Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 12/8/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de julio de 1993, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado de Andalucía para el curso 1993-94.

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La formación permanente del profesorado es considerada por la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo como uno de los factores que deben contribuir a mejorar la calidad de la enseñanza y como una responsabilidad de las Administraciones Educativas. Esto, junto a las necesidades de formación permanente que genera la implantación del Nuevo Sistema Educativo y el creciente interés del profesorado por su propia formación, ha facilitado que el comienzo de la aplicación de la reforma educativa en Andalucía se lleve a cabo disponiendo ya en nuestra Comunidad de un sistema de formación permanente del profesorado en funcionamiento. Teniendo en cuenta nuestra experiencia en estos ámbitos y considerando la situación mencionada, es necesario abordar nuestra experiencia en estos ámbitos y considerando la situación mencionada, es necesario abordar las nuevas tareas y demandas existentes planteadas por la aplicación de los Decretos 107, 106 y 105 de 9 de junio de 1992, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía, bajo la perspectiva de consolidar el proceso de ordenación y racionalización, de manera armónica e integrada, de las diversas actuaciones que conlleva la formación permanente del profesorado.

Dentro de ese proceso es necesario asimismo facilitar la participación del profesorado en las tareas de formación permanente, con objeto de asegurar que la formación exige el nuevo sistema éste también relacionada con las necesidades y con las iniciativas del profesorado. Para ello los Centros de Profesores constituyen las instituciones donde, con un sentido participativo y descentralizado, se facilita la conexión con las necesidades reales de los centros educativos en las diversas comarcas andaluzas.

En virtud de ello y para regular las actividades de formación permanente del profesorado organizadas por la administración en el curso escolar 1993/1994, permanente del profesorado organizadas por la administración en el curso escolar 1993/1994, esta Consejería de Educación y Ciencia establece lo siguiente:

1.- PLAN ANUAL DE FORMACION PERMANENTE

Las actividades de formación permanente del profesorado, a excepción del universitario, que se llevarán a cabo por la Consejería de Educación y Ciencia en el curso 1993/1994, serán establecidas en el siguiente Plan Anual, en el marco de los objetivos, modelos y elementos de formación establecidos en el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, aprobado por Decreto 164/1992 de 8 de septiembre.

1.1. Objetivos del Plan.

a) Concretar para el curso 1993/1994 los objetivos y programas generales establecidos en el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

b) Consolidar el proceso de programación anual de la formación permanente para asegurar una mejor coordinación y articulación entre los programas regionales, provinciales y comarcales de formación permanente del profesorado, así como entre las necesidades de formación generadas por la implantación del nuevo sistema educativo y las demandas, necesidades y participación del profesorado.

c) Facilitar la realización de una programación global, coherente e integrada de las diversas ofertas de formación realizada esta Consejería.

d) Consolidar los Centros de Profesores como la Institución para la programación y convocatoria de actividades de formación en el ámbito comarcal y para que faciliten la participación activa y la reflexión e investigación del profesorado sobre la formación permanente y su propia práctica educativa.

e) Asegurar la participación del profesorado, de las organizaciones sindicales y de los Colectivos de Renovación Pedagógica en la programación y seguimiento de la formación permanente del profesorado en Andalucía.

f) Facilitar la participación de las Universidades andaluzas en la programación y aplicación de la formación permanente del profesorado.

1.2. Actividades de ámbito regional.

Estas actividades están dirigidas al profesorado y personal especializado que preste servicios en los Centros públicos y concertados andaluces en los que se impartan enseñanzas de régimen general y de régimen especial, así como en Servicios técnicos de apoyo a los mismos y serán convocadas por la Consejería de Educación y Ciencia. En ellas se incluyen ayudas y subvenciones para actividades de autoperfeccionamiento, actividades dirigidas a colectivos minoritarios del profesorado y servicios exteriores a los centros, actividades en el extranjero y actividades relacionadas con el Plan Andaluz de Investigación:

1.2.1. Programas de Formación en Centros y Autoperfeccionamiento del profesorado, tales como proyectos de Formación en Centros, proyectos de innovación educativa, proyectos de integración de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Proyecto Curricular de Centro, Seminarios permanentes, ayudas económicas individuales para la asistencia a actividades de formación y ayudas para la realización de Escuelas de Verano y Jornadas Pedagógicas por Movimientos de Renovación Pedagógica, Organizaciones Sindicales y otros colectivos de profesores, así como ayudas para la realización de actividades de formación por diversos colectivos de profesores y otras entidades a través de convenios de colaboración.

1.2.2. Cursos de actualización lingüística en Francia e Inglaterra para Maestros y Profesores de Secundaria.

1.2.3. Programas de actualización científica, didáctica y tecnológica dirigidos a profesores de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas y Musicales, de acuerdo con lo fijado en los Anexos ii, V y VI.

1.2.4. Proyectos de Investigación Educativa.

1.2.5. Programas de formación para la organización y dinamización escolar: Formación del profesorado con destino en Centros de Profesores, en Equipos de Apoyo Externo y en la Coordinación de Programas y formación de la Inspección Educativa.

1.2.6. Programa de formación de equipos de coordinación de Educación de Adultos.

1.2.7. Programa de formación para la Orientación Escolar.

1.2.8. Otros programas de ámbito regional que se puedan establecer a propuesta de las Comisiones técnicas Provinciales de Renovación Pedagógica y de los colectivos de profesores e Instituciones que participan en el proceso de programación o en función de necesidades generales del nuevo sistema educativo.

Estas actividades de ámbito regional se llevarán a cabo de acuerdo con lo establecido en las convocatorias de esta Consejería.

1.3. Actividades de ámbito provincial y comarcal.

1.3.1. Destinatarios

Irán dirigidos al profesorado de las correspondientes provincias y comarcas andaluzas, y serán convocadas a nivel provincial, intercomarcal o comarcal según lo establecido en la presente Orden.

1.3.2. Ambito y convocatoria.

A los efectos de establecer las convocatorias de las diferentes actividades de formación del profesorado se considerarán los ámbitos comarcal, intercomarcal y provincial.

En este aspecto serán de ámbito comarcal las actividades que vayan dirigidas al profesorado de una comarca. En este caso la convocatoria de las mismas la realizará el Centro de Profesores correspondiente.

Las de ámbito intercomarcal serán las que vayan dirigidas conjuntamente al profesorado de varias comarcas. Estas actividades serán convocadas conjuntamente por los Centros de Profesores correspondientes.

Las de ámbito provincial serán aquellas actividades que vayan dirigidas al profesorado de toda la provincia. Estas actividades serán convocadas por la Delegación Provincial o por el Centro de Profesores que ésta determine.

Asimismo se establecerán aquellas actividades que, por el número de sus destinatarios o sus características, no serían asumidas en los ámbitos anteriores y habrían de ser propuestas al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado para su convocatoria regional o interprovincial.

1.3.3. Estas actividades serán las siguientes:

a) Programa de formación para la introducción de los Diseños Curriculares del nuevo sistema educativo, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I de la presente Orden.

b) Programa de Actualización científico-didáctica para el profesorado de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la presente Orden.

c) Programa de formación de Equipos Directivos de acuerdo con lo establecido en el Anexo III de la presente Orden.

d) Programa de actualización en Francés e Inglés para Maestros y Profesores de Secundaria. de acuerdo con lo establecido en el Anexo IV de la presente Orden.

e) Programa de actividades de actualización tecnológica para el profesorado de las áreas tecnológicas y Formación Empresarial de Formación Profesional y Educación Secundaria de acuerdo con lo establecido en el Anexo V de la presente Orden.

f) Programa de actividades de formación para el profesorado de Enseñanzas Artísticas: Conservatorios de Música, Escuelas de Danza y Arte Dramático y Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de acuerdo con lo establecido en el Anexo VI de la presente Orden.

g) Programa de cursos de formación para Maestros y Profesores de Enseñanza Secundaria sobre temas relacionados con la Cultura Andaluza de acuerdo con lo establecido en el Anexo VII de la presente Orden.

h) Programa de actividades de formación sobre los temas transversales en el currículum educativo: educativo ambiental, educación para la salud, educación para el consumidor y usuario, educación vial y coeducación, educación para la paz y la solidaridad entre los pueblos, de acuerdo con lo establecido en el Anexo VIII de la presente Orden.

i) Programa de formación de Educación de Adultos, Educación Compensatoria, Educación Especial y Orientación Escolar y Profesional de acuerdo con loo establecido en el Anexo IX de la presente Orden.

j) Programa de formación para Maestros en expresión plástica del área Artística de Educación Primaria de acuerdo con lo establecido en el Anexo

1,6.4 de la presente Orden.

k) Programas de formación de los Centros de Profesores.

l) Otros programas de ámbito provincial que se puedan establecer a propuesta de los Centros de Profesores de la provincia, de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica o por iniciativa de la Delegación Provincial. Estos programas requerirán la aprobación del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.

2.- COMISION TECNICA PROVINCIAL DE RENOVACION PEDAGOGICA

Con objeto de articular los distintos programas de formación del profesorado y de realizar la coordinación y seguimiento provincial de los mismos, en cada una de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería se constituirá una Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica.

2.1. Dicha comisión estará compuesta por los siguientes miembros:

a) El Delegado o persona en quien delegue, que ostentará la presidencia.

b) El/la Jefe del Servicio de Ordenación Educativa.

c) Un profesor/a de Universidad.

d) El Coordinador/a Provincial de Formación Permanente del Profesorado.

e) Un inspector/a

f) Los Coordinadores y Coordinadoras de los Centros de Profesores de la provincia.

A las reuniones de dicha comisión podrán asistir, para lo relativo a sus temas específicos, los Coordinadores Provinciales de los distintos Programas que lleven a cabo actividades de formación. También podrán asistir expertos cuando el asunto a tratar lo requiera.

En concreto, y en lo relativo a los correspondientes programas de formación, asistirán los coordinadores provinciales de Educación de Adultos y de Equipos de Apoyo Externo.

Los miembros de esta Comisión comprendidos en los apartados c) y e) serán designados respectivamente por la Dirección General de Universidades de la Consejería de Educación y Ciencia y por el Delegado Provincial de Educación y Ciencia.

Asimismo las organizaciones sindicales del profesorado, presentes en la Junta Provincial de Personal docente, podrán realizar propuestas de necesidades de formación en la provincia a la Comisión Técnica Provincial y participarán en la misma, en lo relativo a la aprobación de la propuesta del Plan Provincial de Formación.

2.2. Las funciones de dicha Comisión Técnica serán:

2.2.1. Estudiar las necesidades de formación en la provincia, tanto las demandadas por el profesorado como las generadas por la implantación del nuevo sistema educativo.

2.2.2. Establecer criterios básicos para la elaboración de los planes globales de formación de los Centros de Profesores y del Plan Provincial de Formación.

2.2.3. Adecuar los planes globales de los Centros de Profesores a los programas de formación establecidos en esta Orden y a los criterios y necesidades provinciales.

2.2.4. Articular y coordinar los planes globales de los Centros de Profesores con objeto de conseguir una mejor utilización posible de los recursos.

2.2.5. Proponer la redistribución, en su caso, del presupuesto asignado a los distintos programas establecidos en la presente Orden.

2.2.6. Realizar la propuesta del Plan Provincial de Formación a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia.

2.2.7. Proponer la realización en el ámbito regional de aquellas actividades que por sus características o por el número reducido de participantes no puedan realizarse en la provincia.

2.2.8. Participar en la realización provincial de la evaluación interna y seguimiento de la formación permanente del profesorado, según las instrucciones que se establezcan a tal efecto.

2.2.9. Coordinar y facilitar la participación de la Universidad en la formación permanente.

2.2.10. Elaborar una Memoria Final donde se recogerán:

a) Todas las actividades realizadas durante el curso académico.

b) Conclusiones de la evaluación Interna y seguimiento de las actividades realizadas.

c) Todas aquellas propuestas que se estimen necesarias para la mejor consecución de los objetivos propuestos en su ámbito para la formación del profesorado.

2.3. La Comisión Provincial establecida se reunirá cuantas veces sea necesario a los efectos de realizar las funciones que se le encomiendan en la presente Orden.

2.4. Coordinación provincial de Formación Permanente del Profesorado. Dentro de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, los Coordinadores y Coordinadoras provinciales de Formación permanente del Profesorado, adscritos al Servicio de Ordenación Educativa de cada Delegación, facilitarán y apoyarán la programación, coordinación y seguimiento de las actividades de formación de la provincia, dentro de lo establecido por esta Consejería.

En tal sentido serán funciones de los Coordinadores y Coordinadoras provinciales de formación permanente del Profesorado las siguientes:

- LLevar a cabo las tareas de ámbito provincial derivadas del funcionamiento de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica.

- Coordinar los distintos procesos de programación, desarrollo y evaluación del Plan Provincial de Formación.

- Articular y coordinar el trabajo de los Centros de Profesores de la Provincia para un mejor funcionamiento de los mismos.

- Coordinar los planes de formación en los ámbitos educativos transversales.

- Apoyar la realización dentro del ámbito provincial de las actuaciones formativas organizadas y convocadas directamente por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y formación del Profesorado.

- Cumplir y hacer cumplir la normativa referida a la formación permanente del profesorado.

- Atender a la adecuada distribución y organización provincial del trabajo de los asesores técnicos de los Centros de Profesores.

- Desarrollar las tareas que se le encomienden relacionadas con el desempeño de sus funciones.

3.- PROCESO DE PROGRAMACION DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACION

La programación de las actividades de formación de ámbito provincial, intercomarcal y comarcal, contempladas en este Plan Anual de Formación del Profesorado habrá de desarrollarse teniendo en cuenta las siguientes fases: Ñ

3.1. Bases Presupuestarias.

3.1.1. El Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado comunicara a las Delegaciones Provinciales las partidas presupuestarias disponibles para llevar a cabo los diversos programas de formación de ámbito provincial, comarcal o intercomarcal establecidos en esta Orden.

