:

Dña. Carmen Noguerol Rodríguez

D. José Antonio Víbora Jiménez

Dña. Lourdes Jiménez Romero

Dña. Mercedes Rodríguez Navarro

(Ver ANEXO II en páginas 430 y 431, del BOJA núm. 9, de 28.1.1993)

ANEXO III

PROGRAMA DE MATERIAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCION: LETRADOS DE ADMINISTRACION SANITARIA

Temario común

1.- El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. Las líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978: estructura. Los Poderes del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.

2.- Los valores superiores de la Constitución Española. Concepto y sentido de los valores superiores. El contenido de los valores superiores. El Estado Español como Estado Social y Democrático de derecho.

3.- Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución Española. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de la Administraciones Públicas.

4.- El modelo económico en la Constitución. Principios informadores y objetivos específicos.

5.- La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales en España. Principios constitucionales informadores.

6.- El Estado de las Autonomías. Precedentes históricos constitucionales. Su regulación en la Constitución española: vías de acceso a las autonomías e instituciones autonómicas.

7.- La Junta de Andalucía: vías de acceso a la autonomía. Instituciones Autonómicas andaluzas: El Parlamento, el Presidente y el Consejo de Gobierno. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

8.- La Administración autonómica: principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de organización territorial y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

9.- Distribución de competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución Española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía. El proceso de traspaso de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. La Ley del proceso autonómico. Las normas de funcionamiento de las comisiones mixtas. El proceso de traspaso a la Junta.

10.- Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local. Teoría del conflicto constitucional. Procedimiento de declaración de inconstitucionalidad. Conflictos de competencias. El requerimiento de incompetencia.

11.- La financiación de las Comunidades Autónomas. Regulación Constitucional. La LOFCA. La Ley del Fondo de Compensación interterritorial. La Ley reguladora de cesión de tributos. La financiación de la Junta de Andalucía.

12.- La Administración Local: posición constitucional de municipios y provincias. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre la Administración Local. Tipología de los Entes Locales. La provincia: organización y competencias.

13.- El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Norma y realidad social: la aplicación del derecho.

14.- La Administración Pública: Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

15.- Las fuentes del derecho Administrativo: concepto y clases. La Ley: concepto y clases. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los reglamentos de los órganos constitucionales.

16.- La relación jurídico Administrativa. Concepto. Sujetos. El Administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los Administrados.

17.- El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El procedimiento Administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimiento de ejecución. Los procedimientos especiales.

18.- Los recursos administrativos: conceptos y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurrible, legitimación y órgano competente. Exámen especial de los recursos de alzada, reposición, revisión y súplica. La jurisdicción contenciosa: concepto y naturaleza.

19.- Los contratos administrativos: naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Forma de contratación. Resolución, rescisión y denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Acomodación de la LCE a la legislación comunitaria.

20.- La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objetos y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

21.-Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. Su fomento. La actividad de policía. La potestad sancionadora de la Administración. El servicio público: formas de gestión.

22.- Propiedades administrativas: clases. El dominio público: concepto y régimen jurídico.

23.- Las comunidades europeas. Los tratados originarios y modificativos. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea. Las instituciones comunitarias.

24.- Comunidad Económica Europea. Las competencias de la CEE. El derecho comunitario. Tipología de fuentes e integración del derecho comunitario.

25.- Las libertades básicas del sistema comunitario. Las políticas comunes. Repercusiones del ingreso en la CEE para la economía andaluza.

26.- El presupuesto de la Junta de Andalucía. Principios presupuestarios. Elaboración y aprobación del presupuesto: operaciones necesarias. Gestión de los diferentes gastos. Modificaciones presupuestarias.

27.- Relaciones de servicios entre la Administración y los empleados públicos: régimen estatutario y derecho laboral. La reforma de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

28.- Régimen estatutario del personal al servicio de la Administración. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Delitos de los funcionarios en el ejercicio del cargo. El personal laboral: régimen general. El convenio único del personal laboral al servicio de la Junta: ámbito y estructura.

29.- Las organizaciones. Tipo de organizaciones. Planificación de la actividad administrativa.

30.- La dirección en las organizaciones. Adopción de decisiones. La comunicación en las organizaciones: producción y circulación de información. Redes de comunicación y de relación.

TEMARIO ESPECIFICO

Teoría General del Derecho

1.- El derecho objetivo: concepto y divisiones. Derecho público y derecho privado. El derecho civil español. El código civil español. Legislación complementaria.

2.- Las fuentes del derecho: Las fuentes en el sistema jurídico positivo español. Especial referencia a la ley.

