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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 5 de diciembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 1432/92, promovido por Construcciones Emilio Sánchez, S.A. sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Concepción Sainz Rosso en la representación acreditada de la Sociedad «Construcciones Emilio Sánchez, S.A.«, contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de mayo de 1992, que en alzada confirma la de 29 de noviembre de 1991 de la Delegación Provincial en Jaén, que impuso a la actora la sanción de tres millones de pesetas, por seis infracciones graves apreciadas en su grado máximo del orden social, anulando por no conforme a derecho tales actos administrativos en cuanto sancionan una falta grave por falta de dotación de medidas de protección -cinturones de seguridad y cascos de protección- con multa de quinientas mil pesetas, manteniéndose en cambio por conformes a derechos en cuanto a la sanción de las otras cinco infracciones graves; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 6 de febrero de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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