3.1.2. Dichas cantidades servirán de base para la programación a realizar, que, en ningún caso podrá sobrepasar en su presupuesto la cantidad total asignada a la provincia y que habrá de referirse a todos los programas establecidos en el apartado 1.3.3. de esta Orden. Cualquier cambio en la distribución por programas habrá de ser autorizado por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, previa justificación en función de las necesidades provinciales y comarcales detectadas. En ningún caso se autorizarán cambios en lo relativo al presupuesto asignado al programa de introducción a los Diseños Curriculares y al programa de formación de los Centros de Profesores, mencionados en los apartados 1.3.3.a) y l) de esta Orden.

3.1.3. Todas las actividades programadas se harán de acuerdo con la Orden de

19 de febrero de 1990. (BOJA del 13 de Marzo de 1990), en cuanto a las asignaciones de las diversas cantidades necesarias para la impartición y asistencia a actividades de formación. En la gestión económica de las actividades se aplicará lo establecido en las instrucciones de 15 de mayo de

1993 del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.

3.2. Análisis de necesidades de formación permanente en la provincia.

Antes de realizar la programación provincial y comarcal de la formación, la Comisión Técnica Provincial realizará un análisis de las necesidades de formación existentes en la provincia.

3.2.1. Para ello se tendrán en cuenta dos fuentes de información:

a) Las necesidades de formación detectadas a partir del análisis de las exigencias que el nuevo sistema educativo plantea en relación con las carencias y situación real del profesorado con respecto al mismo.

b) Las peticiones y demandas de formación expresadas directamente por el profesorado a partir de sus necesidades y expectativas.

3.2.2. Para realizar dicho análisis la Comisión Técnica Provincial tendrá en cuenta:

a) Las conclusiones derivadas del análisis de las memorias y seguimiento de actividades del año anterior, de acuerdo con la normativa establecida al respecto.

b) Los datos aportados al respecto por los Centros de Profesores en sus propios análisis y encuesta de la realidad comarcal.

c) Los informes de la Inspección Educativa en función de la evaluación realizada de la marcha del proceso educativo.

d) Las propuestas realizadas por las organizaciones sindicales del profesorado presentes en la Junta Provincial del Personal Docente.

3.2.3. En cualquier caso habrán de considerarse con carácter prioritario las necesidades de formación de los profesores que lleven a cabo la implantación o participación, por primera vez, de ciclos o etapas del nuevo sistema educativo en el próximo curso. Dichas necesidades, recogidas a través de los centros de Profesores, serán una de las bases para elaborar los programas de formación de ámbito comarcal y provincial.

3.2.4. En el proceso de programación dentro del mantenimiento del actual nivel de oferta en cuanto al número de actividades formativas, deberá procurarse atender prioritariamente aquellas actividades o medidas dirigidas a potenciar la mejora de la calidad de la formación permanente que se ofrece a través de lo establecido en la presente Orden.

Igualmente se procurará que la programación de las actividades de formación esté basada en la realidad educativa del aula, posibilitando que el profesorado experimente en su práctica los procesos propuestos por la formación, así como incentivando su propia reflexión sobre los diversos factores de su actividad docente.

3.3. Establecimiento de criterios básicos para el proceso de programación.

Una vez realizado el análisis sobre las necesidades de formación del profesorado, se elaborarán los criterios básicos para el proceso de programación, entre los que figurarán:

a) Criterios para una utilización de los recursos materiales y personales existentes en la provincia y muy especialmente a lo relativo a la distribución, en el ámbito provincial e intercomarcal, del trabajo de los Asesores Técnicos disponibles de las diferentes áreas y niveles. En consecuencia, la adecuada programación del trabajo de estos Asesores ha de tener en cuenta una articulación coherente de sus tareas y actividades con el número disponible de efectivos y los tiempos de trabajo que les corresponde.

b) Criterios para concretar el ámbito de convocatoria de las diversas actividades, estableciendo el tipo y características de las mismas, según sean de ámbito comarcal, intercomarcal o provincial.

c) Propuesta inicial de distribución comarcal del presupuesto asignado a los diversos programas de formación y del número de actividades de los mismos.

3.4. Elaboración de los Planes Globales Comarcales de formación.

A los efectos de lo establecido en la presente Orden se entenderá por Plan Global Comarcal el conjunto de actividades a realizar en cada comarca como desarrollo de los distintos programas contenidos en el apartado 1.3. de la presente Orden, entre los que se incluye el Programa de Formación de cada centro de Profesores.

Asimismo se entenderá por Programa de Formación del Centro de Profesores las actividades programadas por dicho Centro de Profesores de acuerdo con los criterios y prioridades de formación establecidos por su Consejo de Dirección, dentro de las líneas generales establecidas a nivel regional. Dichas actividades serán convocadas por el Centro de Profesores y aprobadas por su Consejo de Dirección.

3.4.1. En función de las necesidades y criterios establecidos por la Comisión Provincial, los Centros de Profesores realizarán la programación global de la formación en cada comarca. En ella se incluirán las actividades a realiza en cada uno de los programas de ámbito provincial o comarcal establecidos en el apartado 1.3. de esta Orden.

3.4.2. Los Centros de Profesores, antes de realizar los Planes Globales Comarcales de Formación, habrán de consultar a los Centros sostenidos con fondos públicos de su ámbito las necesidades de formación de sus profesores, dando especial atención y prioridad a las propuestas de los claustros, Seminarios, Departamentos y otros Equipos Docentes, con objeto de facilitar el desarrollo de modelos de Formación en el Centro para equipos docentes lo más amplios posible, basados en las necesidades generadas por la aplicación práctica de la enseñanza y desarrollados a través de períodos prolongados de tiempo.

También se considerarán las propuestas realizadas por el Consejo Técnico de Renovación Pedagógica de cada Centro de Profesores, por los miembros de los Equipos de Apoyo Externo, así como por el Servicio de Inspección Educativa con respecto a las necesidades de formación detectadas en el ámbito del Centro de Profesores correspondientes. Así mismo y en virtud de lo establecido en el artículo 4º del Decreto 89/1991, de 23 de abril, considerarán las propuestas de planes de formación para el profesorado de los Centros de Adultos realizadas a través de los Equipos de Coordinación de las zonas correspondientes de Educación de Adultos.

Se tendrán en cuenta también las necesidades y propuestas de formación manifestadas por organizaciones sindicales y otras asociaciones y colectivos de profesores que cuenten entre sus fines la formación permanente del profesorado. Las actividades de formación que se programen en atención a dichas solicitudes se someterán a las mismas condiciones que las actividades de cada Centro de Profesores.

3.4.3. Las actividades de formación previstas en el Plan Global Comarcal habrán de especificar, en el momento de su convocatoria, al menos los siguientes aspectos de cada una de ellas:

- Modalidad de formación ( curso, grupo, seminario, etc.)

- Ponentes o, en su caso, características especificas de los mismos.

- Esquema de contenidos previstos.

- Duración de la actividad.

- Nivel y/o área al que va dirigida.

- Número de participantes a seleccionar.

- Criterios de selección.

- Secuenciación y seguimiento.

3.4.4. En los Planes Globales comarcales habrán de incluirse los proyectos de formación en centros, los Proyectos de Innovación Educativa y los Seminarios Permanentes. Igualmente se incluirán los Grupos de Trabajo, como modalidad de autoformación convocada y autorizada por el Centro de Profesores dentro de su propio programa de formación. Cada profesor podrá participar en un máximo de dos actividades, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 2.1 de la Orden de 7 de mayo de 1993 (BOJA de 29 de mayo).

3.4.5. La propuesta de Plan Global General será realizada por el Consejo de Dirección del centro de Profesores, que asimismo aprobará su propio Programa de formación, el cual se integrará en el anterior Plan Global.

3.4.6 Dicha propuesta de Plan Global Comarcal de Formación será remitida a la delegación Provincial de esta Consejería para su estudio y tramitación por la Comisión Técnica Provincial.

3.4.7. El Plan Provincial de Formación y los Programas de Formación de los centros de Profesores deberán estructurarse por curso escolar.

3.5. Elaboración del Plan Provincial de Formación.

Una vez recibidas las diversas propuestas de Planes Globales Comarcales de Formación, la Comisión Técnica Provincial procederá al estudio y consideración de las mismas para:

3.5.1. Comprobar su adecuación a los criterios y necesidades provinciales y programas establecidos en el apartado 1.3. de esta Orden.

3.5.2. Articular, adecuar, y coordinar los Planes Globales de los diferentes Centros de Profesores para conseguir una óptima utilización de los recursos.

3.5.3. Establecer una propuesta del Plan Provincial de Formación en el que se integrarán los diferentes Planes Globales Comarcales, así como las diferentes actividades, en su caso, intercomarcales y provinciales.

3.5.4. Determinar aquellas actividades de formación que en razón de sus características o por no cubrir, a nivel provincial el mínimo de participantes establecido, habrán de ser propuestas para su realización en el ámbito interprovincial o regional a través del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.

3.5.5. El Plan Provincial de formación recogerá la organización, coordinación y difusión de todas las actividades de formación permanente que se realicen en la provincia, así como las medidas que se adoptarán para realizar el seguimiento de la formación de acuerdo con las instrucciones específicas que se establezcan. En cualquier caso se procurará que el Plan sea el resultado de la máxima coordinación e integración posible de los diversos programas, evitando la mera yuxtaposición de actividades.

Asimismo, para atender el ámbito de la provincia, contendrá el sistema de organización de la actuación de los asesores de las diferentes áreas y niveles adscritos a los Centros de Profesores y su distribución, en su caso, en los ámbitos provincial o intercomarcal.

3.5.6. La propuesta de Plan Provincial de Formación, previa conformidad del Delegado Provincial, se remitirá al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y formación del Profesorado.

3.5.7. El Instituto Andaluz de Evaluación educativa y formación del Profesorado aprobará los Planes Provinciales de Formación. Para ello comprobará la adecuación de los mismos a los programas y procesos establecidos en la presente Orden, así como a las disponibilidades presupuestarias existentes.

3.6. Calendario.

3.6.1. Las propuestas de Planes Provinciales de Formación deberán estar realizadas antes del día 25 de octubre de 1993.

3.6.2. Las Delegaciones Provinciales, a propuesta de la Comisión Técnica Provincial, establecerán el calendario concreto de actuaciones para realizar la programación de actividades.

3.6.3. La propuesta de Plan Provincial de Formación será remitida por la Delegación Provincial al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado antes del día 1 de noviembre de 1993.

4. DIFUSION Y CONVOCATORIA DE ACTIVIDADES.

4.1. Una vez que sea aprobado el Plan Provincial de Formación, Delegación Provincial y los Centros de Profesores adoptarán las medidas oportunas para la difusión de dicho Plan a todos los Centros Docentes sostenidos con fondos públicos.

4.2.Con el fin de facilitar el conocimiento por el profesorado de las diversas ofertas existentes, todas las actividades de formación previstas en los Planes Provinciales y Comarcales serán comunicadas, inmediatamente después de haber sido aprobados los mismos, por los Centros de Profesores a todos los Centros Docentes sostenidos con fondos públicos.

4.3. En las convocatorias de actividades donde no se pueda atender toda la demanda existente habrán de especificarse los criterios de selección del profesorado. Entre dichos criterios se establecerá la preferencia de selección, para actividades de formación directamente relacionadas con la especialidad de su puesto de trabajo, de aquellos Maestros que se encuentren adscritos a puestos docentes para los que no están habilitados. En cualquier caso se procurará que estos criterios estén orientados a promover la mayor diversificación posible en la participación del profesorado, facilitando la participación de los profesores que accedan por primera vez al perfeccionamiento. Los Centros de Profesores harán públicas las relaciones de seleccionados para realizar las diversas actividades de formación previstas.

4.4. Las convocatorias de ámbito provincial serán realizadas por la Delegación Provincial por aquellos Centros de Profesores que ésta determine.

5.- EVALUACION, SEGUIMIENTO Y ELABORACION DE MEMORIAS DE ACTIVIDADES

5.1. La evaluación y seguimiento de los Planes de Formación se realizará según lo que establezca el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y formación del Profesorado.

5.2. Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, el seguimiento de los cursos se realizará, al menos, a través de los siguientes instrumentos.

5.2.1. Informe del profesorado seleccionado para la realización de los cursos sobre la organización y contenido de los mismos.

5.2.2. Informe sobre desarrollo de los cursos, realizado por los funcionarios docentes destinados o adscritos al Centro de Profesores donde se lleven a cabo, respecto a las actividades impartidas por ellos.

5.2.3 Informe de los ponentes de los cursos.

5.2.4. Informe, en su caso, del Consejo de Dirección del Centro de Profesores correspondiente.

5.3. Los Centros de Profesores realizarán una memoria de las actuaciones llevadas a cabo, en virtud de lo establecido en la presente Orden. Dicha memoria se remitirá una vez aprobada por el Consejo de Dirección del mismo, a las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, antes del 7 de julio de

1994. La Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica las estudiará y considerará antes de elaborar la Memoria Final Provincial.

5.4. Una vez finalizadas las actividades de formación del curso 1993-1994, se elaborará la Memoria a la que se refiere el apartado 2.2.10. de esta Orden, sobre las actividades de Formación contenidas en el Plan Provincial. Dicha memoria, junto con las de los Centros de Profesores se remitirá al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado antes del día 30 de septiembre de 1994.

6.- CONDICIONES DE PARTICIPACION DEL PROFESORADO EN ACTIVIDADES DE FORMACION

6.1. El Profesorado de los centros públicos podrá contabilizar hasta un máximo de 70 horas al curso escolar, dentro del horario no lectivo de permanencia en el Centro, para la realización de aquellas actividades de formación, que se lleven a cabo de acuerdo con lo establecido en la presente Orden.

6.2. Cuando las características específicas de formación así lo exijan y para facilitar la mejor participación posible en las mismas, previo informe de los Consejos Escolares de los Centros correspondientes y dentro de las mismas condiciones de dotaciones y situación administrativa del profesorado existente en dichos Centros, las Delegaciones Provinciales podrán autorizar provisionalmente adaptaciones en los horarios de los distintos profesores asistentes a las mencionadas actividades que se organicen, y en su caso de la jornada escolar. Dicha autorización tendrá vigencia únicamente durante el período que así lo requiera la actividad de formación realizada.

