Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A solicitud de la Presidencia de la Agrupación de Defensa Sanitaria de ganado bovino denominada «A.D.S. Sanlúcar de Barrameda¯ para que le fuese concedida la modificación de la denominación, así como la implantación del ámbito territorial y de actuación mediante la incorporación de ganaderos de bovino y ovino pertenecientes al término municipal de Chipiona (Cádiz).
Vistos los informes preceptivos y realizadas las comprobaciones sanitarias previstas en la legislación vigente, Decreto 187/1993, de 21 de diciembre (BOJA núm. 19, de 17.2.94), y Orden de 10 de mayo de 1994, que desarrolla el Decreto anteriormente citado (BOJA núm. 86, de 10.6.94), he venido en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Estatuto de Autonomía de Andalucía y el Decreto 220/1994, de 6 de septiembre (BOJA núm. 142, de
10.9.94), a conceder con fecha 23 de julio el cambio de denominación de la A.D.S. Sanlúcar de Barrameda, pasando a denominarse «A.D.S. de Bovino y Ovino de Sanlúcar de Barrameda y Chipiona¯, incorporando a su vez a los ganaderos de bovino y ovino del municipio de Chipiona en el ámbito de la citada Agrupación de Defensa Sanitaria.
Notifíquese la presente Resolución a los interesados.
Sevilla, 23 de julio de 1996.- El Director General, Luis Gázquez Soria.
Descargar PDF