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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para
general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 2 de marzo de
1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso
Contencioso_Administrativo núm. 671/90, promovido por Benito Ruiz y Cía, S.L. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Irene Ollero Robles en la
representación acreditada de «Benito Ruiz y Cía, S.L.¯, contra la Resolución de fecha 31 de enero de
1990, de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía (Rec.
1462/89), que en alzada
confirma la de fecha 4 de septiembre de 1989, dictada en Expediente 437/87, de la Dirección General de
Trabajo y Seguridad Social de la expresada Consejería, que impuso la sanción de trescientas mil pesetas,
en virtud de acta de infracción 1564/86, de 1º de agosto, cuyos actos administrativos se anulan por no
aparecer conforme a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 19 de julio de 1993._ El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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