6.3. Asimismo y con objeto de facilitar el conocimiento del profesorado sobre los diseños curriculares del nuevo sistema educativo, las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia podrán autorizar la sustitución de los profesores que participen en las actividades de introducción a los Diseños Curriculares, establecidas en el Anexo 1,6.2, contando con las disponibilidades de profesorado existente en los Centros.

6.4. La matrícula en las actividades organizadas por esta Consejería a través de lo establecido en esta Orden será gratuita, Se podrán conceder bolsas de estudio a los profesores participantes para atender, en su caso, a los gastos de desplazamiento y manutención de acuerdo con lo establecido en la Orden de 19 de febrero de 1990 (BOJA del 13 de Marzo de 1990), sobre módulos económicos para actividades de formación y según lo dispuesto al efecto en las instrucciones del Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado de 15 de mayo de 1993, sobre gestión económica de dichas actividades.

7.- DESARROLLO DE LA ORDEN

Se autoriza al Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y formación del Profesorado para el establecimiento de las medidas oportunas para el desarrollo y aplicación de esta Orden.

8.- ENTRADA EN VIGOR.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de julio de 1993

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

ACTIVIDADES DE FORMACION PARA LA INTRODUCCION DE LOS NUEVOS DISEÑOS CURRICULARES

1. OBJETIVOS:

Los objetivos de estas actividades serán los siguientes:

- Establecer las líneas fundamentales de intervención para la introducción de los nuevos Diseños Curriculares.

- Conseguir que los Equipos Directivos de los centros que, progresivamente, se incorporan a la generalización del nuevo sistema educativo, dispongan de la información necesaria para el correcto desempeño de su labor.

- Conseguir que el profesorado que comience la aplicación del nuevo sistema educativo conozca adecuadamente los nuevos diseños curriculares.

- Mantener el proceso de formación iniciado con los asesores técnicos de área o nivel.

2. DESTINATARIOS:

Las intervenciones del presente programa van encaminadas a tres sectores con características y necesidades diferenciadas:

- Asesores técnicos de área o nivel.

- Cargos directivos de centros que se incorporan a la aplicación de la LOGSE.

- Profesores implicados en la aplicación del nuevo sistema.

3. CARACTERISTICAS:

La formación del profesorado que se propone tiene las siguientes características:

- Una formación básica en la práctica docente, superadora de la dicotomía que frecuentemente se presenta entre los problemas técnicos y los planteados por el trabajo diario en el aula.

- Una formación diversificada, adaptada a la variedad de necesidades e intereses del profesorado y que atienda a los diferentes sectores implicados.

- Una formación descentralizada, que deberá concretarse a nivel comarcal y del propio Centro.

- Una formación adecuada a las demandas del nuevo sistema educativo, capaz de ofrecer recursos al profesorado para atender el mayor grado de autonomía que ofrece el curriculum abierto y flexible que se propone.

- Una formación coordinada a nivel regional desde el punto de vista de la concepción y aplicación curricular.

- Una formación dirigida prioritariamente a la formación de equipos docentes en los Centros.

4. ACTIVIDADES DE FORMACION DE LOS ASESORES TECNICOS DE AREA O NIVEL

4.1. Las funciones que la Orden de 30 d Enero de 1989 (BOJA de 7 de febrero) asigna a los Asesores de Centros de Profesores y la aplicación de dichas funciones a las actuaciones derivadas de la generalización del nuevo sistema educativo, determinan la necesidad de profundizar en el proceso de formación iniciado con los cursos específicos para los que fueron seleccionados y que se han constituido posteriormente.

4.2. El Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y formación del Profesorado organizará esa formación a través de un sistema de jornadas periódicas o de grupos de trabajo a lo largo del curso. Esas jornadas tendrán como objetivos, de una parte, favorecer la formación permanente de los Asesores de Centros de Profesores y, de otra, coordinar desde la perspectiva curricular, los criterios y estrategias de intervención que, en coherencia con los diversos planes comarcales y provinciales de formación, es necesario adoptar.

4.3. Se realizarán varias jornadas anuales, por áreas y niveles, de manera que se garantice una aplicación coherente de las propuestas didácticas de cada uno de ellos, en el ámbito de la Comunidad Andaluza. La duración global de estas actividades del perfeccionamiento será en torno a las 30 horas.

5. ACTIVIDADES DE FORMACION DE LOS EQUIPOS DIRECTIVOS

5.1. Estas actividades tendrán como destinatarios a los Directores y Jefes de Estudios de los centros que comiencen o anticipen la implantación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo en el próximo curso 1992/1993 serán complementarias de las jornadas de información que se convoquen en cada Delegación Provincial antes del comienzo del curso para informar a dichos Directores y Jefes de Estudio sobre los distintos aspectos organizativos, para la correcta puesta en marcha de los Centros. Su duración será en torno a

30 horas por curso.

5.2. Estas actividades se programarán dentro de lo establecido en el Anexo III de esta Orden sobre formación para la función directiva en los centros docentes de Andalucía.

6. ACTIVIDADES DE FORMACION DEL PROFESORADO

El punto central del presente programa se refiere al conjunto que tendrán como objetivo proporcionar a los profesores que se incorporan a la implantación de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, una formación básica que les permita desarrollar actualmente los nuevos diseños curriculares.

Siempre que se aborda un cambio curricular se necesita la realización de actividades que faciliten al profesorado el conocimiento de la nueva propuesta. Si esto debe ser así en cualquier supuesto se hace imprescindible en aquellos casos, como el de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, que no sólo implican cambios en los objetivos y contenidos del curriculum, sino también de las estrategias didácticas que se ponen en juego del concepto de evaluación y del papel que debe desempeñar en el proceso de enseñanza y aprendizaje, pero muy especialmente, de lo que se entiende por diseño curricular y del grado de concreción que debe ofrecer.

Esto implica un modo diferente de entender la realidad educativa y un mayor grado de autonomía por parte del profesorado, que hacen imprescindible un plan de información y de formación para los que han de llevarlo a la práctica.

El modelo curricular que se establece, viene caracterizado por el significado que atribuye a los diferentes elementos curriculares, por las relaciones que propone entre ellos y porque define tres niveles de concreción sucesivos: el Diseño Curricular, competencia de la Administración Educativa, el Proyecto Curricular de Centro, que deberá elaborarse en cada Centro Educativo y, en tercer lugar, la concreción de todo ello en un programa de actividades de aula que, en última instancia, será competencia de todo ello en un programa de actividades de aula que, en última instancia, será competencia del profesor o profesores que las lleven a cabo.

Para ello se establecen tres modalidades de Intervención, Actividades de asesoramiento y seguimiento del comienzo de elaboración de los Proyectos Curriculares de Centro, Actividades de Introducción a los Diseños Curriculares y Actividades de diseño y desarrollo de los Proyectos Curriculares.

6.1. ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO Y SEGUIMIENTO DEL COMIENZO DE LA ELABORACION DE LOS PROYECTOS CURRICULARES DE CENTRO.

Con objeto de facilitar la realización por los Centros que comiencen la implantación del nuevo sistema educativo de los correspondientes proyectos curriculares, los Centros de Profesores establecerán un sistema de asesoramiento y seguimiento de dicho proceso a través de la constitución de grupos de trabajo. Esos grupos de trabajo podrán estar formados por Jefes de Estudios y Coordinadores de los nuevos ciclos de enseñanza y/o por el profesorado de los Centros que impartan dichos ciclos. El funcionamiento de estos grupos de trabajo contará con la coordinación y apoyo de los asesores técnicos o, en su caso, de aquellos otros profesionales (inspectores, profesores expertos, etc.) que se determinen. A través de esta vía se facilitará y promoverá la formación del profesorado en su propio Centro para la elaboración de los proyectos curriculares.

6.2. ACTIVIDADES DE INTRODUCCION A LOS DISEÑOS CURRICULARES

6.2.1. DESTINATARIOS:

Los destinatarios de estas actividades serán aquellos profesores que no hayan recibido una información sistematizada acerca de los nuevos diseños Curriculares, y preferentemente los que pertenezcan a los centros que comiencen o anticipen la implantación del nuevo sistema educativo establecido en la LOGSE, en el próximo curso 1993-1994.

El número mínimo de participantes será de 30. No obstante, las Delegaciones Provinciales podrán autorizar, en aquellos casos que por su dispersión geográfica así se justifique, la realización de cursos que no cumplan este requisito.

6.2.2. CONTENIDOS:

El contenido de estos cursos girará en torno a:

- Las características generales de los nuevos diseños curriculares.

- Las bases psicopedagógicas que fundamentan el currículum.

- Propuesta que para cada área o nivel se formula (objetivos, contenidos y criterios de evaluación).

- Estrategias didácticas y el papel del profesor.

La duración de estas actividades será en torno a 30 horas.

6.3. ACTIVIDADES DE DISEÑO Y DESARROLLO DE LOS PROYECTOS CURRICULARES.

6.3.1. DESTINATARIOS:

Esta modalidad formativa va dirigida a aquellos profesores/as que han realizado ya el curso de introducción a los Diseños Curriculares con objeto de incidir en la mejora de su práctica educativa a través, básicamente, de la elaboración, desarrollo y evaluación de sus propios proyectos curriculares.

6.3.2 ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

El contenido de estas actividades se centrará en torno al diseño, desarrollo y evaluación de los Proyectos Curriculares de Centro. En ellas deberá concretarse el Diseño Curricular y establecerán los criterios de secuenciación de los contenidos y se trabajará el diseño, selección y evaluación de ejemplificaciones curriculares.

Para estas actividades se prestará una atención al proceso de evaluación, referido tanto a la evaluación del propio proyecto como al establecimiento de los criterios y estrategias de evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Las adaptaciones curriculares a los grupos y a los individuos, las distintas técnicas de evaluación de los aprendizajes, las relaciones entre los criterios y objetivos generales de la etapa... constituyen elementos sobre los cuales reflexionar en el proceso de evaluación.

A tales efectos, los equipos de profesores se constituirán como grupos de trabajo, con un curso académico de duración, recibiendo un asesoramiento adaptado a su nivel de formación y desarrollo profesional. Los Asesores ejercerán una función prioritariamente con estos equipos.

Esta modalidad formativa se desarrollará de manera sostenida a lo largo de todo el curso. Podrán realizarse encuentros a principios de curso y deberán servir para establecer los grupos de trabajo que se consideren oportunos, en función del número de profesores/as implicados, características e intereses de los mismos y su ubicación geográfica.

Cada grupo, e función de su plan de trabajo, se reunirá periódicamente. A lo largo del curso se podrán realizar actividades de formación más intensiva, que culminarán a final de curso con una evaluación de Asesor y profesores sobre la evolución de los proyectos desarrollados, las actuaciones formativas realizadas etc. Ello deberá servir de punto de partida para el diseño del Proyecto Curricular del curso siguiente.

El tiempo total de estas actividades será en torno a las 60 horas.

64. CURSOS PARA MAESTROS EN EXPRESION PLASTICA DEL AREA ARTISTICA DE EDUCACION PRIMARIA.

La reforma del Sistema educativo otorga a la Educación artística un papel relevante en el desarrollo integral de los alumnos y alumnas. Condición necesaria para llevar a cabo tal empresa es la adecuada formación de los profesores y profesoras a cuyo cargo está la puesta en práctica de las nuevas orientaciones y curricula.

6.4.1. OBJETIVOS:

Este curso tiene como finalidades posibilitar a los maestros y maestras el conocimiento y análisis de los documentos curriculares del nuevo sistema educativo relacionados con el Area de Educación Artística de la Educación Primaria en Andalucía y contribuir a su formación para que:

- Ayuden a los alumnos y las alumnas a valorar el hecho artístico.

- Favorezcan en ellos el desarrollo de su potencial creativo.

- Les introduzcan en el conocimiento de algunas técnicas básicas de la actividad artística: cerámica, modelado, pintura, composición...

- Estimulen la autoconfianza y el trabajo en equipo de los alumnos y las alumnas.

6.4.2. CONTENIDOS:

En los contenidos del curso se tendrán en cuenta como elementos que deberán ser trabajados no sólo aquellos "datos" que intervienen en la consecución armónica de la obra plástica: color, forma, soporte, espacio, textura, volumen... a través del uso de distintos medios y materiales sino también los diferentes apartados que integran el diseño curricular andaluz del Area de Educación Artística.

Los contenidos se impartirán de manera integrada, aunque, por razones de claridad expositiva, se enumeran agrupados en núcleos temáticos:

A) DISEÑO CURRICULAR DEL AREA DE EDUCACION ARTISTICA

Función de la educación artística, características de los procesos de enseñanza y aprendizaje artística: desarrollo psicológico de la expresión gráfica y de la creatividad artística y teoría del aprendizaje de las artes visuales.

La educación artística en el nuevo sistema educativo

Análisis de objetivos y contenidos

Principios metodológicos y criterios de evaluación

Adaptación de currículum a los diferentes ciclos de la etapa de la Educación primaria

B) DIBUJO Y PINTURA

La percepción visual

la línea configuradora de formas y espacios

la luz y el color en las artes visuales

Texturas, manchas y planos (características y funciones) Conceptos y técnicas del dibujo

Conceptos, técnicas procedimientos y materiales en la pintura y en el diseño Utilidad de la geometría plana en la representación de la forma Funciones de la imagen, creación de imágenes

Imagen y publicidad

El cómic y los tebeos

Análisis de la obra de arte

c) MODELADO Y CERAMICA

Concepto de volumen y espacio en la escultura

Forma y función

Conceptos y realización técnica de algunos materiales escultóricos Conceptos y realización de técnicas de algunos materiales cerámicos

6.4.3. DESTINATARIOS Y DURACION:

Este curso está destinado a maestros y maestras que imparten sus clases en Andalucía en la etapa de Educación Primaria.

El número de asistentes estará en torno a 25.

Su duración será de 50 horas.