3.- Los principios de reserva de Ley y de jerarquía normativa. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de aquellos principios. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. Otras fuentes del derecho administrativo.

4.- La potestad legislativa de la Junta de Andalucía. La posición de la legislación autonómica en el ordenamiento jurídico general. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y el autonómico. Los principios de competencia, supletoriedad y prevalencia.

5.- La aplicación de las normas jurídicas. La eficacia general de las normas jurídicas.

6.- La nulidad en el derecho administrativo: nulidad de pleno derecho y anulabilidad de los actos administrativos. Revisión de oficio.

7.- Eficacia constitutiva del derecho. Relación e institución jurídica. Derecho subjetivo. Ejercicio de los derechos.

8.- Límites de la eficacia de las normas: la ley en el tiempo y en el espacio.

9.- El concepto de persona. Personas individuales: nacimiento, extinción y capacidad. Situaciones del estado civil y otras circunstancias que afectan a la titularidad o ejercicio de los derechos de la persona individual. Las personas jurídicas: concepto, naturaleza, clases y capacidad.

10.- Los sujetos en el derecho administrativo. El Estado, la Comunidad Autónoma y sus Administraciones: la personalidad de estas.

11.- El hecho y el acto jurídico. El negocio jurídico: concepto, estructura, función y clases.

12.- La representación: concepto, función y clases. La representación voluntaria. La representación legal. Poder irrevocable. Autocontrato.

13.- El objeto del derecho. Las cosas. El patrimonio. Los frutos y las mejoras.

14.- Los derechos reales y diferencias con los de crédito. Carácteres y clasificación. Tipicidad de los derechos reales. Tipos dudosos de derechos reales.

15.- La obligación: concepto y estructura. Fuentes de las obligaciones. Clases.

16.- Cumplimiento anormal de las obligaciones: dolo, culpa, fuerza mayor y caso fortuito. Consecuencias del incumplimiento. El resarcimiento de daños y perjuicios. La protección del crédito. Acciones subrogatoria y revocatoria.

17.- Causas de la extinción de las obligaciones. El pago. Pérdida de la cosa debida. Confusión de derechos. Condonación. Compensación. Novación. Asunción de la deuda.

18.- El contrato. Concepto, contenido y función. Elementos y requisitos, capacidad y consentimiento. Objeto y causa. Sistemas de contratación. La forma de los contratos.

19.- Generación y preparación del contrato. Oferta y aceptación. Perfección, Consumación y efectos. Interpretación de los contratos.

20.- Ineficacia. Nulidad y anulabilidad de los contratos. Rescisión y confirmación. Clasificación de los contratos.

21.- Obligaciones y contratos mercantiles. Disposiciones generales del Código de Comercio sobre aquellas materias. La representación en el Derecho Mercantil.

22.- El contrato de compraventa: naturaleza; la transmisión del dominio: el pacto de reserva del dominio. Elementos del contrato. Obligaciones del vendedor: conservación de la cosa; teoría de los riesgos. Entrega de la cosa vendida. Saneamiento. Obligaciones del comprador: pago del precio y de los intereses.

23.- La donación. Naturaleza. Elementos. Perfección del contrato. Clases. Efectos. Revocación y reducción de las donaciones. La donación mortis causa.

24.- El contrato de arrendamiento. Clases y normas fundamentales. Régimen del arrendamiento de fincas urbanas y fincas rústicas en la legislación especial, ámbito de aplicación de ésta y exposición de sus principios y normas fundamentales.

25.- El contrato de préstamo, sus variantes. El comodato. El precario. El mutuo. Legislación sobre préstamos usuarios. Especialidades en el derecho mercantil.

26.- El contrato de mandato: naturaleza y especies. Constitución y efectos. Extinción del mandato. Especialidades en el Derecho Mercantil.

27.- EL contrato de sociedad: Naturaleza y clases. Constitución. Contenido del contrato. Extinción de la sociedad.

28.- El contrato de depósito: su naturaleza y especies. El depósito ordinario. El depósito irregular y necesario. El secuestro. El contrato de hospedaje y exposición. Especialidad en el Derecho Mercantil.

29.- El contrato de fianza. Su regulación en el Código Civil. Especialidades en el Derecho Mercantil.

30.- Régimen jurídico de contrato administrativo de obras: actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de aquellos contratos. Régimen de contratos de gestión de servicios y suministros. Referencia al contrato de asistencia con empresas consultoras o de servicios y suministros. Garantías exigibles en los contratos Administrativos.

31.- La responsabilidad extracontractual. Su regulación en el derecho administrativo: principales teorías sobre aquella responsabilidad. La responsabilidad de la Administración en la legislación vigente: antecedentes, regulación actual, causas de exoneración.

