Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 28/9/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Dirección General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, por el que se notifica Resolución de expediente sancionador, seguido por infracción a la normativa sobre juegos de suerte, envite o azar.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la siguiente Resolución:

«Examinado el expediente sancionador núm. MA-121/95-MR, seguido a la entidad Mijas Costa, S.L., con CIF núm. B-29230182 y domicilio en la calle Real, núm. 7 de Alhaurín el Grande (Málaga).

Resultando. Que con fecha 24-7-95, el Instructor del expediente de referencia formuló Propuesta de Resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el artículo 38.2 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LJACAA) y 55.4 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Resultando. Que en la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la mencionada Ley 2/1986, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Título V, Capítulo II del citado Reglamento.

Considerando. Que en el art. 39 de la citada Ley 2/1986, LJACAA, y en el art. 56.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la CAA, se establece que la conformidad del órgano competente para resolver elevará a Resolución la propuesta formulada en los términos legales.

Considerando. Que el art. 51.b) del RMRA en relación con el Decreto

322/1988, de 22 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Gobernación atribuye al Ilmo. Sr. Director General de Política Interior, la competencia para resolver el presente expediente.

Vistas. Las Disposiciones citadas, la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normas de general aplicación.

ESTA DIRECCION GENERAL RESUELVE

Elevar a Resolución la propuesta formulada por la Instrucción en el presente expediente, imponiendo al interesado la/s sanción/es que se señala/n a continuación:

Interesado: Mijas Costa, S.L.

CIF. B-29230182.

Domicilio: C/ Real, núm. 7.

Localidad: Alhaurín el Grande.

Provincia: Málaga.

Imponiendo la/s sanción/es siguiente/s: Multa de cinco millones una pesetas (5.000.001 ptas.), así como la inutilización de las máquinas siguientes: 1. Tipo B, modelo Baby Fórmula 1, serie 1-10792, matrícula MA001440 y 2. Tipo A, modelo Super Vídeo, serie SV-6528, matrícula MA006269, en base a lo previsto en el artículo 48.2.c) del RMRA.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en el artículo 114, y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Sevilla, dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.- El Director General de Política Interior. Fdo.: Fabriciano Torrecillas García.

Examinado el expediente de referencia incoado a Mijas Costa, S.L., con CIF. B-29230182, y con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Real, núm. 7 de Alhaurín el Grande (Málaga), CP. 29120, resultan los siguientes:

I. ANTECEDENTES

Primero. Que con fecha 21 de marzo de 1995, constituida la Inspección del Juego y Apuestas de la Junta de Andalucía en el establecimiento denominado «Bar Hnos. Moreno¯, sito en Mondrón (Málaga), estando presente don Antonio Moreno Rodríguez, en calidad de titular del establecimiento, se formalizó Acta de Notoriedad al objeto de comprobar la situación administrativa de las máquinas recreativas instaladas en el local.

Segundo. Con fecha 30 de marzo de 1995, el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga dictó Providencia por la que se incoaba expediente sancionador con arreglo al procedimiento regulado en los artículos 53 y 55 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía a Mijas Costa, S.L., con el nombramiento de Instructor correspondiente.

Tercero. Con fecha 7 de abril de 1995, se formuló el Pliego de Cargos en el que se imputaba a la entidad sujeta al presente expediente sancionador tener instalada/s y en funcionamiento la/s máquina/s de juego:

1. Tipo B, modelo Baby Fórmula 1, serie 1-10792, Matrícula MA001440.

2. Tipo A, modelo Super Vídeo, serie SV-6528, Matrícula MA006269. Teniendo suspensa la inscripción de empresa operadora.

Cuarto. Que resultando infructuosas las gestiones practicadas para la notificación personal del Pliego de Cargos, se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 8 de junio de 1995, BOJA núm. 83, sin que hasta la fecha haya sido éste contestado.

II. HECHOS PROBADOS

A la vista del expediente y de la documentación en él obrante, resultan probados los siguientes hechos:

Encontrarse instaladas y en funcionamiento, el día 21 de marzo de 1995, en el establecimiento de hostelería denominado «Hnos. Moreno¯, sito en Crta. Antequera-Torre del Mar de Málaga, las máquinas recreativas: 1. Tipo B, modelo Baby Fórmula 1, serie 1-10792, Matrícula MA001440, y 2. Tipo A, modelo Super Vídeo, serie SV-6528, Matrícula MA006269, teniendo Mijas Costa, S.L., titular de las máquinas descritas, suspensa la inscripción de Empresa Operadora, Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Política Interior de fecha 28 de junio de 1994, en la que expresamente se la inhabilita para explotar máquinas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que los hechos probados y reseñados constituyen infracción al artículo 19 de la Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la CAA, así como los artículos 10 y 28.3 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la CAA, tipificado como falta grave en el artículo 45.3 del mismo Reglamento.

Segundo. Que de acuerdo con lo establecido en el art. 31.1 de la Ley 2/86 y artículo 48.1 del RMRA, las infracciones calificadas como muy graves, serán sancionadas con multas de cinco millones una pesetas (5.000.001 ptas.) hasta cincuenta millones de pesetas (50.000.000 ptas.).

Tercero. A tenor de lo dispuesto en el art. 50, apartados primero y segundo, del RMRA, el responsable de las infracciones reseñadas es la entidad Mijas Costa, S.L.

Cuarto. Asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través del Estatuto de Autonomía, competencias exclusivas en materia de Casinos, Juego y Apuestas, art. 13.33 de la Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, y asignadas a la Consejería de Gobernación las funciones y servicios transferidos por la Administración del Estado, Decreto 269/1984, de 16 de octubre, corresponde al Director General de Política Interior la Resolución del presente expediente sancionador, en virtud de lo dispuesto en el art.

51.1.b) del RMRA, y en el art. 2 del Decreto 322/1988, de 22 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería de Gobernación.

Por todo lo anteriormente expuesto, en cumplimiento del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y concluso el expediente, el Instructor que suscribe tiene el honor de elevarlo a V.I. con la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que por el Ilmo. Sr. Director General de Política Interior se sancione a la entidad Mijas Costa, S.L., con CIF. núm. B-29230182, domicilio a efectos de notificaciones en C/ Real, núm. 7. de Alhaurín el Grande (Málaga), a:

Por la infracción referida en los Hechos Probados de esta Propuesta de Resolución, con multa de cinco millones una pesetas (5.000.001 ptas.), por infracción muy grave cometida.

Málaga a dieciocho de julio de mil novecientos noventa y cinco.- El Instructor del Expediente. Fdo.: Gema Ruiz Escobar¯.

Sevilla, 4 de septiembre de 1996.- El Director General, Rafael Martín de Agar Valverde.