6.5. ORGANIZACION:

6.5.1. La organización de estas actividades se realizará a través del proceso general de programación establecido en esta Orden. Al menos un 80% del tiempo de estas actividades será impartido por los otros apoyos de profesorado cualificado, bien de la Universidad o bien con experiencia en el ámbito de la Renovación Pedagógica o la Reforma. En el caso de que se recurra a estos apoyos habrá de asegurarse una actuación homogénea y coordinada de todos los efectivos, a través de la programación que se realice a tales efectos. Cualquier variación de este porcentaje de actuación de los asesores habrá de ser autorizada, previa justificación por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia.

6.5.2. Las dos modalidades descritas en los apartados 6.2 y 6.3 podrán ser integradas en una sola actividad respetando las características generales sobre destinatarios, contenidos y duración aproximada de las mismas.

6.5.3. La realización de estas actividades para los profesores de los centros que comiencen o anticipen la implantación del nuevo sistema educativo se atendrá, dentro de este marco general, a las instituciones específicas que al efecto dicte el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa. y Formación del Profesorado.

6.5.4. Estas actividades se llevarán a cabo dentro del ámbito provincial o comarcal.

ANEXO II

ACTIVIDADES DE ACTUALIZACION CIENTIFICO-DIDACTICA DEL PROFESORADO.

OBJETIVOS:

El objetivo general de estas actividades será el de proporcionar al profesorado un panorama actualizado de su disciplina en función de su relevancia en la estructuración de los conocimientos de la misma, así como una visión histórica y epistemológica de dichos conceptos, las dificultades de su aprendizaje y las estrategias más adecuadas para su enseñanza.

Consecuentemente se intentará conseguir:

- La actualización en los conocimientos disciplinares de las distintas áreas o materias curriculares.

- La introducción o profundización en los aspectos psicopedagógicos de la enseñanza y aprendizaje de dichas áreas o materias.

- La conexión de los conocimientos disciplinarios con la práctica docente.

CONTENIDOS:

Para cada nivel, área o disciplina deberán abarcar los siguientes aspectos:

1.- Contenidos conceptuales del área o disciplina:

Entre otros deberán ser tratados los conceptos fundamentales de la disciplina, otros conceptos que se consideren revelantes por su conexión con el entorno inmediato y los conocimientos necesarios para la adaptación curricular a las condiciones del entorno.

2.- Aspectos epistemológicos:

Dentro de ellos habrán de ser considerados el desarrollo histórico de los conceptos relevantes de la disciplina, la organización de la estructura del conocimiento de la materia y los problemas actuales y forma de relación con otras disciplinas.

3.- Aspectos psicopedagógicos:

Dentro del ámbito de la profundización psicopedagógica del curriculum, se tratarán al menos las teorías generales sobre curriculum así como los fundamentos de la psicología cognitiva y su relación con el aprendizaje y enseñanza de la materia.

4.- Estrategias didácticas:

En el seno del ámbito de los diversos aspectos de la concreción de los Diseños Curriculares habrán de ser considerados aspectos como el concepto de unidad didáctica, mapas conceptuales, desarrollo y análisis de ejemplificaciones curriculares recursos didácticos y evaluación.

5.- Estudio de ejemplificaiones curriculares.

ESTRUCTURA:

Existirán tres modalidades:

1.- Cursos globales de la materia. Comprenderán una fase teórico-práctica y una fase práctica y tendrán una duración flexible, en función de las características de cada área o materia, entre 100 y 150 horas de las cuales en torno al 60% estarán comprendidas en los meses de julio y septiembre. El período del curso que se desarrolle en los meses de julio y septiembre supondrá la estancia gratuita de los participantes en instalaciones adecuadas para su impartición en períodos prolongados. El número mínimo de participantes será de 50 por curso.

La distribución del número y especialidad de estos cursos será realizada entre las distintas provincias por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, teniendo en cuenta las necesidades y propuestas de las Delegaciones Provinciales, a través del proceso de programación establecido en la presente Orden.

2.- Cursos monográficos de la materia. Su duración será de 30 horas el número mínimo de participantes será de 30. No obstante, en situaciones especiales motivadas por la dispersión geográfica de los profesores/as, la Delegación Provincial correspondiente, a propuesta de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, podrá autorizar la realización de cursos que no cumplan el requisito anterior de número mínimo de participantes.

3.- Además de los cursos anteriores se procurará la promoción de grupos de trabajo y de seminarios permanentes dedicados al estudio de los aspectos reflejados en el apartado de contenidos y referidos a disciplinas concretas. Deberá favorecerse la formación de dos tipos de grupos:

- Grupos formados por profesoras y profesores de un mismo Centro Escolar que reúnan los siguientes requisitos mínimos:

* Participación de. al menos, tres miembros del Seminario o Departamento correspondiente.

* Poseer un proyecto determinado aprobado por la Administración Educativa * Compromiso de presentar memoria de realización que sirva de base para la reelaboración de la programación.

- Grupos constituidos por profesorado de diferentes Centros de la misma localidad. El numero de miembros no deberá ser superior a 15 y la programación contemplará una secuencia quincenal, con guión previo de trabajo individualizado y esquema de diseño y presentación de conclusiones al grupo. Igualmente deberán reunir los requisitos mínimos establecidos en el apartado anterior en cuanto a posesión de proyecto y presentación de memoria.

ORGANIZACION:

La realización de las actividades de actualización científica será llevada a cabo prioritariamente por medio de la cooperación y coordinación con las correspondientes Universidades de Andalucía, a través de los convenios que esta Consejería tiene establecidos con las mismas.

DESTINATARIOS:

Las actividades de formación indicadas, están destinadas a profesores/as especialistas en un área o materia. Dentro de ellos tendrán preferencia, en el presente curso, los profesores/as especialistas de Enseñanza Secundaria. La participación del resto del profesorado se procurará realizar a través de los programas propios de formación de cada Centro de Profesores.

ANEXO III

CURSOS DE FORMACION PARA LA FUNCION DIRECTIVA

OBJETIVOS:

- Adquisición y conocimiento de las estrategias y técnicas de la función directiva en una enseñanza gestionada democráticamente.

- Afianzamiento de la labor conjunta de los Equipos Directivos de los Centros como forma de actuación de los mismos.

- Dinamización y articulación de la actividad del Centro.

- Conocimiento de la realidad actual y futura del Sistema Educativo: sus finalidades, su organización y los equipos y programas de apoyo al Centro.

- Potenciación de la capacidad de análisis y reflexión sobre la realidad de los Centros y de programación de acciones en virtud de dicho análisis.

- Conocimiento administrativo y legislativo que apoyen y enmarquen las actuaciones que han de realizarse, con referencia expresa de los Proyectos Curriculares de Centro dentro del marco de elaboración de los Proyectos de Centro.

CONTENIDOS:

1.- Estructuras legales y administrativas:

- El marco legislativo general de los Centros Escolares: La LODE y la LOGSE.

- La Administración Educativa en España y Andalucía.

- Aspectos básicos del procedimiento administrativo.

(Cuando el curso esté dirigido al profesorado de Enseñanzas Secundarias se desarrollarán con mayor intensidad los aspectos relativos a la nueva estructura de la Educación Secundaria Obligatoria, del Bachillerato y de la Formación Profesional).

2.- Programas de la Consejería de Educación y Ciencia:

- Programa de Educación de Adultos.

- Programa de Educación Compensatoria.

- Programa de Educación Especial.

- Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

- Proyecto de Plan Andaluz de Orientación.

- Plan Alhambra y Proyecto de Introducción de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación en los Centros Docentes.

- Cultura Andaluza y Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes.

- Educación para la salud, educación del consumidor y usuario, educación ambiental, educación vial y coeducación.

3.- Principios de Psicología evolutiva.

4.- Sistema de relaciones en la Organización escolar:

- La comunicación y las relaciones interpersonales en la organización escolar.

- Dinamización y potenciación de grupos.

- Resolución de problemas y toma de decisiones.

- el clima escolar. Conflictos y su tratamiento.

- El liderazgo en el grupo.

- Relaciones entre la estructura social y la organización escolar.

5.- Planificación y organización escolar. Plan de Centro:

- Finalidades Educativas.

. Proyecto Curricular de etapa.

. Plan de organización del Proyecto Curricular.

. Plan de orientación escolar.

. Plan de formación permanente del Centro.

. Plan de evaluación del Proyecto Curricular.

- Reglamento de Organización y Funcionamiento:

. Estructuras organizativas y su coordinación.

. Cauces y sistemas de participación.

. Normas y acuerdos de convivencia.

. Organos de gestión y sus competencias.

. Relaciones de comunicación entre los órganos de gestión. . El Plan de Centro: concreción anual del proyecto de Centro.

6.- Evaluación y supervisión de Centros Escolares.

- Funciones de la Inspección Educativa y del Consejo Escolar en la evaluación o supervisión de los Centros.

- Modelos y técnicas de evaluación.

- Evaluación de programas y procesos organizativos.

- Criterios para evaluar:

. los medios y recursos materiales.

. las actividades y resultados.

ESTRUCTURA Y DURACION:

Los cursos se realizarán a lo largo del curso escolar y su duración será de

80 horas. En su desarrollo se establecerán las siguientes fases:

- Fase teórica inicial en la que se tratarán los contenidos señalados en el apartado anterior.

- Fase práctica. En ella las sesiones de trabajo estarán basadas en el estudio de situaciones y en la elaboración de documentación de trabajo para su aplicación y posterior evaluación en los Centros respectivos.

- Fase de módulos específicos para el estudio de documentación de apoyo a la práctica directiva, así como material ya organizado para su utilización en las distintas tareas de la práctica educativa.

- Con destino al profesorado que haya participado ya en cursos de formación para la Función Directiva, podrá programarse un módulo de formación de segundo nivel que tendrá como finalidad la reflexión y profundización sobre aspectos concretos de los contenidos del curso anterior, especialmente sobre el Proyecto Curricular de Centro. Su duración podrá ser en torno a las 30 horas.

DESTINATARIOS:

Estos cursos podrán ser solicitados prioritariamente por los Directores, Vicedirectores, Jefes de Estudios, Secretarios y Vicesecretarios de los Centros Públicos de Andalucía, así como por otros profesores que estén en condiciones de ejercer la función directiva. Asimismo podrán ser solicitados por los cargos directivos de los Centros concertados. Dichas solicitudes podrán presentarse de forma individual por Equipos Directivos.

Para cada uno de los cursos serán seleccionados un mínimo de 30 y un máximo de 60 asistentes.

HORARIOS:

Para facilitar la mejor participación posible en estas actividades de formación las Delegaciones Provinciales podrán autorizar provisionalmente concentraciones en los horarios de los distintos profesores/as asistentes a los cursos que se organicen, pudiéndose permitir a tales efectos, que queden libres de horario lectivo los días señalados para el curso.

COORDINACION:

Al frente de la organización provincial de los cursos establecidos para cada uno de los apartados podrá designarse un Coordinador/a de los mismos nombrado/a por el Delegado Provincial.

Las funciones de estos Coordinadores serán las siguientes:

a) Coordinar la participación y selección de los Centros realizada por los Centros de Profesores.

b) Coordinar la organización y realización de los cursos por los Centros de Profesores correspondientes.

c) Coordinar la elaboración por los Centros de Profesores de un informe del seguimiento y evaluación de los cursos realizados.

OTRAS MODALIDADES:

Además del curso de formación para la función directiva descrito anteriormente (modalidad A), podrán programarse cursos monográficos de duración en torno a 30 horas (modalidad B) cuyo contenido podrá estar referido a:

- apartados de los contenidos del curso de la modalidad A.

- Profundización en aspectos de los apartados de contenidos del curso de la modalidad A, especialmente los relativos al Proyecto de Centro.

- Otros temas como:

* Formación permanente en Centros Docentes.

* Organización de la Orientación Escolar y Profesional en los Centros. * Conexión de los Centros Docentes con Empresas.

* Formación para la inserción laboral.

* Nuevo modelo de formación Profesional.

Estos cursos monográficos están dirigidos preferentemente a profesores que ya hayan participado en cursos de formación para la función directiva de la modalidad A.

ANEXO IV

CURSOS DE FORMACION EN IDIOMAS MODERNOS (FRANCES E INGLES)

A.- CURSOS DE ACTUALIZACION LINGÜISTICA PARA MAESTROS

En este apartado establecerán dos noveles de formación (cursos de nivel I y cursos de nivel II).

OBJETIVOS:

Los objetivos de los cursos serán los siguientes:

- Dotar al profesorado de recursos lingüísticos apropiados de manera que puedan desarrollar capacidades que le permitan expresar y comprender (oralmente y por escrito) las comunicaciones en la correspondiente lengua extranjera.

- Llegar a los conocimientos de nuevas metodologías a través de la práctica diaria de la lengua y, sobre todo, hacerlo con una cierta actitud crítica y de selección, para ver en qué momento se puede aplicar esta metodología a la realidad concreta del aula.

- Completar y profundizar el aprendizaje de la lengua con el conocimiento cultural específico de la misma.

- Conocer y aplicar el nuevo Diseño Curricular de la Lengua Extranjera.

- Dotar al Profesorado de la formación suficiente para impartir lengua extranjera en la Enseñanza Primaria del nuevo sistema educativo.

- Adquirir la capacidad de investigación activa deduciendo conclusiones didácticas y metodológicas de su propia práctica y de la de los demás.

- Adquirir la capacidad para estimular el interés de los alumnos/as por el aprendizaje de la lengua.

- Desarrollar criterios de evaluación de su propio trabajo y del grado de aprendizaje de los alumnos/as.

- Adquirir la capacidad para relacionar la lengua extranjera con otras áreas.

- Establecer relación con la realidad escolar de los países en que se hable esa lengua.

- Conocer las publicaciones especializadas.

ESTRUCTURA CONTENIDOS Y DURACION

En cada uno de los 2 niveles se desarrollarán los contenidos siguientes:

NIVEL I:

Fase a)

- Aspectos lingüísticos.

- aspectos culturales.

- Relaciones con otras materias del currículum.

Fase b)

- Metodología y didáctica.

