Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 5/5/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 27 de abril de 1995, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Palma del Río (Córdoba). (PD. 1090/95).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RIO (CORDOBA)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio 688 ptas./trimestre

Cuota variable o de consumo:

Hasta 30 m3 trimestre 47 ptas./m3 Más de 30 m3 en adelante trimestre 53 ptas./m3

Bonificaciones:

a) Un 100 por 100, para quienes viviendo solos o matrimonios que no posean ninguna clase de ingresos o cobren tan solo la ayuda del Fondo Nacional de Asistencia Social o sean perceptores de pensiones no contributivas.

b) Un 50 por 100 a quienes, siendo pensionistas, viven solos o en matrimonio y perciban mensualmente, entre ambos, una cantidad inferior a 50.000 ptas.

c) Reducción de un 25 por 100 para: Familias que aún cobrando el subsidio de desempleo agrícola, presenten cargas familiares de 4 o más hijos. En cualquier caso, se le aplicaría esta bonificación a familias que no superen las 60.000 ptas. de ingresos fijos mensuales y presenten asimismo cargas familiares de 4 o más hijos.

Ciertos casos de carencias económicas por crisis temporales familiares, a propuesta de los Servicios Sociales, Centro Municipal de Información a la Mujer y Programa Municipal de Drogodependencia.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 27 de abril de 1995

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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