32.- El registro de la propiedad. Su finalidad. El registro de la propiedad como oficina pública. Los derechos inscribibles en la doctrina y en la legislación vigente. Derechos que no se pueden inscribir y derechos que no necesitan ser inscritos. Los títulos inscribibles y sus requisitos.

33.- El Derecho Mercantil: concepto y contenido. Fuentes del Derecho Mercantil.

34.- La empresa mercantil. Elementos de la empresa mercantil. El comerciante individual, capacidad.

35.- Las sociedades mercantiles: concepto y clases. El contrato sociedad. La sociedad irregular. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria. La sociedad de responsabilidad limitada.

36.- La sociedad anónima. Forma de constitución. La escritura social y los estatutos. Aportaciones. Acciones y obligaciones: aumento y reducción del capital.

37.- Organo de la sociedad anónima. La impugnación de acuerdos sociales. Transformación, fusión, disolución y liquidación.

Derecho Procesal

38.- El Derecho Procesal: concepto, naturaleza y fuentes. La jurisdicción: concepto, naturaleza y manifestaciones de la potestad jurisdiccional. La jurisdicción como concepto procesal.

39.- Planta y organización de los tribunales.

40.- La competencia: concepto y clases. Cuestiones de competencia: objetiva, funcional y territorial. La declinatoria y la inhibitoria.

41.- Las partes del proceso civil: concepto. Capacidad para ser parte. Capacidad para comparecer: personas físicas y jurídicas. Legitimación: propia y por sustitución. El litisconsorcio. Intervención procesal. Sus clases.

42.- El objeto de proceso civil: concepto y clases. Determinación del objeto: la demanda. Acumulación de acciones. Reconvención. Acumulación de autos.

43.- La demanda. Concepto. Naturaleza jurídica. Elementos subjetivos y objetivos. Excepciones procesales.

44.- La prueba: concepto. Carga de la prueba. Valoración de la prueba. Medios de prueba: documentos, confesión en juicio, testigos, peritos, reconocimiento judicial.

45.- La sentencia: concepto y clases. La cosa juzgada: formal y material. Ejecución de las sentencias en el orden civil.

46.- Los procesos declarativos ordinarios: mayor cuantía, menor cuantía, cognición verbal; objeto y tramitación, idea del proceso incidental, supuestos en que procede.

47.- Los procesos civiles especiales. Su clasificación. Ideas de los procesos interdictales, arrendaticios y ejecutivos.

48.- Los medios de impugnación en el proceso civil. Los recursos ordinarios: recurso de reposición. Recurso de apelación. Recurso de súplica. Recurso de queja.

49.- El recurso de casación: resoluciones recurribles, motivos del recurso y tramitación. La revisión civil: motivos, interposición y sustanciación.

50.- Procedimiento de la suspensión de pagos. El concurso de acreedores. La quiebra.

51.- Los principios de proceso y del procedimiento penal. La competencia. Concepto y clases. Las partes en el proceso penal.

52.- El proceso en el proceso contencioso-administrativo: naturaleza y extensión. Elementos subjetivos. Elementos objetivos.

53.- El proceso contencioso-administrativo ordinario. El recurso de reposición. Interposición del recurso contencioso-administrativo. Admisión del recurso. Emplazamiento de los demandados y coadyubantes. Demanda y contestación. Prueba. Vista y conclusiones. Sentencias.

54.- Especialidades del llamado proceso de lesividad. Procesos especiales; especial referencia al proceso en materia de personal. Proceso para la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales. Recursos contra las sentencias.

55.- El orden jurisdiccional social: evolución. Principios inspiradores del proceso laboral. La competencia. Los conflictos de jurisdicción y competencia.

56.- Las partes en el proceso laboral. Objeto en el proceso laboral. La conciliación previa. La reclamación administrativa-previa.

57.- El proceso ordinario. Demanda. Acumulación de acciones y de autos. Defectos en la demanda. Citación para los actos de conciliación y juicio. Efectos de la incomparecencia. Intento de conciliación ante el órgano judicial. Acto del juicio. Diligencia para mejor proveer.

58.- Los medios de impugnación en el proceso laboral. El recurso de reposición y el de súplica. El recurso de suplicación. El recurso de casación. El recurso de casación para unificación de doctrina. Disposiciones comunes a los recursos de suplicación y casación.

59.- La ejecución provisional y definitiva de sentencias. La ejecución dineraria: ejecución de sentencias firmes de despido. Ejecución de sentencias frente a entes públicos.

Legislación Sanitaria

60.- El derecho a la salud en la constitución. Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La reforma sanitaria. La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.