- Metodología en lenguas extranjeras y teorías del aprendizaje.

- Ultimas tendencias en metodología audiovisual.

- Criterios de selección y elaboración de materiales.

- El vídeo: manejo y experiencias.

- El enfoque comunicativo de los componentes lingüísticos.

- Implicaciones organizativas de la clase de Lengua Extranjera.

Fase c)

- Prácticas con profesores/as nativos/as.

NIVEL II:

Fase a).- Amplificación y profundización de aspectos lingüísticos:

- Profundización sobre aspectos de la lengua oral y escrita.

- Estudio de aspectos lúdicos en el aprendizaje de la lengua extranjera.

Fase b).- Metodología para el aprendizaje de lenguas extranjeras a edades tempranas:

- Tratamiento de la lengua extranjera en la Educación Primaria.

- Las Nuevas Tecnologías en la enseñanza de lenguas extranjeras.

Fase c).- Puesta en marcha de grupos de trabajo e iniciación en la investigación activa:

- Orientaciones y prácticas sobre investigación.

- Producción de materiales curriculares.

- Elaboración de programaciones de aula en el maro del Proyecto Curricular del Centro.

- Intercambio de experiencias.

En ambos niveles de duración máxima de los cursos será de 80 horas.

ORGANIZACION Y DESTINATARIOS:

1.- Curso de nivel I. Está dirigido a maestros/as que se encuentren en activo en Andalucía.

Curso de nivel II. Está dirigido a maestros/as que hayan realizado, durante los cursos académicos 1989/1990, 1990/1991 y 1991/1992, los cursos correspondientes de Francés o Inglés de nivel I, convocados por la Consejería de Educación y Ciencia.

2.- Los solicitantes de los cursos de nivel I habrán de presentar un breve informe sobre su nivel de dominio del idioma del curso que solicitan, a fin de que los cursos proyectados incidan de manera positiva en la formación de aquellos profesores/as que más necesiten de una preparación básica adecuada.

3.- El número de participantes por curso será en torno a quince.

4.- Los aspirantes serán seleccionados teniendo en cuenta el requisito prioritario de estar impartiendo clases del idioma (Francés o Inglés) para el que se solicita el curso en sus respectivos Centros. Con objeto de acreditarlo deberán aportar certificado del Director del Centro con el VºBº de la Inspección con tal circunstancia, así como constancia de su inclusión en el Plan de Centro. Así mismo podrán solicitar los cursos de nivel otros profesores/as que tengan reconocida especialidad en Idiomas Modernos.

B.- CURSOS PARA MAESTROS QUE IMPORTAN IDIOMA EN EL SEGUNDO CICLO DE EDUCACION PRIMARIA

OBJETIVOS:

- Dotar al profesorado de las estrategias adecuadas de enseñanza de la Lengua Extranjera para este ciclo.

- Capacitar a los profesores y profesoras para la adaptación del Diseño Curricular de Lenguas Extranjeras a la realidad de su aula.

- Proporcionar información sobre recursos, soportes y publicaciones didácticas relacionados con la enseñanza y el aprendizaje de Lenguas Extranjeras en edad temprana.

- Capacitar al profesorado para la elaboración de materias curriculares adecuados a la enseñanza de la Lengua Extranjera en el 2º ciclo de Educación Primaria.

CONTENIDOS:

- Presentación y estudio de contenidos y materiales curriculares de Lengua Extranjera para la Educación Primaria:

. Currículum e Lenguas Extranjera en la Educación Primaria. . Secuenciación de contenidos de Lenguas Extranjeras de Educación Primaria. . Organización de contenidos de Lengua Extranjera en el 2º ciclo de Educación Primaria.

- Presentación y estudio de metodologías para la enseñanza y el aprendizaje de Lenguas Extranjeras en Educación Primaria:

. Presentación de diferentes metodologías para el 2º ciclo de Educación Primaria.

. Presentación de experiencias didácticas.

. Utilización de materiales didácticos para la enseñanza de Lenguas Extranjeras en Educación Primaria.

. Soportes para el aprendizaje: marionetas, canciones, dramatización, etc.

- Desarrollo y elaboración de materiales curriculares:

. Planificación de una unidad didáctica.

. Tratamiento de objetivos en la unidad didáctica.

. Tipología de actividades parea el 2º ciclo de Educación Primaria. . Desarrollo de una unidad didáctica.

. Elaboración de otros materiales.

. Elaboración de instrumentos de evaluación. La evaluación como revisión de aprendizajes.

ESTRUCTURA Y DURACION:

Los contenidos relativos a la prestación y estudio de contenidos y materiales curriculares, siempre que sea posible, serán trabajados con carácter intensivo durante la 1ª quincena del mes de septiembre, el resto de los contenidos se abordarán a lo largo de los meses de octubre, noviembre y diciembre.

El número de participantes por cada curso será en torno a veinticinco.

El curso tendrá una duración de 40 horas y se realizará durante el primer trimestre del curso en sesiones de 3 horas o con carácter intensivo, de acuerdo con las posibilidades existentes.

DESTINATARIOS:

Estos cursos están dirigidos prioritariamente a los profesores y profesoras que estén impartiendo Idioma Extranjero en el 2º ciclo de Educación Primaria en Andalucía. Asimismo podrán solicitarlo los profesores/as especialistas en Idioma Extranjero y quienes hayan realizado los cursos de Nivel I y II de Idioma Extranjero.

Se realizarán en el ámbito comarcal, intercomarcal o provincial, según el destino de los asistentes.

C.- CURSOS PARA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

Estarán referidos a la actualización científico-didáctica y se llevarán a cabo dentro de lo establecido en el anexo II de esta Orden.

ANEXO V

CURSOS DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE LAS AREAS TECNOLOGICAS DE FORMACION PROFESIONAL Y EDUCACION SECUNDARIA.

OBJETIVOS:

- Posibilitar la participación del profesorado en la propuesta, diseño y organización de actividades de formación que les capacite en las nuevas tecnologías y avances técnicos.

- Facilitar la implantación y generalización de la Reforma de la Formación Profesional.

- Fomentar la conexión del sistema educativo y el sistema productivo.

- Flexibilizar la formación tecnológica de acuerdo con la realidad actual del mundo del trabajo y de la empresa.

- Capacitar al profesorado para el análisis permanente de los cambios tecnológicos que se vayan produciendo y su adaptación al mundo educativo.

- Potenciar y complementar la formación inicial del profesorado en particular la del que imparta la del Area de Tecnología en la Enseñanza Secundaria Obligatoria.

- Proporcionar la actualización científica-técnica necesaria para abordar con éxito las actuales enseñanzas de Formación Profesional, los módulos profesionales experimentales, así como los futuros ciclos formativos de grado medio o superior.

ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

1.- Cursos de actualización científico-técnica para el profesorado que imparte áreas tecnológicas y el área de Formación Profesional. (Cursos tipo

A).

Estos cursos se impartirán en módulos concretos, con un contenido limitado y particularizado.

La duración de los mismos estará comprendida entre 20 y 100 horas.

La temática de estos cursos se determinará teniendo en cuenta las necesidades actuales de cada Rama de Formación Profesional, con el referente de las futuras familias profesionales.

El número máximo de participantes será de 30.

2.- Cursos para el profesorado que imparte el Area de Tecnología en la Enseñanza Secundaria Obligatoria (Cursos tipo B).

CONTENIDOS:

Los contenidos del curso se desarrollarán en tres fases:

1ª. fase. Presencial. de 120 horas de duración.

Esta fase se desarrollará en cuatro módulos.

1.- Fundamentación currícular de la etapa 12-16.

2.- fundamentación curricular del área de Tecnología.

3.- Ciencia, tecnología, sociedad y medio ambiente.

4.- Los dominios tecnológicos y su didáctica.

2º fase: No presencial. A desarrollar en el centro de trabajo. De 45 horas de duración.

En esta fase, individualmente o preferentemente en equipo, se diseñará y elaborará una programación de curso o ciclo y/o una didáctica que se desarrollarán en el aula a lo largo del primer trimestre del curso 1993-1994.

Para el desarrollo de esta fase, se contaría con la red de asesores para realizar las tareas de asesoramiento y seguimiento, a través de reuniones periódicas con profesores de distintos centros, con el objeto de intercambiar experiencias y realizar una cita constructiva de las actividades programadas.

3º fase: Presencial. Evaluación y puesta en común. De 15 horas de duración.

Esta fase se presentarán y expondrán los trabajos prácticos realizados y las conclusiones obtenidas en la propia experimentación, seguida por un debate en el grupo de profesores asistentes.

DURACION: 180 Horas Número Máximo de participantes: 40.

3.- Cursos para el profesorado que imparte clases en los módulos profesionales de nivel II y III (cursos tipo C).

Son cursos monográficos de características similares a los del tipo A

La temática de los mismos se determinará atendiendo, preferentemente, a las necesidades de formación derivadas de la impartición de los módulos implantados y que está previsto implantar en el próximo curso y principalmente, la de aquellos en los que, por sus características, no existen profesores/as especialistas.

La duración de los mismos oscilará entre 30 y 120 horas.

El número máximo de participantes será de 30.

4.- Actividades de formación que supongan estancias formativas o realización de prácticas de empresas.

ORGANIZACION:

1.- Los distintos tipos de cursos se realizarán en tres ámbitos de actuación: comarcal, provincial y regional.

2.- En el ámbito comarcal se realizarán las actividades que puedan desarrollarse en la propia zona, tanto por el número de profesores existentes en ella, como la existencia de recursos necesarios para ello.

3.- En el ámbito provincial se recogerán las actividades que rebasen al nivel comarcal o complementen las actividades del mismo recogiendo las necesidades del profesorado de distintas comarca so atendiendo aspectos que por su grado de especificidad impliquen la utilización de equipamiento, ponentes y empresas cuya realización exija el ámbito provincial.

4.- En el ámbito regional se desarrollarán aquellas actuaciones que por ser minoritarias en su implantación o por su especificidad es necesario establecer desde este ámbito de actuación. Estas actividades serán organizadas por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación Profesional.

DESTINATARIOS:

1.- Cursos tipo A

Estos cursos podrán ser solicitados por los profesores de secundaria y profesores técnicos de Formación Profesional que impartan Areas Tecnológicas de FP.

2.- Cursos tipo B

Estos cursos podrán ser solicitados por los profesores de secundaria y profesores técnicos que hayan obtenido plaza de Tecnología de Enseñanza Secundaria Obligatoria mediante concurso de traslados.

3.- Cursos tipo C

Estos cursos podrán ser solicitados por los profesores que imparten módulos profesionales del nivel II y III en las condiciones que se determine por aquellos profesores que no impartan dichos módulos.

La autorización de todos estos cursos será realizada por el Instituto Andaluz de Evaluación Educación y Formación del Profesorado, teniendo en cuenta las necesidades y propuestas de las Delegaciones Provinciales, a través del proceso de programación establecido en esta Orden y previo informe de la Dirección General Ordenación Educativa y Formación Profesional.

ANEXO VI

CURSOS DE FORMACION PARA EL PROFESORADO QUE IMPARTE CLASES EN LOS CONSERVATORIOS DE MUSICA, ESCUELAS DE DANZA Y ARTE DRAMATICO Y ESCUELAS DE ARTES APLICADAS Y OFICIOS ARTISTICOS.

OBJETIVOS:

- Dotar al profesorado de la preparación psicopedagógica y didáctica adecuada para desarrollar su labor docente.

- conectar a los profesores de este tipo de enseñanzas con su entorno cultural y artístico.

Ñ- Establecer procesos de trabajo en equipo.

- Propiciar y mantener líneas de perfeccionamiento del profesorado en las distintas especialidades, incorporando el uso de las nuevas tecnologías a su práctica docente.

ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

1.- Cursos de formación psicopedagógica y didáctica (Cursos tipo A).

La duración de estos oscilará alrededor de 40 horas y su contenido se organizará en una parte común y otra específica.

- Parte común:

* Psicología evolutiva.

* Teorías actuales sobre el aprendizaje.

* El diseño Curricular y el Proyecto del Centro.

- Parte específica:

* Didáctica específica de los distintos tipos de enseñanza que se contemplan en este Anexo.

2.- Cursos según las distintas especialidades (Cursos tipo B).

Son cursos específicos de materia. Deberán ser monográficos y tener contenidos limitados y particularizados. el número mínimo de participantes será de 10.

Su duración estará en torno a 40 horas.

ORGANIZACION Y DESTINATARIOS:

La autorización de estos cursos será realizada por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, teniendo en cuenta las necesidades y propuestas de las Delegaciones Provinciales, a través del proceso de programación establecido en la presente Orden, previo informe de la Dirección general de Ordenación Educativa y Formación Profesional.

Podrán participar en estos cursos los profesores de Conservatorios de Música, Escuelas de Danza y Arte Dramático y Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, en servicio activo y que impartan clases en la especialidad para la que se convoca el mismo.

ANEXO VII

CURSOS SOBRE CULTURA Y PATRIMONIO ANDALUZ

1. OBJETIVOS

- Potenciar que el profesorado profundice en el conocimiento de la realidad natural, lingüística, social y cultural de Andalucía y capacitarla para abordar el proceso de enseñanza-aprendizaje desde los referentes inmediatos del alumno, de acuerdo con los Decretos de Enseñanza en Andalucía.

- Promover la integración en los currícula de los aspectos relativos a la realidad natural, social y cultural de Andalucía.

- Facilitar el conocimiento del profesorado de los Programas y Proyectos elaborados por la Consejería de Educación y Ciencia para acercar a los centros escolares la realidad cultural andaluza actual.

2. CONTENIDOS

Se establecen cursos sobre habla y Literatura Andaluza, Música Popular Andaluza, Medio Físico y Social de Andalucía y Patrimonio Histórico.

2.1. HABLA Y LITERATURA ANDALUZA

2.1.1. OBJETIVOS:

- Objetivo general:

* Formar a los profesores/as para que sean capaces de conseguir que los alumnos/as andaluces tras el conocimiento y análisis del habla andaluza, adquieran el máximo de competencia como hablantes, asumiendo su identidad diferenciadora.

