Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 23/9/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 23 de agosto de 1995, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se presta conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz) por finca propiedad de la Parroquia de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa.

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Por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María se remite expediente de permuta de una parcela de terreno de propiedad municipal, de 1.177 m2 sita en El Pinar, por finca propiedad de la Parroquia de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa, sita en calle Cielo núm. 93. En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo

781/86 de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/86 de 19 de febrero sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación. En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la permuta de una parcela, de carácter patrimonial, propiedad del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, por finca propiedad de la Parroquia de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno municipal de fecha 28 de julio de 1995, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD MUNICIPAL

Parcela de terreno denominado El Pinar, de forma irregular, con una superficie de 1.177 m2, destinada a Sistema de Interés Público y Social (SIPS), según el Plan Parcial aprobado inicialmente el 16 de diciembre de

1993, situándose dichos terrenos en la denominada parcela L de dicho Plan Parcial, y que linda: Al Norte, en la línea ligeramente curva de 30,70 mts. de longitud con calle Almirante Cañas Trujillo; al Sur, en línea recta de

35,50 mts. con parcela K destinada a Equipamiento Deportivo; al Este, en línea ligeramente curva de 36,80 mts. de longitud con viario del polígono denominado calle IV; y al Oeste, en línea recta de 33,60 mts. de longitud con resto de la parcela L destinada asimismo a equipamiento (SIPS). Inscrita la finca matriz de la que se segrega en el Inventario Municipal de Bienes y en el Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María, con el número de finca registral 44.223, inscripción 1ª , Folio 31, Libro 943. La valoración pericial de la parcela es de 5.947 ptas./m2, lo que resulta un valor total de 6.999.619 ptas.

PROPIEDAD PARTICULAR

Inmueble sito en C/ Cielo 93, ocupa un solar de 205,18 m2, estando sometido a la Ley de Propiedad Horizontal por división del edificio en el que radica, teniendo asignada una cuota del 77,50% y cuya descripción y linderos son los siguientes:

Urbana: Número dos de la división horizontal de casa en esta Ciudad en la Calle General Mola núm. 93: Vivienda que forma conjunto en dos plantas, con una unidad económica y de destino, con superficie en planta baja de 132,26 m2, con inclusión del portal de acceso y patio central privativos de esta finca, a cuyo patio tiene el local núm. 1 de esta división dos ventanas para luces y vistas, de 60 cm. de ancho por 70 cm. de alto, y la planta alta mide

190 mts. con 83 dm2 con inclusión del hueco del patio central. Está distribuida en diversas dependencias y están comunicadas las dos plantas por escalera desde el patio y próxima al portal. Linda entrando, frente, la calle de su situación; derecha, casa de Luis Muñoz; izquierda, otra doña Bernarda Caballero excepto en la planta baja por donde linda por este lado con local núm. 1 de esta finca; y fondo, el patio del citado local, y casa de la calle Jesús Cautivo, que fue de don Antonio Pérez Macías. Inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 1.363, Libro 714, Folio 96, Finca núm. 34.461, Inscripción 2ª

El valor del suelo y de la construcción (valor de repercusión) es de 21.665 ptas./m2, ascendiendo el valor total de la finca a la cantidad de 6.999.961 ptas.

En virtud de todo ello, he resuelto

1º Prestar conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María por finca propiedad de la Parroquia de Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa.

2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.

3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Cádiz, 23 de agosto de 1995.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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