Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 17/4/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 16 de marzo de 1993, por la que se convoca una beca de creación artística 1993-1994.

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La Consejería de Cultura y Medio Ambiente, dentro de las competencias que le son propias, viene desarrollando una labor de promoción y ayuda a los jovenes artistas que empiezan a destacar en el ámbito de las actuales manifestaciones culturales y creativas. Para este fin, y en el ejercicio de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma en el artículo

13.26 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, propone la convocatoria de la beca de creación artística 1993-1994 con el ánimo de fomentar e incentivar el trabajo de aquellos artistas que intentan abrir nuevos cauces de expresión o investigar en los lenguajes artísticos contemporáneos, participando así en la promoción y fomento de las actuales manifestaciones culturales.

1.- OBJETIVOS DE LA BECA:

El objetivo de la beca es apoyar e incentivar la labor creativa de aquellos jóvenes artistas que participan en el ámbito de las actuales manifestaciones culturales a través de la búsqueda de nuevos cauces de expresión e investigación en los lenguajes artísticos contemporáneos.

2.- CONTENIDO DE LA BECA:

La beca consiste en la estancia del seleccionado durante un curso académico (de octubre de 1993 a julio de 1994) en la Casa Velázquez, sita en la Ciudad Universitaria de Madrid. El beneficiario de la beca deberá participar en las actividades artísticas, culturales y formativas que se desarrollen en el centro, acreditándose su aprovechamiento de acuerdo con lo dispuesto en el punto 8 de la presente convocatoria.

El becario recibirá una asignación de 200.000 pesetas mensuales para la cobertura de todos los gastos que puedan originarse durante el período de disfrute de la beca.

3.- CANDIDATOS:

Podrán optar a esta beca todos los artistas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Ser de nacionalidad española.

b) Ser menor de 35 años el día de finalización del plazo para la presentación de las solicitudes.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

d) En el caso de los varones, estar libres durante el tiempo de disfrute de la beca del servicio militar o la prestación social sustitutoria.

4.- SOLICITUDES:

Los aspirantes a esta beca deberán entregar sus obras, en número no inferior a tres ni superior a cinco, en el Museo de Arte Contemporáneo de Sevilla, C/ Santo Tomás 5, en el plazo de tiempo comprendido entre el día 27 de abril y el día 12 de mayo del presente año, ambos inclusive. En el momento de la entrega de sus obras los aspirantes deberán presentar, debidamente cumplimentada, la solicitud cuyo modelo se reproduce en anexo a esta convocatoria. Dicha solicitud será facilitada a los aspirantes en el propio Museo de Arte Contemporáneo de Sevilla y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente. A ella se habrá de acompañar la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae del solicitante.

b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

c) En el caso de los varones, declaración jurada de estar libre durante el tiempo de disfrute de la beca del servicio militar o la prestación social sustitutoria.

d) Declaración jurada de hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

Los aspirantes deberán adjuntar a cada una de las obras que presenten una fotocopia de la solicitud que se reproduce en Anexo a esta convocatoria.

5.- SELECCION DEL CANDIDATO ADJUDICATARIO DE LA BECA:

La selección del candidato adjudicatario de la beca será realizada el día 13 de mayo del presente año por un Jurado compuesto por las siguientes personas:

D. José Guirao, Director General de Bienes Culturales.

D. Joshep Pérez, Director de la Casa Velázquez.

D. Michel Sarre, Director de Actividades Culturales de la Casa Velázquez. Dña. Juana de Aizpuru, Galerista.

Dña. M. Luisa López, Conservadora del Museo de Arte Contemporáneo de Sevilla.

Actuará como Secretario del Jurado D. Manuel García, Jefe del Servicio de Investigación y Difusión del Patrimonio Histórico.

El Jurado deberá examinar las obras presentadas por los solicitantes y resolverá sobre la adjudicación de la beca valorando objetivamente la calidad y valor artístico de las mismas, la contribución de las obras a la apertura de nuevos cauces de expresión y a la búsqueda y difusión de lenguajes artísticos contemporáneos, y el interés cultural que éstas representen, así como también el curriculum del solicitante.

La propuesta del Jurado sobre adjudicación de la beca se elevará al Director General de Bienes Culturales, que en el plazo máximo de treinta días a contar desde el día siguiente a la fecha de reunión del Jurado resolverá sobre la misma por delegación del Consejero de Cultura y Medio Ambiente (Orden de 13 de septiembre de 1989), si transcurrido dicho plazo no se ha dictado resolución expresa los aspirantes deberán entender desestimadas sus solicitudes.

La resolución de la adjudicación de la beca será notificada al aspirante seleccionado y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como también en los tablones de anuncios del Museo de Arte Contemporáneo de Sevilla y de las Delegaciones Provinciales.

Los solicitantes cuyas obras no resulten seleccionadas deberán retirar las mismas de las dependencias del Museo en un plazo máximo de quince días contados a partir del día siguiente a la publicación del nombre del adjudicatario en el tablón de anuncios de dicho Museo.

6.- ACEPTACION DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA.

El aspirante que resulte adjudicatario de la beca deberá manifestar por escrito la aceptación de la misma en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la adjudicación. La aceptación de la beca por el becario implica la aceptación de las bases de la convocatoria y de todas las obligaciones en ellas establecidas. Asimismo el becario se someterá a las normas de funcionamiento interno de la Casa Velázquez.

7.- REGIMEN JURIDICO APLICABLE:

La concesión de la beca se realizará con arreglo a las bases de la presente convocatoria, siendo de aplicación supletoria en todo lo no previsto en las mismas la Orden de 20 de septiembre de 1990 (BOJA núm.

80, de 25 de septiembre) sobre procedimiento general para la concesión de subvenciones y ayudas, y el artículo 18 de la ley 4/1992, de 30 de diciembre (BOJA núm. 136, de 31 de diciembre) de presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1993.

8.- APROVECHAMIENTO DE LA BECA:

Al concluir el período de disfrute de la beca el becario, en el plazo máximo de un mes, deberá remitir a la Dirección General de Bienes Culturales un informe en el que dé cuenta de las actividades que haya llevado a cabo durante el mismo. Igualmente el becario queda obligado a donar una de las obras realizadas durante el curso a la Casa Velázquez, y otra a la Junta de Andalucía, siempre que, en este último caso, sea requerido expresamente para ello por la Dirección General de Bienes Culturales. La selección de estas dos obras se llevará a cabo por personalidades relevantes en el ámbito de la cultura designadas respectivamente por la Casa Velázquez y la propia Dirección General de Bienes Culturales.

Sevilla, 16 de marzo de 1993

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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