- Objetivos específicos:

* Profundizar en el conocimiento de esta modalidad lingüística. * Apreciar y valorar los rasgos diferenciadores del habla andaluza. * Propiciar actitudes que incidan en una mayor estima del habla andaluza como elemento diferenciador de la identidad cultural de Andalucía. * Entender las diferentes variedades lingüísticas como uno de los aspectos que integran nuestro Patrimonio Cultural.

* Facilitar el conocimiento por los profesores del patrimonio literario andaluz.

2.1.2. ESTRUCTURA:

Las sesiones de trabajo se deben articular en:

a) Ponencias para profundizar en aspectos significativos del habla y la literatura andaluza.

b) Sesiones de trabajo en las que se den a conocer experiencias de integración del Programa de Cultura Andaluza en los currícula.

c) Actividades de campo en las que se apliquen modelos de integración.

2.1.3. DURACION: 40 HORAS.

2.1.4. CONTENIDOS:

a) Formación didáctica que capacite al profesor para conseguir la máxima competencia lingüística del alumno respetando su identidad.

b) Descripción de las características diferenciadoras del habla andaluza en la actualidad (perspectiva sincrónica).

c) Investigación puntual de las hablas locales (localismos, dialectismos, etc.).

d) Descripción de las etapas históricas principales del habla andaluza (perspectiva diacrónica).

e) Literatura oral y escrita en Andalucía.

2.2. MUSICA POPULAR ANDALUZA

2.2.1. OBJETIVOS:

- Formar al profesorado para que pueda desarrollar en el alumno las siguientes capacidades y actitudes:

* Expresarse y comunicarse individual y colectivamente a través del empleo de formas musicales y de su propia cultura.

* Valorar la música popular como un elemento de su identidad.

- Dotar al profesorado de los instrumentos teórico-prácticos para conocer y llevar al aula las formas de expresión del cante flamenco y músicas populares.

- Exponer prácticamente los recursos didácticos para el trabajo en el aula.

- Proporcionar al profesorado ampliación de conocimientos, estrategias, y herramientas de tratamiento curricular sobre el flamenco y otras manifestaciones de la música popular.

2.2.2. CONTENIDOS Y DURACION:

A) Didáctica al flamenco en la escuela. (nivel I):

- Características básicas del flamenco.

- El flamenco como expresión cultural andaluza.

- Estructura literaria del flamenco. La copia.

- Estructura musical del flamenco.

- Contexto social del flamenco.

- Características de las distintas modalidades y palos.

b) Porfundización (nivel II)

En este nivel se profundizará en los contenidos del nivel anterior y se contemplará también:

- Los diseños Curriculares y el flamenco. Estrategias para su incorporación.

Duración: 30 horas.

c) Grupos de trabajo (nivel III)

Para los profesores que hayan participado en el nivel II se propone la constitución de grupos de trabajo encaminados al desarrollo de los proyectos específicos de aplicación en el Centro.

B) Didáctica de otras manifestaciones de la música popular andaluza.

2.3. MEDIO FISICO Y SOCIAL EN ANDALUCIA

2.3.1. OBJETIVOS:

- Conciencia sobre los problemas que provoca el hombre en el medio.

- Propiciar actitudes de valoración de la diversidad del medio físico andaluz.

- Conocer la diversidad y contraste del medio físico y social de Andalucía como fuente de recursos didácticos de aplicación en el aula.

2.3.2. ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

Las sesiones de trabajo se deben articular en:

a) Ponencias para profundizar en aspectos significativos de la Cultura Andaluza.

b) Sesiones de trabajo en las que se den a conocer experiencias de integración en los curricula de la cultura Andaluza.

c) Actividades de campo en las que se apliquen modelos de integración.

Los contenidos y la duración a que deberán ajustarse estos cursos es la siguiente:

Medio Físico: Geografía física de Andalucía.

Geografía económica de Andalucía.

Geografía humana de Andalucía.

Biología: Fauna de Andalucía.

Flora de Andalucía.

Ecosistemas de Andalucía.

Medio Social: Historia de Andalucía.

El medio rural y urbano en la Andalucía actual.

Folclore y costumbres.

Duración: 40 horas.

2.4. PATRIMONIO HISTORICO

OBJETIVOS:

- Profundizar en el conocimiento y en el análisis de la riqueza patrimonial de la provincia.

- Reflexionar sobre las posibilidades didácticas que ofrece el Patrimonio Histórico.

- Potenciar el uso del Patrimonio como recurso didáctico plenamente integrado en los currícula escolares.

- Fomentar la creación de grupos de trabajo que diseñen sus actividades sobre el Patrimonio más cercano de acuerdo con una metodología participativa.

- Propiciar que los citados grupos de trabajo sean a su vez difusores entre el profesorado, de las posibilidades del Patrimonio Histórico.

ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

Se realizarán cursos de carácter general y de carácter específico de acuerdo con los siguientes aspectos:

a) Cursos de carácter general referidos al Patrimonio Histórico y sus posibilidades didácticas.

b) Cursos de carácter específico cuyos contenidos estarán referidos a:

- La Arqueología como recurso didáctico.

- El Patrimonio Monumental y artístico. Su utilización didáctica.

- El Patrimonio etnográfico.

- El Patrimonio documental como recurso en el aula.

- El museo y la escuela.

- Itinerarios por el Patrimonio Histórico.

Los cursos se desarrollarán en dos fases a lo largo del curso escolar:

- Una fase teórica donde se contemple una información científica y actualizada del ente patrimonial, así como sus posibilidades didácticas.

- Una fase práctica que incluya la realización de una visita y la elaboración de material didáctico de aula en grupos de trabajo.

Ñ- La duración de los cursos del apartado a) será de hasta 25 horas y de un máximo de 60 horas los del apartado b).

ORGANIZACION:

Los cursos de aplicación didáctica del flamenco serán organizados por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado en colaboración con las Delegaciones Provinciales y Centros de Profesores que se determine.

Los cursos correspondientes al Patrimonio Histórico se desarrollarán por los Centros de Profesores a través de la colaboración con los Gabinetes Pedagógicos de Bellas Artes.

ANEXO VIII-a

CURSOS DE FORMACION DEL PROFESORADO EN EDUCACION AMBIENTAL

Dentro de este apartado se establecerán cursos de iniciación, seminarios monográficos de profundización, cursos de equipamientos (granjas-escuelas, aulas de naturaleza...) y jornadas de intercambio de experiencias.

1.- OBJETIVOS:

- Informar y sensibilizar al profesorado, para que desarrolle actividades de Educación Ambiental en la práctica escolar.

- Dar a conocer al profesorado técnicas de análisis del medio, expresión de resultados, formulaciones de acciones concretas, así como los instrumentos necesarios para ponerlas en práctica.

- Promover y facilitar el tratamiento de contenidos medioambientales en la práctica docente tomando como referente las actividades que se desarrollan en los equipamientos.

- Favorecer el intercambio de experiencia desarrolladas por el profesorado, en el ámbito de la Educación Ambiental.

- Potenciar en el profesorado la formación y consolidación de equipos docentes que lleven a cabo actividades de Educación Ambiental.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS

2.1. Cursos de iniciación y seminarios monográficos de profundización.

2.1.1. En ambos niveles los cursos constarán básicamente de:

a) Sesiones informativas sobre aspectos teóricos de la Educación Ambiental.

b) Sesiones de trabajo en las que se contemplen experiencias de integración de la Educación Ambiental en el currículum.

c) Actividades que permitan la aplicación de un tema de la Educación Ambiental en la práctica escolar.

d) Sesiones que posibiliten el intercambio de experiencias entre los asistentes.

2.1.2. La duración de los cursos estará en torno a las 30 horas.

2.1.3. Los contenidos de los cursos versarán sobre:

a) Objetivos y contenidos de la Educación Ambiental.

b) Metodología y recursos didácticos.

c) La constitución de la evaluación desde una perspectiva ambiental.

Dentro de los mismos se tratarán tanto la utilización del medio natural como la Educación Ambiental en entornos rurales y urbanos.

Estos contenidos se ajustarán al nivel de formulación adecuado, dependiendo de la modalidad del curso.

2.2. Cursos en equipamientos.

2.2.1. Estos cursos constarán fundamentalmente de:

I.- Fase previa a la estancia con los alumnos. En esta fase se contemplarán:

a) Sesiones informativas sobre el proyecto pedagógico del equipamiento.

b) Sesiones de trabajo en las que se planifiquen las actividades a desarrollar con el alumnado durante la estancia en el equipamiento.

c) Actividades encaminadas a ofrecer pautas de intervención al profesorado, para aplicarlas en el aula.

II.- Fase posterior a la estancia. En esta fase se realizarán actividades de recapitulación y sistematización de las informaciones durante la estancia en el equipamiento, así como las oportunas reflexiones para la evaluación.

2.2.2. La duración de estos cursos estará en torno a las 30 horas.

2.2.3. Los contenidos de estos cursos versarán sobre:

a) Conocimiento de las instalaciones del equipamiento del entorno próximo.

b) Preparación de materiales de trabajo para la estancia con alumnos.

c) Realización de experiencias prácticas.

2.3. Jornadas de intercambio de experiencias.

2.3.1. Estas jornadas constarán fundamentalmente de:

a) Sesiones informativas sobre algún aspecto relevante de la Educación Ambiental.

b) Sesiones en las que se expongan las experiencias desarrolladas por los asistentes.

c) Constitución de grupos de trabajo en los que se aborde un tema concreto de la Educación Ambiental.

2.3.2. La duración de estas jornadas estará en torno a las 30 horas.

2.3.3 Los contenidos de las jornadas versarán sobre:

a) Objetivos y contenidos de la Educación Ambiental.

b) Metodología y recursos didácticos.

3. ORGANIZACION.

3.1. Cursos de iniciación y seminarios monográficos de profundización.

3.1.1. El ámbito de desarrollo de los cursos de iniciación será comarcal o provincial y regional para los seminarios monográficos.

3.1.2. Los cursos de iniciación irán dirigidos a profesores y profesoras que hayan tenido poco contacto con la Educación Ambiental. Los cursos se celebrarán en los Centros de profesores.

3.1.2. Los seminarios monográficos de profundización van dirigidos a profesores que estén llevando a la práctica escolar contenidos de la Educación Ambiental. También se dirigirá a asesores de los Centros de Profesores que estén directamente implicados en tareas de formación o asesoramiento en Educación Ambiental.

3.2. Cursos en equipamientos.

3.2.1. El ámbito de desarrollo de los cursos en equipamientos es regional.

3.2.2. Los cursos en equipamientos van dirigidos a aquellos profesores que han sido seleccionados a través de la convocatoria que anualmente convoca la Consejería de Educación y Ciencia para la realización de actividades de Educación Ambiental en equipamientos y que van a asistir en aquellos en los que se contempla la realización de estos cursos.

3.3. Jornadas de intercambio de experiencias.

3.3.1. El ámbito de realización de estas jornadas es provincial.

3.3.2. Estas jornadas van dirigidas a aquellos profesores y profesoras que lleva a cabo alguna actividad de Educación Ambiental en su centro educativo.

ANEXO VIII- b

CURSOS DE FORMACION EN EDUCACION PARA LA SALUD

Se desarrollarán cursos de carácter general y específico.

1.- OBJETIVOS.

- Sensibilizar a la comunidad educativa para realizar programas y actividades de Educación para la Salud.

- Estudiar las formas de incorporación de la Educación para la Salud en las distintas etapas educativas.

- Ofrecer los medios y recursos que hagan posible la realización de actuaciones tendentes a la incardinación de la Educación para la Salud en la realidad escolar.

- Propiciar la elaboración, difusión y utilización de materiales didácticos de Educación para la Salud.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

2.1. Tanto en los cursos de carácter general como específico se incluirán:

a) Ponencias sobre aspectos o contenidos relevantes de la Educación para la Salud.

b) Sesiones de trabajo en las que se den a conocer experiencias de integración de Educación para la Salud en los currícula.

c) Sesiones donde se favorezca el intercambio de experiencias entre los asistentes.

La duración será en torno a las 30 horas.

2.2. Los cursos de carácter general versarán sobre conceptos básicos de la Educación para la Salud e irán encaminados a dotar de los instrumentos teórico-prácticos necesarios para llevar al aula actividades relacionadas con esta temática o bien destinadas a sensibilizar a los educadores/as de la importancia del tratamiento de estos temas en la práctica educativa.

2.3. Los cursos de carácter específico podrán ser sobre:

a) Cursos de educación sexual.

b) Cursos sobre prevención de drogodependencias.

c) Cursos sobre alimentación y nutrición.

d) Cursos sobre prevención de accidentes.

e) Cursos sobre salud mental.

f) Cursos sobre Higiene y prevención de enfermedades.

3.4. El número de participantes será en torno a 30

En cualquier caso será prioritaria la realización de cursos de educación sexual y de prevención de las drogodependencias.

ANEXO VIII- c

CURSOS DE FORMACION EN EDUCACION DEL CONSUMIDOR Y USUARIO

Los Cursos serán de carácter general y específico.

1.- OBJETIVOS:

- Establecer líneas generales de intervención en Coeducación con la finalidad de desarrollar destrezas docentes que eliminen los rasgos sexistas del curriculum.

- Continuar con las líneas de actuación emprendidas en el curso 1991/1992 consolidando la fase de sensibilización iniciada y pasando a nuevas fases de formación y profundización en Coeducación.

- Propiciar la elaboración de recursos didácticos para el tratamiento de la coeducación en las áreas curriculares.

- Dotar al profesorado de Adultos/as y a los equipos de Apoyo Externo de los conocimientos y recursos necesarios que les capaciten para el desarrollo curricular, el análisis del género y el proceso de orientación.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

2.1. Las actividades de carácter general se desarrollarán mediante:

a) Ponencias que evidencien la necesidad del tratamiento didáctico del sexismo.

b) Mesas redondas con intercambio de experiencias de los distintos agentes implicados en la Coeducación.

c) Talleres de reflexión sobre la teoría sexo-género y su importancia para el desarrollo de la Coeducación.

