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En el marco de las funciones a esta Consejería en materia de fomento del teatro, desarrollo y promoción de actividades teatrales y apoyo a la creatividad escénica y su difusión, como continuación de la línea de apoyo a la formación de jóvenes artistas andaluces seguida desde hace varios años por la Consejería e insistiendo en la necesidad de contribuir así a una mayor proyección del teatro andaluz y de sus profesionales; con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1993 (BOJA nº 136, del 31) con especial referencia a su artículo Décimoctavo; a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, visto el preceptivo informe de la Secretaría General Técnica, de conformidad con la Ley 6/1983, de
21 de julio (BOJA nº 60, del 29), de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y Ley 5/1983, de 19 de julio (BOJA nº 59, del 26), de Hacienda Pública de la Comunidad, y en uso de las facultades que me están conferidas.
DISPONGO:
PRIMERO.- CONVOCATORIA
Se convocan ayudas para estudios, perfeccionamiento y asistencia a manifestaciones culturales de teatro, correspondientes a 1993.
SEGUNDO.- ASIGNACION PRESUPUESTARIA
La cuantía global de las ayudas, ascendentes a 10.000.000.-pts, se imputarán a la aplicación presupuestaria
01.20.00.01.00. .48408. 35B. .0.. del presente ejercicio económico.
TERCERO.- PARTICIPANTES
1. Podrá solicitar estas ayudas cualquier persona física, teniendo preferencia las nacidas o residentes en Andalucía, lo que será tenido en cuenta entre los criterios de selección, a tenor de la disposición Octava, punto 2, de la presente convocatoria.
2. Las ayudas serán individuales.
CUARTO.- OBJETO
Serán objeto de ayuda:
a) Estudios de iniciación y perfeccionamiento de teatro, tanto en España como en el extranjero.
b) Asistencia a Cursos, Congresos, Seminarios, Festivales y Certámenes nacionales y extranjeros, sobre teatro, siempre que sea en calidad de participantes.
Quedan exceptuados los estudios de Arte Dramático en Escuelas Oficiales, siempre que los mismos puedan ser objeto de ayudas económicas a través del Plan Nacional de Becas.
QUINTO.- FASES
La Convocatoria se resolverá en una sola fase, que se cerrará en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
ANEXO
MODELO DE SOLICITUD
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 12 de abril de 1993
JUAN MANUEL SUAREZ JAPON
Consejero de Cultura y Medio Ambiente
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