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En virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 4/92 de 30 de diciembre, el Presupuesto de la Comunidad Autonómica, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones personales de adquirentes de viviendas de Protección Oficial de promoción privada, concedidas por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Córdoba, 12 de enero de 1996.- El Delegado, Francisco García Delgado.
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