2.2. estas actividades podrán versar sobre:

- Psicología evolutiva:

. Rasgos sexistas en las teorías del aprendizaje.

. Transmisión de modelos sociales en la infancia, adolescencia y madurez. . Lo masculino como norma, su valoración, motivación y potenciación en el desarrollo cognitivo.

- Sociología educativa:

. Análisis de género: socialización y adquisición de proles. . La escuela como institución social: el rol del profesorado. . Interacción

- Sensibilizar a la comunidad educativa a cabo de actividades de Educación al Consumidor y Usuario.

- Ofrecer la información, los medios y recursos que posibiliten la realización efectiva de actuaciones tendentes a incardinar la Educación del Consumidor y Usuario en la práctica Educativa.

- Fomentar la elaboración y difusión de materiales didácticos de Educación del Consumidor y Usuario.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

a) Comunicación sobre aspectos o contenidos relevantes de la Educación del Consumidor y Usuario.

b) Sesiones donde se favorezca el intercambio de experiencias.

c) Sesiones donde se profundice en la incardinación de los programas de Educación del Consumidor en la realidad escolar.

2.2. Los cursos de carácter general irán encaminados a concienciar a los educadores/as de la importancia del fenómeno del consumo en la práctica educativa, o bien destinados a dotarlos de los conocimientos teórico-prácticos necesarios para la inclusión de la Educación del Consumidor y Usuario en las distintas etapas educativa.

2.3. Los cursos de carácter específico versarán sobre:

a) Cursos sobre el juego y el juguete.

b) Cursos sobre el material escolar.

c) Cursos sobre alimentación y etiquetado.

d) Cursos sobre publicidad.

e) Cursos sobre ecología y consumo.

f) Cursos sobre producción y consumo.

g) Cursos sobre el ocio.

En cualquier caso el número de participantes será en torno a 30.

ANEXO VIII- d

CURSOS DE FORMACION EN COEDUCACION

Se desarrollarán cursos de sensibilización, formación y profundización.

1.- OBJETIVOS:

- Establecer lineas generales de intervención en Coeducación con la finalidad de desarrollar destrezas docentes que eliminen los rasgos sexistas del curriculum.

- Continuar con las líneas de actuación emprendidas en el curso 1991/1992 consolidando la fase de sensibilización iniciada pasando a nuevas fases de formación y profundización en Coeducación.

- Propiciar la elaboración de recursos didácticos para el tratamiento de la coeducación en las áreas curriculares.

- Dotar al profesorado de Adultos/as y a los equipos de Apoyo Eterno de los conocimientos y recursos necesarios que les capaciten para el desarrollo curricular, el análisis de género y el proceso de orientación.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

2.1. Las actividades de carácter general se desarrollarán mediante.

a) Ponencias que evidencien la necesidad del tratamiento didáctico del sexismo.

b) Mesas redondas con intercambio de experiencias de los distintos agentes implicados en la Coeducación.

c) Talleres de reflexión sobre la teoría sexo-género y su importancia para el desarrollo de la Coeducación.

2.2. Estas actividades podrán versar sobre:

- Psicología evolutiva:

. Rasgos sexistas en las teorías del aprendizaje.

. Transmisión de modelos sociales en la infancia, adolescencia y madurez. . Lo masculino como norma, su valoración y potenciación de desarrollo cognitivo.

- Sociología educativa:

. Análisis de género: socialización y adquisición de proles. . La escuela como institución social: el rol del profesorado. . Interacción en el aula: resolución de los conflictos.

2.3. Las actividades de formación y profundización como son los cursos específicos de coeducación para el profesorado en general se desarrollarán mediante:

a) Ponencias sobre aspectos relevantes de la Coeducación.

b) Jornadas con intercambio de experiencia entre grupos de trabajo, asesores/as.

c) Talleres que posibiliten la investigación sobre el proceso de intervención en las orientaciones y sobre los aspectos coeducativos del Proyecto de Centro.

2.4. Las actividades de formación en Coeducación estarán destinadas al conjunto del profesorado y a los miembros de los programas de apoyo externo, equipos directivos e inspección Educativa.

ANEXO VIII-e

CURSOS DE FORMACION EN EDUCACION VIAL

Se desarrollarán cursos de sensibilización y formación.

1.- OBJETIVOS:

- Motivar al profesorado para realizar actividades de Educación vial.

- Estudiar y analizar las estrategias para introducir la Educación Vial en las diversas etapas educativas.

- Propiciar la elaboración de recursos didácticos para el tratamiento de la Educación Vial en las áreas Curriculares.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

2.1. Las actividades formativas deberán incluir:

a) Fundamentación teórica de Educación Vial, su realidad educativa y su tratamiento transversal.

b) Realización por parte de los asistentes de propuestas de trabajo que puedan ser llevadas a cabo en la práctica docente como: Introducción de la educación en el proyecto de centro, elaboración de unidades didácticas, etc.

2.2. Estas actividades podrán versar sobre:

- Problemática actual del tráfico.

- La educación vial en las distintas etapas educativas.

- La bicicleta y el ciclomotor.

- Actividades de tiempo libre y talleres de educación vial.

2.4. El número de participantes será en torno a 30.

ANEXO VIII- f

CURSOS DE FORMACION EN EDUCACION PARA LA PAZ

Se desarrollarán cursos de sensibilización y de formación.

1.- OBJETIVOS:

- Desarrollar las propuestas curriculares que, relacionadas con la Educación para la Paz aparecen en los Decretos de Enseñanzas para Andalucía.

- Facilitar información y recursos sobre el tema el objeto de potenciar el aprovechamiento didáctico de los medios existentes.

- Apoyar la Innovación, la investigación educativa y el intercambio de experiencias, dentro del ámbito de la Educación para la Paz.

- Diseñar y aplicar estrategias de formación del profesorado que permitan la introducción y extensión progresiva de la educación para la Paz en todos los centros escolares.

2.- ESTRUCTURA Y CONTENIDOS:

2.1. Los cursos de ambos niveles constarán básicamente- de:

- Sesiones informativas sobre fundamentación teórica de la Educación para la Paz, su realidad educativa y su tratamiento transversal en el currículum.

- Seminarios de trabajo en los que se contemplen experiencias de integración de la Educación para la Paz en el currículum.

- Sesiones que faciliten el intercambio de experiencias entre los asistentes.

- Acceso del profesorado a diversos materiales didácticos necesarios para el desarrollo del tema, a través de los recursos de los Centros de Profesores y de los Departamentos de Recursos.

2.2. Cursos de información y sensibilización.

2.1.1. La duración de los cursos estará en torno a las 30 horas.

2.1.2. Los contenidos de los cursos podrán versar sobre:

- La importancia y relevancia de la Educación para la Paz en el currículum escolar.

- Objetivos y contenidos de la Educación para la Paz.

- Metodología y recursos didácticos.

- Principales experiencias realizadas en nuestro país sobre temas relacionados con la educación para la Paz.

2.1.3. El número de participantes estará en torno a 30.

2.2. Cursos de formación y seminarios de profundización.

2.2.1. Estos cursos constarán fundamentalmente de:

- Actividades de formación intensiva y práctica en el tema con objeto de dar respuesta a las demandas de los centros y servir de infraestructura para el desarrollo de otras actividades.

- Creación de grupos de trabajo entre profesores con más experiencia en la temática del ámbito con objeto de difundir e intercambiar dichas experiencias.

- Elaboración de materiales curriculares adecuados y difusión de los mismos en cada comunidad educativa.

2.2.2. La duración de estos cursos estará en torno a 30 horas.

2.2.3. Los contenidos de los cursos podrán versar sobre:

- Educación de valores relacionados con la cooperación y solidaridad.

- Educación para resolución de conflictos.

- Educación para la cooperación y solidaridad entre los pueblos.,

- Educación y Derechos Humanos.

- Propuesta educativas para el tratamiento de problemas sociales como el racismo, la xenofobia, la marginación...

2.2.4. El número de participantes estará en torno a 30.

ANEXO IX

CURSOS DE FORMACION EN EDUCACION DE ADULTOS, EDUCACION COMPENSATORIA, EDUCACION ESPECIAL Y ORIENTACION ESCOLAR.

IX.a.- ACTIVIDADES DE FORMACION DEL PROFESORADO Y COORDINADORES DE EDUCACION DE ADULTOS.

OBJETIVOS:

- Mantener una permanente reflexión y actualización de todos los educadores que propicie una mejora de la práctica educativa, así como de los Equipos Técnicos, para el mejor desempeño de sus funciones.

- Propiciar espacios para la reflexión desde la práctica, que generen la comprensión y asunción de los principios teórico/didácticos que impone la LOGSE y la Ley 3/1990, de 27 de marzo, para la Educación de Adultos en Andalucía.

- Impulsar el desarrollo y aplicación del Diseño Curricular de Educación de Adultos, así como iniciar el análisis y reflexión sobre los principios que inspiran el borrador del Documento Base para la elaboración del nuevo diseño Curricular, para su comprensión e implicación.

- Profundizar en los principios didácticos, metodológicos y organizativos que sustentan el proyecto educativo desde el Diseño curricular y su interacción con el contexto, tras el diagnóstico de las necesidades formativas.

Ñ- Investigar y desarrollar los principios metodológicos que posibiliten la integración de los Planes que contempla la Ley 3/1990, de 27 de marzo, para la Educación de Adultos en Andalucía.

DESTINATARIOS:

- Profesores/as de Educación de Adultos de la Junta de Andalucía.

- Equipos Técnicos de Coordinación de Educación de Adultos.

CARACTERISTICAS:

La tendencia del "compromiso activo" seguida en la Formación del Profesorado de Educación de Adultos en Andalucía, ha ido generando una serie de características que han configurado el modelo pedagógico y organizativo a seguir.

Este modelo se inspira en la investigación/acción, investigación participativa.

Coherente con este modelo, el proceso de Formación debe responder a las siguientes características:

* Adecuación a los intereses y necesidades de los participantes generados desde la práctica educativa.

* Activo-participativo.

* Creativo, orientado a la innovación y mejora.

* Estructura descentralizada del modelo organizativo que tenga como núcleo fundamental el Centro y/o zona.

* Implicación-compromiso tras la reflexión e investigación en la mejora de la práctica educativa.

* Autonomía, pero coordinada a nivel regional, desde la óptica de la concepción y aplicación curricular.

A.- PROGRAMA DE AMBITO REGIONAL:

Dentro del conjunto de actividades de formación de ámbito regional que se establece en el apartado 1.2. de la presente Orden, se contienen las actividades de formación del personal de Educación de Adultos que por su incidencia general en la misma, son asumidas en la planificación, ejecución, evaluación y financiación por los Servicios Centrales de la Consejería de Educación y Ciencia.

El programa de Formación de ámbito regional contendrá las siguientes intervenciones:

* Programas de Formación de Equipos Técnicos de Coordinadores de Educación de Adultos.

* Programas de Formación para profesores/as de Instituciones Penitenciarias. * Programas de Formación para profesores/as de Educación Semipresencial. * Programas de Formación para profesores/as de nuevo acceso. * Programas de Formación para profesores/as de los Instituto de Bachillerato a Distancia de Andalucía.

* Programas de Formación que desarrollen convenios de colaboración entre la Consejería de Educación y Ciencia y otras Instituciones (Ayuntamientos, Organizaciones empresariales y Sindicales, Ente Público RTVA, etc...). * Programas de Formación que propicien intercambios de los Proyectos de Innovación más significativos.

PROGRAMA DE FORMACION DE LOS EQUIPO TECNICOS DE COORDINACION:

Las actividades de Formación de la Coordinación encuentran sentido y plena justificación cuando responden a las necesidades y están en estrecha relación con la cualificación para la mejora en el desempleo de las funciones de los mismos que les asigna el Decreto 89/1991, de 23 de abril, y la Orden de 11 de mayo de 1992, que lo desarrolla.

De ahí que los Programas de Formación de los Equipo Técnicos de Coordinación tengan relación con el desarrollo de sus áreas de trabajo.

* Planificación/organización.

* Asesoramiento.

* Seguimiento.

La estructura formativa de la Coordinación debe articularse a partir de los grupos de trabajo y las respuestas a las necesidades mediante autoformación y la celebración de Encuentros y Jornadas.

Por ello, los ámbitos de formación se articulan de la siguiente manera

* Programa específico de formación Básica de la Coordinación. * Programa Provincial de Formación de la Coordinación, que debe contemplarse en el Plan Provincial.

CONTENIDOS:

La formación desde esta perspectiva, debe girar en torno a:

* Planificación educativa general y organización de Centros. * La LOGSE Decretos de enseñanza de Andalucía y la Educación de Adultos. * Ejes teórico/técnicos del Diseño Curricular y su implicación en el desarrollo educativo.

* Valores del desarrollo organizativo y su importancia en la cultura organizativa del centro y del Equipo Técnico de Coordinación. * Principios del seguimiento, indicadores, técnicas e instrumentos. * Ejes organizativos del Diseño Curricular, Núcleo Temático. Su estructura y fases para la elaboración y ejecución del mismo.

El resto de Programas de Formación de ámbito regional contemplados en este apartado se desarrollará de acuerdo con las características propias del contenido de los mismos y desde la coherencia con los objetivos marcados por cada programa.

B.- PROGRAMA DE FORMACION DE AMBITO PROVINCIAL:

ORGANIZACION:

Dado el carácter descentralizador del modelo organizativo adoptado, tanto el diseño general de Formación, como la Resolución anual de la Dirección General de ordenación Educativa y Formación Profesional, sobre normas de funcionamiento de los Centros de Educación de Adultos, contemplan la necesidad de elaborar los Programas provinciales de Formación del Profesorado de Adultos, dentro del Plan Provincial de Formación.

Por ello, como se establece en el apartado 3.4. de la presente Orden, para la elaboración de los Planes Globales de Zona de Formación, los Centros de Profesores considerarán, para su inclusión en el Plan Global Comarcal, las propuestas de planes de formación del profesorado de los Centros de Educación de adultos realizadas por los Equipos Técnicos de Coordinación de Zona de Educación de Adultos.

