Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 14/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 31 de octubre de 1995, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se ordena Publicación del Convenio firmado con la Asociación de Mujeres Empresarias de Sevilla para Desarrollo del Programa VIVEM.

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De acuerdo con lo establecido en la cláusula decimosexta del Convenio firmado el 29 de septiembre de 1995 con la Asociación de Mujeres Empresarias de Sevilla para Desarrollo del Programa Comunitario VIVEM, esta Dirección resuelve ordenar en Anexo I la publicación del mencionado Convenio para su público conocimiento.

Sevilla, 31 de octubre de 1995.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.

ANEXO I

«En Sevilla a 29 de septiembre de mil novecientos noventa y cinco.

R E U N I D O S

De una parte, la Ilma. Sra. doña Carmen Olmedo Checa, Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, y de otra, doña Carmen Gago Bohórquez, Presidenta de la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, reconociéndose capacidad jurídica y obligándose en los términos del presente convenio,

M A N I F I E S T A N

I. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo

12.2 que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica y política.

II. El Instituto Andaluz de la Mujer, de acuerdo con su reglamento aprobado por Decreto 1/1989 de 10 de enero para el cumplimiento de sus fines, establecerá relaciones con organizaciones, asociaciones de mujeres, fundaciones y otros entes y organismos que por razón de sus fines contribuyan a la consecución de los objetivos del Instituto.

III. El II Plan Andaluz para la Igualdad de Oportunidades, aprobado por Consejo de Gobierno el 17.1.95, contempla en sus acciones núm. 59 y 60 el desarrollo de medidas de apoyo a la actividad profesional y empresarial femenina.

IV. La Iniciativa Comunitaria de Empleo y Desarrollo de los Recursos Humanos (publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 1.7.94) se articula en torno a tres vertientes: Una de ellas es la de Empleo-Now que se propone fomentar la igualdad de oportunidades de empleo en favor de las mujeres mediante acciones innovadoras y trasnacionales que generen modelos transferibles. Entre las medidas subvencionables prioritarias para la cofinanciación comunitaria está el «apoyo a la creación o el desarrollo a escala local de servicios de asesoramiento que faciliten la creación de Pymes y cooperativas de mujeres¯.

V. El Instituto Andaluz de la Mujer, en el marco de esta Iniciativa, promueve la creación de centros para potenciar las actividades empresariales promovidas por mujeres (Centros VIVEM).

VI. La Asociación de Empresarias de Sevilla tiene entre sus fines organizar y mantener servicios para agrupar y defender a sus miembros y gestionar cuantas iniciativas fueran necesarias para el logro de los mismos.

Al existir plena coincidencia entre las partes en los objetivos perseguidos, en los medios necesarios para su ejecución, así como en la voluntad de aunar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de actuación, acuerdan suscribir el presente Convenio de acuerdo con las siguientes

C L A U S U L A S

Primera:

Es objeto del Convenio el regular la colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer y la Asociación de Empresarias de Sevilla para la creación y gestión de un Centro VIVEM, como un Servicio de Orientación, Formación, Asesoramiento y Asistencia Técnica dirigido a mujeres que quieran crear su propio puesto de trabajo

o constituir una empresa, en los términos de las cláusulas siguientes.

Segunda:

Para la puesta en marcha de este servicio

la Asociación de Empresarias de Sevilla se compromete

a contratar a tres personas para el funcionamiento del

Centro VIVEM, de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer:

- 2 Técnicas, una experta en RRHH y otra en marketing

a jornada completa.

- 1 Auxiliar Administrativa a tiempo parcial.

La selección de las profesionales se realizará de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer, para lo cual, participará una persona designada por el citado organismo.

El perfil que deben tener estas profesionales será:

- Titulación de Grado Superior o Medio, preferentemente economistas, Diplomadas en empresariales, psicólogas-industriales, abogadas y Graduadas Sociales.

- Formación complementaria en RRHH y Marketing.

- En todo caso, una experiencia laboral mínima de

dos años en asesoramiento o gestión de empresas.

- Formación complementaria y/o experiencia en programas de formación o fomento de empleo dirigidos a mujeres.