61.- El Servicio Andaluz de Salud: naturaleza y atribuciones. Estructura, ordenación funcional. Hacienda, presupuestos y contabilidad. Régimen jurídico.

62.- La atención primaria de salud: estructuras básicas de salud. Ordenación de la atención primaria. Situación actual de la reforma sanitaria en la atención primaria.

63.- El reglamento general y funcionamiento de los centros de atención primaria. Funciones de los centros de atención primaria. Los centros de Salud. Régimen. Organos de dirección y gestión de los distritos de atención primaria.

64.- Ordenación de la asistencia sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Concepto. Organos de dirección.

65.- Organos asesores colegiados de los hospitales del Servicio Andaluz de Salud. El reglamento interno.

66.- El proceso de jerarquización de especialidades en ambulatorios: régimen jurídico, objetivos y problemática. La asistencia sanitaria urgente en los distintos niveles asistenciales: situación actual.

67.- Situación actual de régimen jurídico del personal del Servicio Andaluz de Salud. El Estatuto marco. Procesos de integración en los regímenes estatutarios.

68.- El Estatuto jurídico del personal médico de la Seguridad Social. Ambito de aplicación. Selección. Situaciones. Derechos y deberes. Régimen disciplinario.

69.- El Estatuto del personal sanitario no facultativo. Ambito de aplicación. Selección. Situaciones: derechos y deberes. Régimen disciplinario.

70.- El Estatuto del personal no sanitario. Ambito de aplicación. Clasificación del personal. Selección y provisión de vacantes. Derechos y deberes. Régimen disciplinario.

71.- El régimen retributivo del personal estatutario de la Seguridad Social: objetivos del nuevo y diferencias con el antiguo sistema retributivo.

72.- La protección a la salud en la Ley 5/1985 de 8 de junio, de consumidores y usuarios de Andalucía. Infracciones y sanciones. Competencias sobre expedientes sancionadores en materia de protección a la salud.

Derecho del Trabajo y Seguridad Social

73. El derecho del trabajo. Concepto y significado. Ambito de aplicación. Las fuentes del ordenamiento laboral. Los convenios colectivos: concepto, naturaleza, régimen jurídico, partes, procedimiento y contenido. Jerarquía normativa en el derecho del trabajo.

74.- El contrato de trabajo. Suspensión del contrato de trabajo. Extinción del contrato de trabajo. Régimen retributivo. Jornada de trabajo. Descanso, licencias y vacaciones.

75.- Duración del contrato de trabajo. El trabajo a tiempo parcial. El contrato de trabajo en prácticas para la formación. Contrato de trabajo en grupo y contrato de trabajo a domicilio. El trabajo directivo.

76.- Derechos colectivos de los trabajadores. Régimen de representación del personal laboral. Régimen disciplinario laboral.

77.- El sistema español de Seguridad Social. Texto refundido de Seguridad Social: estructura y campo de aplicación. La Seguridad Social en la Constitución española. Las Entidades gestoras de la Seguridad Social.

78.- La asistencia sanitaria de la Seguridad Social: objeto. Hecho causante. Beneficiarios. Prestaciones médicas y farmacéuticas. Modalidades de la prestación médica. La prestación por incapacidad laboral transitoria.

79.- La asistencia sanitaria con medios ajenos a la Seguridad Social: centros y servicios sanitarios concertados. El reintegro de gastos. La asistencia sanitaria prestada a personas no beneficiarias de la Seguridad Social.

Hacienda Pública

80.- La Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: estructura. Principios generales y privilegios de la Hacienda Pública. Régimen de la Hacienda Pública. Derechos económicos y obligaciones exigibles. Prescripción de los créditos.

81.- El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. Los principios presupuestarios. El presupuesto andaluz. La Ley anual de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía: elaboración, estructura y clasificación presupuestaria, discusión y aprobación. Prórroga de los presupuestos.

82.- El gasto público: concepto, principios constitucionales y régimen jurídico. Ordenación del gasto y ordenación del pago. La intervención de la Junta de Andalucía y de sus organismos autónomos. Formulación y tramitación de reparos. Tesorería y contabilidad de la Junta de Andalucía.

83.- El control de la gestión financiera: concepto y clases. El control externo: el Parlamento y la Cámara de Cuentas de Andalucía. Otros tipos de control: de auditoría, de eficacia y de eficiencia.

84.- Los tributos: conceptos, naturaleza y clases. Estudio especial de los impuestos. Concepto y fundamento. Clasificación de los impuestos. Principios de la imposición.

85.- Las tasas: naturaleza, principales conceptos vigentes. Los precios públicos: concepto y naturaleza. Las tasas y los precios públicos, regulación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sevilla, 18 de enero de 1993

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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