Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 20/02/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de enero de 1996, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se presta conformidad a la permuta de un solar propiedad del Ayuntamiento de Guillena (Sevilla), por una finca propiedad de don Rafael García Trigo.

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Guillena se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986, Ley

7/85, de 2 de abril y demás preceptos de general aplicación.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local.

El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, atribuye a este Organismo competencia para prestar conformidad a los expedientes de permuta, siempre que su cuantía sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación.

A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de Guillena, en sesión celebrada el pasado 23 de noviembre, por el que se aprueba la permuta de un solar propiedad municipal calificado como bien patrimonial, por franja de terreno y edificación, propiedad de don Rafael García Trigo, siendo la descripción física de los mismos la siguiente:

PROPIEDAD PARTICULAR

Finca franja de edificación en Avda. de Andalucía,, sita en Guillena (Sevilla), que cuenta con una superficie de 50 m y linda: Al Norte con C/ Ambulatorio, al Sur con finca núm. 4 en Avda. de Andalucía, al Este con dicha calle y al Oeste con resto de la edificación.

La valoración económica es de 1.785.000 ptas. Inscripción registral: Registro de la Propiedad Número de los de Sevilla, al Tomo 1.401, Libro 139 de Guillena, Folio 117 vto., Finca número 6.821.

PROPIEDAD MUNICIPAL

De la finca matriz conocida como «Era de Antoñito¯ se segrega una parcela calificada como suelo urbano, que posee una superficie de 105 m2 y linda: Al Norte con calle Zurbarán; al Sur con resto de manzana, al Este consolar núm.

10 de calle Zurbarán, y al Oeste con solar núm. 14 de la misma calle.

La valoración económica de la parcela es de 1.785.000 ptas.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad Número de los de Sevilla, al Tomo 191, Libro 58 de Guillena, folio 189, finca núm. 3.050.

Al existir equivalencia económica de los bienes a permutar, no se ha de abandonar cantidad alguna por la diferencia de valores. Por cuanto antecede, y al amparo de la legislación invocada:

HE RESUELTO

1.º Prestar conformidad a la permuta de los bienes antes descritos.

2.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.º Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Guillena.

Sevilla, 25 de enero de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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