Igualmente los Equipos Técnicos Provinciales de Educación de Adultos, teniendo en cuenta los planes Globales de la Zona de Formación, en lo referente a formación del profesorado de educación de Adultos, así como las propuestas de los Equipos de coordinación de Zona de Educación de Adultos, realizarán sus propuestas para la confección del Programa Provincial de formación a la citada Comisión Técnica.

Los Centros de Profesores son las instituciones básicas en las que se desarrolla el Plan Anual de Perfeccionamiento del Profesorado a excepción del universitario.

Por tanto, las actividades de formación y perfeccionamiento de Educación de Adultos, se canalizarán fundamentalmente a través de dichos Centros de Profesores y de las Comisiones Técnicas Provinciales de Renovación Pedagógica. Para su programación y puesta en marcha se contará con la participación de los Equipos Técnicos y Equipos de coordinación de Zona de Educación de Adultos.

El diseño provincial de formación del profesorado establece que, para conseguir los objetivos propuestos, deben perfilarse y concretarse claramente unas estrategias que permitan abordar convenientemente los tipos y modalidades de formación a seguir, ámbito o espacios de actuación, metodología a desarrollar, evaluación de los procesos alcanzados y recursos necesarios que posibiliten la ejecución del Plan previsto.

CONTENIDOS:

Las áreas de actuación profesional que habrán de ser atendidas preferentemente son las siguientes:

- La LOGSE Decretos de Enseñanza de Andalucía y Educación de Adultos. Su implicación en la práctica educativa.

- Ejes teórico/técnicos del diseño Curricular.

- Criterios metodológicos y organizativos para el desarrollo de los Planes que contempla la Ley 3/1990, de 27 de marzo, para la educación de adultos en Andalucía.

- Organización y gestión de centros: dimensiones y valores de la cultura organizativa de los mismos y su incidencia en la mejora de la práctica educativa.

- Procesos técnicos a desarrollar para la integración de las fuentes del curriculum.

- Claves a tener en cuenta en la fuente psicológica del desarrollo del Currículum en la Educación de Personas adultas.

- Procesos Técnicos de Alfabetización.

- Núcleo Temático: Estructura, criterios y fases para la elaboración del mismo.

ESPACIOS FORMATIVOS DE LOS AMBITOS REGIONAL Y PROVINCIAL DE EDUCACION DE ADULTOS:

El ámbito predominante para la formación del profesorado será el Centro/Zona.

Desde las necesidades formuladas en ese espacio como respuesta a las mismas se desarrollarán:

a) Encuentros de Formación y Perfeccionamiento.

Con un carácter teórico-práctico y con duración variable según la naturaleza del tema y de los objetivos propuestos.

b) Formación de Equipos de Trabajo

- Grupos de trabajo.

- Proyectos de innovación.

- Seminarios permanentes.

- Investigación con otras instituciones u Organismos.

c) Jornadas e intercambios de experiencias.

Espacio formativo que podrá ser del propio Servicio de Educación de Adultos o de otros Organismos o Asociaciones.

SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA FORMACION DEL PROFESORADO DE EDUCACION DE ADULTOS:

El seguimiento y evaluación es necesario para:

* Conocer el proceso de formación.

* Logros y objetivos alcanzados, así como dificultades que requieran una intervención más específica.

* Modificaciones necesarias para la retroalimentación del proceso. * Grado de eficacia de los Programas y rentabilidad de los esfuerzos y recursos invertidos en la mejora del desarrollo de la educación de Adultos en sus diversos ámbitos: centro, zona o provincia.

El seguimiento y evaluación se llevará a acabo con los instrumentos y estrategias que el modelo cualitativo establezca como más adecuados para cada área y sector de formación.

Se podrá realizar directamente, a través de visitas de Coordinación, Comisiones de Seguimiento, Inspección, etc. y de manera indirecta a través del Informe Pedagógico del mes de febrero y la Memoria Final de Curso.

En cualquier caso dicho seguimiento se llevará a cabo en el marco general establecido para el seguimiento de las actividades de Formación del Profesorado y en consonancia con el desarrollo de la Ley 3/1990 de 27 de marzo para la Educación de Adultos.

IX.b. CURSOS DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE EDUCACION COMPENSATORIA.

OBJETIVOS:

La formación del profesorado de Educación Compensatoria debe responder a tres tipos de necesidades:

- Las derivadas de los nuevos planteamientos educativos del sistema establecido en la LOGSE.

- Las derivadas de la atención de alumnos/as con especiales características.

- Las derivadas de las necesidades de cada Centro Educativo.

CONTENIDOS:

Puesto que las necesidades formativas del profesorado de Educación Compensatoria dependen de las tareas que se deben desarrollar dentro de cada subprograma, es necesario distinguir la formación para los diferentes colectivos:

1.- Para Educadores en Centros Sanitarios, la formación se articulará en torno a los siguientes núcleos temáticos:

- Enfermedades del niño/a hospitalizado.

- Problemas psicológicos del niño/a hospitalizado.

- Técnicas para una atención integral del niño/a hospitalizado.

- Actividades motivacionales.

- Implicación de los padres o familiares en las tareas educativas.

2.- Para el profesorado de Aulas Ocupacionales, los núcleos temáticos serán los siguientes:

- Los programas de garantía social: situación y desarrollo.

- La adaptación de diseño curricular a las Aulas Ocupacionales.

- Formas de intervención educativa según las características del alumnado de estos Centros.

- Conexión de la formación ocupacional con la Formación Profesional y el mundo laboral.

3.- Para el profesorado de Apoyo en los Centros de Actuación Educativa Preferente, la formación se referirá a la detección y tratamiento de las dificultades de aprendizaje:

- Origen y causa de las dificultades de aprendizaje.

- Clasificación de las dificultades de aprendizaje.

- Dificultades de aprendizaje en la lectoescritura, el cálculo y la expresión oral.

- Tratamiento individualizado y en pequeño grupo de las dificultades de aprendizaje.

_ Modelos organizativos del apoyo o refuerzo pedagógico.

- Introducción a la elaboración de proyectos de adaptación y diversificación curricular.

4.- Para Profesores/as de Preescolar en Casa los contenidos de formación deberán referirse a las técnicas materiales para el trabajo de cada una de las áreas de esta etapa en el contexto familiar y la implicación de los padres o familiares de la tarea educativa.

5.- Para Profesores/as de los Centros de Protección y Reforma, los contenidos de la formación deberán centrarse en:

- Proyecto Educativo de los Centros de Protección y Reforma.

- Características sociales y psicológicas del alumnado.

- Dinámica de grupos y su aplicación en el aula.

- Técnicas de modificación de conducta.

6.- Para Profesores/as del subprograma " para la reducción del absentismo escolar por recogida de cosechas", dadas las características del subprograma la formación se centrará básicamente en el intercambio de experiencias e información entre el Profesorado de los Centros de origen y de recepción relacionados con cada una de las campañas.

7.- Para Educadores en Residencias Escolares los contenidos deberán centrarse en:

- Animación sociocultural.

- Programas de fomento de la lectura.

- Organización de actividades de tiempo libre.

- Estudio dirigido, técnicas de estudio y apoyo educativo.

- Técnicas de dinámica de grupos.

AMBITO DE LOS CURSOS:

Los cursos dirigidos a los Servicios de Apoyo Escolar y a los profesores de Apoyo en Centros de Actuación Educativa Preferente, serán normalmente de ámbito provincial.

el resto, dado el reducido número de profesores implicados en cada subprograma, se desarrollarán preferentemente en el ámbito regional, procurándose que tengan continuidad en grupos de trabajo o Seminarios Permanentes.

IX.c.- ACTIVIDADES DE FORMACION DEL PROFESORADO Y PERSONAL IMPLICADO EN EDUCACION ESPECIAL.

En las actividades de formación para el profesorado y personal implicado en Educación Especial es necesario distinguir según la finalidad y destinatarios de las mismas:

- Formación dirigida a la obtención de la especialidad requerida.

- Formación dirigida al perfeccionamiento de los profesores/as, tutores de los Centros autorizados de integración que reciban alumnos/as con minusvalías, profesores de unidades de apoyo a la integración y profesores tutores de unidades de educación Especial en Centros ordinarios.

- Formación dirigida a la actualización de especialistas fisioterapeutas y/o médicos y psicólogos de los centros específicos y componentes de EATAIs.

CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO PARA PROFESORES DE APOYO Y TUTORES

Contemplarán preferentemente los aspectos referidos a:

- Conocimiento de déficit que se asocien a minusvalías de tipo psíquico, físico y sensorial.

- Conocimiento de los diseños curriculares del nuevo sistema educativo.

- Técnicas y procedimientos de adaptación curricular en relación con las minusvalías.

- Elaboración de materiales didácticos adecuados a las adaptaciones curriculares.

Tendrán carácter comarcal o intercomarcal y, para su programación dentro del Plan Provincial de Formación, los Coordinadores provinciales de Educación especial e Integración, teniendo en cuenta los Planes Globales, Comarcales de Formación en lo referente a formación del profesorado de Educación Especial, realizarán sus propuestas a la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica.

IX.d.- CURSOS DE FORMACION EN ORIENTACION EDUCATIVA

OBJETIVOS:

- Actualizar y completar los conocimientos científicos y técnicos del personal implicado relativos a la orientación académica y profesional.

- Formar al personal implicado en tareas de orientación para que pueda realizar el asesoramiento al profesorado, al alumnado, a los padres y al Centro en su conjunto en cuanto a opciones curriculares.

- Capacitar para la realización de la evaluación formativa en sus diversas modalidades.

- Capacitar para el diseño, ejecución y evaluación de programas de intervención orientadora: integración, adaptaciones curriculares, transición a la vida laboral, orientación vocacional.

- Estimular la realización de proyectos de innovación educativa.

MODALIDADES, DESTINATARIOS Y CONTENIDOS:

A.- Cursos dirigidos a los coordinadores de los Departamentos de Orientación.

Estos cursos incluirán los contenidos siguientes:

- Los Decretos de Enseñanza de Andalucía y su desarrollo normativo como estrategias de atención a la diversidad.

- El Proyecto Curricular de Centro como estrategia básica de adaptación curricular.

- adaptaciones y diversificaciones curriculares.

- Programas de Garantía social.

- Opcionalidad y Orientación Profesional en la Educación Secundaria Obligatoria.

- Departamento de Orientación y evaluación de los alumnos.

- La acción tutorial en la Educación Sanitaria Obligatoria.

- La integración de alumnos con necesidades educativas especiales.

( Estos cursos estarán abiertos a los Jefes de Estudios de los centros en los que haya sido creado el Departamento de Orientación, lo que les permitirá mejorar su intervención en lo referente a la organización de la orientación y la acción tutorial en sus respectivos centros.)

B.- Cursos para los integrantes de los actuales Equipos de Apoyo Externo (EPOE's, EATA's y SAE's).

Los cursos dirigidos a estos profesionales se organizarán en torno a dos ámbitos formativos: uno general, común a todos, otro específico, dirigido a la formación en Areas de Intervención a las que cada uno está adscrito, con independencia de su procedencia (EPOE's, EATAI's y SAE's).

Cursos de formación general:

- Los decretos de Enseñanza de Andalucía y su desarrollo normativo como estrategias de atención a la diversidad.

- el Proyecto Curricular de Centro como estrategia básica de adaptación curricular.

- Adaptaciones y diversificaciones curriculares.

- Programas de Garantía Social.

-La integración de alumnos con necesidades educativas especiales.

Cursos de formación específica cuya finalidad es el desarrollo de las áreas de intervención:

- Orientación vocacional y profesional.

- Atención a los alumnos con necesidades educativas especiales.

. Adaptaciones curriculares individualizadas.

. Conocimiento y aplicación de tecnologías específicas o nuevas tecnologías a la atención de alumnos con necesidades educativas especiales.

- Solidaridad y compensación de la educación:

. Desarrollo y diseño de programas de intervención educativa. . Conocimiento de Instrumentos y criterios de evaluación de programas. . Conocimiento de Programas Cognitivos (Programa de enriquecimiento del lenguaje de Bereiter, Proyecto Inteligencia de la Universidad de Harvard y Programa de enriquecimiento instrumental de R. Feuerstein).

- Formación en acción tutorial del profesorado.

C.- Cursos para el conjunto del profesorado sobre acción tutorial y orientación educativa del alumnado, con los contenidos siguientes:

- Funciones y tareas de tutor.

- El tutor y la orientación personal, escolar y profesional de los alumnos.

- El tutor y el grupo de alumnos.

- El tutor y su relación con las familias y los equipos docentes.

- El tutor y la atención a las necesidades educativas especiales.

- Planificación de la tutoría.

- Técnicas e instrumentos para la acción tutorial.

ORGANIZACION:

Los cursos de la modalidad A serán organizados por el Instituto Andaluz de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado en colaboración con la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional. Se desarrollarán a dos niveles, uno regional para garantizar la coordinación y generalización de los planteamientos y líneas de acción; otro provincial, para profundizar en cada uno de los contenidos reseñados.

El resto de los cursos será programado dentro del Plan Provincial de Formación Permanente del Profesorado. Por las Delegaciones Provinciales y a través de la Comisión Técnica Provincial de Renovación Pedagógica, se facilitará la participación del Equipo Técnico Provincial que coordina la ejecución del Plan de Actuación Conjunta de los equipos de Apoyo Externo en el proceso de programación de dichas actividades.

METODOLOGIA:

La formación de los colectivos referidos tendrá una doble vertiente teórico-práctica. Se procurará alcanzar una fundamentación teórica suficiente de la práctica que permita saber qué, porqué y para qué se hace. Asimismo la aplicación práctica se realizará en el ámbito de la acción profesional habitual, convirtiéndola en objeto de reflexión, análisis y evaluación continua.

Las fases prácticas contarán con la supervisión y el seguimiento adecuados. Los períodos informativos se distribuirán a lo largo de un curso académico, organizándose las sesiones teóricas y las de intervención práctica de modo equilibrado a lo largo de cada trimestre.

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