El equipo finalmente seleccionado deberá contar con

dos personas especialistas en las áreas fundamentales del programa, una en los aspectos económicos (Economista

o Diplomada en Empresariales), y otra en Recursos Humanos (Psicóloga Industrial, Abogada o Graduada Social),

ambas con la formación complementaria y/o experiencia

necesarias.

Para la plaza de auxiliar administrativa se valorarán

los conocimientos de informática a nivel de usuaria y dominio hablado y escrito de otra lengua de la Unión Europea.

Tercera: La Asociación de Empresarias de Sevilla facilitará el inmueble adecuado, que constituya un espacio

de fácil acceso para el Centro VIVEM, que deberá contar con la superficie adecuada par que las dos técnicas puedan desarrollar sus funciones con independencia, así como un aula para la actividades previstas en el programa. Todo ello, con el equipamiento necesario.

Cuarta: El Instituto Andaluz de la Mujer aportará el

material técnico-didáctico necesario para el desarrollo del servicio y una guía para la elaboración del Plan de empresa, en el marco de los cursos de formación.

El Instituto Andaluz de la Mujer organizará la formación de formadoras/es necesaria dirigida a las técnicas del Centro VIVEM, con una duración total estimada de ciento treinta horas, que consistirá en:

- Formación para complementar los conocimientos de

las técnicas en los objetivos del programa y para que

adquieran las habilidades necesarias para ofrecer el asesoramiento e impartir los módulos de orientación con la metodología prevista.

- Reuniones y tutorías periódicas para ajuste del programa.

La Asociación de Empresarias de Sevilla facilitará la

asistencia del personal del Centro VIVEM a las actividades citadas, cuantas veces sea necesario.

Quinta: El Centro VIVEM se concibe como un servicio

cualificado de ámbito provincial, por lo que requiere una articulación con los municipios, especialmente con los Centros Municipales de Información a la Mujer, los recursos para el desarrollo local y el fomento económico.

Esta articulación será promovida y planificada por el

Instituto Andaluz de la Mujer a través del Centro Provincial de la Mujer de Sevilla.

La necesaria coordinación con los agentes sociales,

particularmente con las asociaciones de empresarias, será desarrollada por la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Sexta: La Asociación de Empresarias de Sevilla, de

acuerdo con el Centro Provincial de la Mujer, facilitará y comprobará que las técnicas del Centro VIVEM desarrollen las siguientes funciones:

a) Prospección de los recursos locales de la provincia.

b) Difusión del programa.

c) Orientación y asesoramiento en creación y gestión

de empresas de forma individual y grupal.

d) Programación y seguimiento de cursos de formación

empresarial y de seminarios monográficos, impartidos por empresas especializadas.

e) Elaboración de informes sobre proyectos empresariales subvencionables.

f) Seguimiento de los proyectos empresariales desarrollados a partir de los cursos de formación, y de aquellas empresas que se hayan beneficiado de la asistencia técnica para la elaboración de un plan de actuación viable.

g) Elaboración de informes y memorias semestrales

necesarios para la justificación ante el Fondo Social Europeo, de las actividades desarrolladas y cuantos sean solicitados por el Instituto Andaluz de la Mujer, para la mejor coordinación y evaluación del programa.

Estas funciones se desarrollarán de acuerdo con las

orientaciones generales del programa.

Tanto la Orientación para el Autoempleo, impartida

por las técnicas del Centro VIVEM, como la formación

empresarial y seminarios, impartidos por la empresa contratada, serán programadas anualmente con el acuerdo del Instituto Andaluz de la Mujer, estimándose un promedio por año de 4 ediciones del Módulo de Orientación para el Autoempleo de 20 horas de duración, un curso de Formación Empresarial de

150 horas teórico-prácticas y 10 horas de tutorías individualizadas y 4 seminarios.

Séptima: Para la impartición de los cursos de formación empresarial, señalados en el apartado d) de la cláusula anterior, la Asociación de Empresarias de Sevilla contratará la asistencia técnica de una empresa de reconocida experiencia en formación de emprendedores/as y asesoramiento empresarial, con el acuerdo del Instituto Andaluz de la Mujer.

Del mismo modo, la Asociación de Empresarias de

Sevilla contratará para la impartición de los seminarios monográficos a profesionales y/o empresas especializadas en la materia a tratar en los mismos, con el acuerdo del Instituto Andaluz de la Mujer.

Para la elaboración de un plan de actuación viable

a empresas con dificultades, la Asociación de Empresarias de Sevilla contratará los servicios de una consultora especializada de acuerdo con el Instituto Andaluz de la Mujer.

Octava: Teniendo en cuenta que este programa se

enmarca en una Iniciativa Comunitaria que se caracteriza por el fomento de los intercambios entre distintas regiones de la Unión Europea, un aspecto importante a desarrollar es la trasnacionalidad. El Instituto Andaluz de la Mujer establecerá acuerdos de colaboración con entidades de,

al menos, otros dos países de la Unión Europea y se llevarán a cabo las actividades de intercambio con la participación de las técnicas de los Centros VIVEM y de la persona que designe la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Novena: La puesta en marcha y funcionamiento del

Centro VIVEM, en los términos de este convenio, será financiada por el Instituto Andaluz de la Mujer con cargo a la aplicación presupuestaria

01.31.16.00.609.03.23D, aportando la siguiente cantidad en el ejercicio 1995: I.A.M.: 8.780.000 ptas.

Décima: En función de la cofinanciación que se apruebe por la Iniciativa Comunitaria de Empleo-Now, se regularán las aportaciones económicas para los años 1996 y 1997.

Undécima: En consonancia con las normas de funcionamiento del Fondo Social Europeo y su definición de costes elegibles, la Asociación de Empresarias de Sevilla presentará una memoria económica semestral y/o la documentación que, en su caso, se solicite.

Duodécima: Cuanta difusión y publicidad se haga del

Centro VIVEM, bien en soporte papel o medios audiovisuales, se hará constar la participación y logotipos de la Iniciativa Comunitaria Empleo-Now, el Instituto Andaluz de la Mujer-Junta de Andalucía y de la Asociación de Empresarias de Sevilla.

Decimotercera: Teniendo en cuenta que los Centros

VIVEM son un programa de ámbito superior a la provincia, el Instituto Andaluz de la Mujer se reserva la coordinación regional así como la supervisión del servicio.

Decimocuarta: Comisión de Seguimiento.

La Comisión de Seguimiento estará formada por:

- La Jefa del Gabinete de Formación y Empleo del

Instituto Andaluz de la Mujer o persona en quien delegue.

- La Directora del Centro Provincial de la Mujer de

Sevilla o persona en quien delegue.

- La Presidenta de la Asociación de Empresarias de

Sevilla o persona en quien delegue.

- La Responsable de Formación de la Asociación de

Empresarias de Sevilla o persona en quien delegue la presidenta en su nombre.

Sus objetivos serán velar por el cumplimiento de las

cláusulas de este convenio.

Para dar cumplimiento a estos objetivos se celebrarán,

como mínimo, dos reuniones anuales, una de ellas durante el primer trimestre para definir las actuaciones anuales y otra en el último trimestre para evaluar las actividades realizadas.

Decimoquinta: El presente Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 1995, sin perjuicio de las prórrogas que se firmen, de acuerdo con lo establecido en la cláusula Décima.

No obstante, su finalización tendrá lugar también por

alguna de las causas siguientes:

a) Mutuo acuerdo de las partes, manifestado por

escrito.

b) Denuncia de una de las partes, realizada con una

antelación mínima de tres meses.

En caso de resolución anticipada del Convenio, una

Comisión Mixta paritaria presidida por el Instituto Andaluz de la Mujer establecerá la forma de liquidación del presente Convenio.

Decimosexta: El presente convenio, una vez firmado,

será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para público conocimiento del mismo.

En prueba de conformidad, se firma este documento

en el lugar y fecha «up supra¯. Por la Asociación de Empresarias de Sevilla. Fdo.: Carmen Gago Bohórquez. Por el Instituto Andaluz de la Mujer. Fdo.: Carmen Olmedo Checa¯.

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